Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #73768 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Resolución de 14 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo general de ferralla (2015-2017). A quien le pueda interesar, y en especial, el articulado relativo a la formación en obras de construcción de este sector:

    Saludos.

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435910 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Curioso que buscando “formación” en el documento me he encontrado con que la formación del art. 19 viene especificada y se debe repetir anualmente, independientemente claro de la formación de 20 horas que es copia y pega del convenio de construcción. Me parece un poco extraño que incluya la formación del art. 19 contraveniendo las recomendaciones de la ITSS conforme la de 20 horas ya daría por cumplida dicha formación. Además, el motivo principal por el que se organizó todo el tinglado de la formación en las obras de construcción no fue para sacar tajada de los fondos europeos ni sangrar a las empresas ni acallar con dinerito a los sindicatos y patronales (voto a brios, qué cosas, si eso nunca se ha hecho 🙄 🙄 🙄 válgame Dios como iría yo a pensar eso) sino hacer una formación que no hubiera que repetirse cada vez que el trabajador cambie de empresa. Esperemos que sea porque en el sector no hay movilidad, y no porque les ha salido a ellos de la punta del n… 😕

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435911 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas Yanou, cualquier día esos puntos suspensivos te fallarán y los chic@s de PW te reportarán al limbo. O igual no, que para cuatro gatos que somos ahora, ya nos pueden cuidar bien.

    Bromas aparte, aclaro lo que comentas: no es la primera vez que ocurre esto en un convenio colectivo ligado a la construcción (véase metal), y la explicación más sencilla es la de la “disociación” de la formación, para abarcar por un lado el sector en general, y por otro el ámbito de la construcción en particular.
    Así, en este caso tenemos que en general las empresas del sector de la ferralla deberán obtener su formación acorde al art. 19 (que por cierto, en el convenio se establece que será de 6 h justificables). Ahora bien, aquellas cuyos trabajos se realicen en obras de construcción, deberán cursar la formación asimilada a la establecida por la FLC, que son las famosas 8 y 20 h.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435912 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Neeeeee las palabrotas, si no son un insulto o algo feo feo de verdad (es decir, feo de c… 😆 😆 😆 😆 😆 ), no creo que sean un motivo para echarnos del foro. A mí, desde luego me parecería un poco ñoño. Si hago la tontería esta es más por pura teatralidad que por otra cosa. Como cuando en la tele van a decir una palabrota y cortan de repente 😀 No sé, mola.

    En cuanto a la formación, sí, la doble formación es necesaria, pero ya está establecido en la legislación vigente y sus aledaños, no sé por qué hay que recalcarlo y darle ese puntito de más que le da. Me parece un poco como chulear a la ITSS, y también un poco a los técnicos de prevención. Y luego encorsetarla a unos intervalos y a una duración determinada me parece complicar las cosas sin motivo. Ojo, que a lo mejor han realizado complejos cálculos estadísticos basados en la accidentabilidad, la gravedad, y el tipo de formación que tenía el trabajador, y el tiempo que hacía que había recibido la formación cuando tuvo el accidente… o a lo peor no 😕 😕

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El debate ‘ NUEVO Convenio colectivo general de ferralla’ está cerrado y no admite más respuestas.