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  • #74068 Agradecimientos: 0
    Papiolo
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    21
    marzo 2010

    Iniciado

    Hola, vuelvo a dudar con este tema, y la consulta del RD2177 no especifica, y la ley de PRL es muy ambigua ya que siempre hay que dar la formación adecuada…

    Ejemplifico que siempre va bien:

    Montamos y realizamos mantenimiento (una vez montadas) de instalaciones automatizadas (cintas) de gran envergadura así como suelos de metal (tramex) etc. Los trabajadores en el montaje o mantenimiento de estas máquinas en ocasiones quedan expuestos a alturas de poco mas de dos o tres metros. en las que deben usar el arnés para acceder a algun lugar, montar una linea de vida, usar una PEMP (con su curso hecho), retráctil… etc.

    En definitiva es una tarea a la que se enfrentan ocasionalmente y pese a que tienen el curso de carretillas y plataformas entre otros no tienen la formación teórico-practica de trabajos en altura.

    Mi pregunta es: es obligatoria esta formación si o si? se que es recomendable así que eso os lo podéis ahorrar, lo pregunto de esta manera para que sea un motivo de peso cuando exponga a mi superior el precio de cada una de las formaciones… :S

    #437049 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Entiendo que te refieres a formación reglada. En este caso la respuesta es no. La que sí creo puede seros obligatoria es la de estructuras metálicas, cerrajería y carpintería metálica del convenio estatal del metal (¿dependéis de este convenio?).

    #437050 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenas tardes, compañero

    Aunque está ampliamente ya extendido en este mundillo (y ya sabemos que la práctica, en este pais, se termina convirtiendo casi en ley, porqué sí…) la exigencia en cuanto levantas los pies del suelo la llamada “formación de trabajos en altura”, esta formación, como tal, NO EXISTE.
    No hay un curso reglado al respecto, ni siguiera un curso que tenga el soporte de una norma UNE, aunque no sea un soporte legal….

    El RD 2177 solo indica que los trabajadores deberán tener la formación adecuada, y, sólo en el caso de montaje de andamios, sí da unas pautas formativas (como por ejemplo la de la formación de TBPRL y experiencia de 2 años para ser un Responsable de Montaje en andamios sencillos menores de 6 metros… ).

    A partir de ahí, cada empresa deberá ver qué tipo de “trabajos temporales en altura” hacen sus trabajadores, y tener claro que deben estar formados en esas tareas… ¿De qué me sirve a mi tener un curso de trabajos en altura si mis trabajadores usan la PEMP ¿? Pues tendrán que tener formación en el uso de esa máquina, pero no un curso de trabajos en altura (en el que, por decir algo, le hayan explicado como realizar un descuelgue mediante cuerdas…). O de qué le sirve que le hablen a un trabajador en un curso de trabajos en altura sobre cómo montar una linea de vida, si su trabajo es usar (que no montar) andamios….

    En fin, por desgracia, se ha pedido tanto este curso, que ya la gente es capaz de asegurar que la norma lo exige… de tanto pedirlo, se lo terminan creyendo…

    Saludos

    NOTA: Ojo, todo esto dejando claro que el saber no ocupa lugar, y que cuanta más información/formación preventiva podamos tener, mejor… pero de ahí a exigirlo, como hacen muchos, va un trecho…

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #437051 Agradecimientos: 0
    Papiolo
    Participante
    4
    21
    marzo 2010

    Iniciado

    @ICM75 wrote:

    Entiendo que te refieres a formación reglada. En este caso la respuesta es no. La que sí creo puede seros obligatoria es la de estructuras metálicas, cerrajería y carpintería metálica del convenio estatal del metal (¿dependéis de este convenio?).

    Hola ICM75, si dependemos de ese convenio, y pese a que el tema de los trabajos en altura sale en el temario no se profundiza lo suficiente, ni hay formación practica.

    #437052 Agradecimientos: 0
    Papiolo
    Participante
    4
    21
    marzo 2010

    Iniciado

    @Oskar76 wrote:

    Buenas tardes, compañero

    Aunque está ampliamente ya extendido en este mundillo (y ya sabemos que la práctica, en este pais, se termina convirtiendo casi en ley, porqué sí…) la exigencia en cuanto levantas los pies del suelo la llamada “formación de trabajos en altura”, esta formación, como tal, NO EXISTE.
    No hay un curso reglado al respecto, ni siguiera un curso que tenga el soporte de una norma UNE, aunque no sea un soporte legal….

    El RD 2177 solo indica que los trabajadores deberán tener la formación adecuada, y, sólo en el caso de montaje de andamios, sí da unas pautas formativas (como por ejemplo la de la formación de TBPRL y experiencia de 2 años para ser un Responsable de Montaje en andamios sencillos menores de 6 metros… ).

    A partir de ahí, cada empresa deberá ver qué tipo de “trabajos temporales en altura” hacen sus trabajadores, y tener claro que deben estar formados en esas tareas… ¿De qué me sirve a mi tener un curso de trabajos en altura si mis trabajadores usan la PEMP ¿? Pues tendrán que tener formación en el uso de esa máquina, pero no un curso de trabajos en altura (en el que, por decir algo, le hayan explicado como realizar un descuelgue mediante cuerdas…). O de qué le sirve que le hablen a un trabajador en un curso de trabajos en altura sobre cómo montar una linea de vida, si su trabajo es usar (que no montar) andamios….

    En fin, por desgracia, se ha pedido tanto este curso, que ya la gente es capaz de asegurar que la norma lo exige… de tanto pedirlo, se lo terminan creyendo…

    Saludos

    NOTA: Ojo, todo esto dejando claro que el saber no ocupa lugar, y que cuanta más información/formación preventiva podamos tener, mejor… pero de ahí a exigirlo, como hacen muchos, va un trecho…

    Gracias Oskar76, La verdad que si es así como dices me queda muy claro. Entonces por ejemplo en una instalación donde hemos montado lineas de vida definitivas nuevas con carros anti retroceso puedo o debo “yo” enseñarles a usar esa linea, y explicarles como se han de poner el arnes? va así la cosa? (Soy técnico intermedio en proceso de superior, y hago de técnico de PRL de empresa, pese a contar con un SPA)

    #437053 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    Buenos días,

    Donde trabajo actualmente estamos en una situación parecida. Hay personas que necesitan ocasionalmente colocarse un arnés y atarse a una línea de vida porque hay que hacer alguna tarea encima de algún equipo. También puede pasar que no haya línea de vida y haya que improvisar algún punto de anclaje (muy a cuento el hilo de “ponlo ahí que eso aguanta”)

    En nuestro caso, finalmente se ha optado por realizar una formación específica para nuestro tipo de tareas, con una pequeña práctica que incluye cómo ponerse un arnés y en qué situaciones debe utilizarse. No siempre es posible cubrir toda la casuística, pero al menos que si se da la situación no sea la primera vez que se ponen un arnés…

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    #437054 Agradecimientos: 0
    Papiolo
    Participante
    4
    21
    marzo 2010

    Iniciado

    @Quierogalletas wrote:

    Buenos días,

    Donde trabajo actualmente estamos en una situación parecida. Hay personas que necesitan ocasionalmente colocarse un arnés y atarse a una línea de vida porque hay que hacer alguna tarea encima de algún equipo. También puede pasar que no haya línea de vida y haya que improvisar algún punto de anclaje (muy a cuento el hilo de “ponlo ahí que eso aguanta”)

    En nuestro caso, finalmente se ha optado por realizar una formación específica para nuestro tipo de tareas, con una pequeña práctica que incluye cómo ponerse un arnés y en qué situaciones debe utilizarse. No siempre es posible cubrir toda la casuística, pero al menos que si se da la situación no sea la primera vez que se ponen un arnés…

    Hola Quierogalletas, me parece muy interesante la formación que propones, entiendo que es una formación interna y no acreditada, digamos que a modo informativo, y elaboráis algun registro de asistencia conforme han recibido esa formación no?

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    #437055 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    @Andros9 wrote:

    Hola Quierogalletas, me parece muy interesante la formación que propones, entiendo que es una formación interna y no acreditada, digamos que a modo informativo, y elaboráis algun registro de asistencia conforme han recibido esa formación no?

    Pues es formación formación, con temario y diploma. La parte teórica la imparte el SPA y le pedimos que la imparta cuando da la formación inicial del puesto, pero con diploma aparte, y que lo llame “Nociones básicas de trabajos en altura” o algo similar, según nos pueda requerir los clientes por temas de CAE. La parte práctica se imparte a nivel interno pero la imparto yo como técnico superior y preparo un diploma yo. No habría ningún problema en que la impartiésemos entera de manera interna, pero por comodidad trabajamos así.

    Lo importante es que los trabajadores hayan recibido la formación suficiente para poder afrontar esas situaciones con un criterio preventivo y sepan cómo proceder.

    Yo uso hoja de firmas y hago diploma con temario, fecha, duración, firma de alumno/a y firma de formador. Se hablan de casos de reales, se enseñan fotos de tareas mal y bien hechas, se da algo de teoría básica y se hacen la práctica del arnés.

    #437048 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    @Andros9 wrote:

    @Oskar76 wrote:

    Gracias Oskar76, La verdad que si es así como dices me queda muy claro. Entonces por ejemplo en una instalación donde hemos montado lineas de vida definitivas nuevas con carros anti retroceso puedo o debo “yo” enseñarles a usar esa linea, y explicarles como se han de poner el arnes? va así la cosa? (Soy técnico intermedio en proceso de superior, y hago de técnico de PRL de empresa, pese a contar con un SPA)

    Buenas tardes, Andros9

    Sin dejar e un lado las recomendaciones de Quierogalletas, que me parece una opción más que correcta… Para el ejemplo que indicas, no hay que olvidarse que ya existe, de forma previa, una obligación formativa cuando se realiza una entrega de un EPI (en este caso el arnés): el empresario está obligado no solo a entregarlo, sino a asegurarse que los trabajadores son instruidos o son conocedores de uso, mantenimiento, etc… En ese sentido, si la tarea en altura “sólo” conlleva sabe usar correctamente un arnés, ya deberíais tener cubierta la formación en su uso….

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #437056 Agradecimientos: 0
    Camila Guaydon
    Participante
    1
    julio 2018


    Me encuentro en australia y estoy buscandoestudiar y trabajar en australia algo relacionado con alturas, tengo mis certificaciones españolas pero no tengo mucha idea de como sería en australia.

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