Viendo 7 entradas - de la 31 a la 37 (de un total de 37)
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  • #417406 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
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    octubre 2011

    Iniciado

    Bien argumentado, si bien continúo teniendo dudas acerca de que el empresario se vea de algún modo obligado a delegar por la misma ley. No tendría a mi entender sentido que la normativa de PRL constantemente hable del empresario y su papel de garante si ello puede pasar al SPP. No creo que sea ese el sentido de la norma ni en su literalidad ni en su interpretación.

    En tal caso, por qué se continúan condenando a empresarios?. Por qué las IT llaman a los empresarios, encargados, mandos, etc… y de paso a los SPP?. Por qué entonces la necesidad de los Corporate Defense?.

    Saludos.

    #417407 Agradecimientos: 0
    ljma
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    1
    0
    marzo 2010

    Iniciado

    @Abogadillo wrote:

    Bien argumentado, si bien continúo teniendo dudas acerca de que el empresario se vea de algún modo obligado a delegar por la misma ley. No tendría a mi entender sentido que la normativa de PRL constantemente hable del empresario y su papel de garante si ello puede pasar al SPP. No creo que sea ese el sentido de la norma ni en su literalidad ni en su interpretación.

    En tal caso, por qué se continúan condenando a empresarios?. Por qué las IT llaman a los empresarios, encargados, mandos, etc… y de paso a los SPP?. Por qué entonces la necesidad de los Corporate Defense?.
    Saludos.

    Hola,

    No puede ser de otra manera, el responsable es el empresario. Otra cosa es, como es evidente, que un empresario no puede llegar a todo, ni sabe de todo y, como en este caso, incluso la Ley no le permite desarrollar determinadas actividades, funciones o trabajos.
    Para llegar a todo el empresario delega determinadas tareas en su cuadro de mandos (ingenieros, abogados, técnicos PRL, médicos, aparejadores, etc). Si la delegación es real y no está viciada, si se produce un problema, responderá o debería responder civil y penalmente el autor o responsable y como subsidiario civil el empresario.

    Por otro lado y con respecto a los SPA el art. 19 RSP establece que “asumirán directamente” las funciones que se hubieran concertado, responsabilizándosedirectamente de ellas; y, en cuanto a los servicios de prevención propios, el art. 15.1 RSP los conceptúa como “una unidad organizativa específica y sus integrantes dedicarán de forma exclusiva su actividad en la empresa a la finalidad del mismo”, para agregar en el apartado 2 que “deberán contar con las instalaciones y los medios humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades preventivas que vayan a desarrollar en la empresa”, lo que da buena cuenta de su carácter especializado, de su capacidad organizativa autónoma y de sus facultades para realizar por sí las actividades preventivas.

    ¿Por qué se sigue condenado al empresario? Cada caso es un mundo: unas veces porque la delegación estaba viciada y el delegado era un bufón del empresario; otras por una mala defensa; otras por un mal juez, otras porque el empresario no ha adoptado las medidas preventivas del Plan, etc, etc. Como dice un refrán “Juicios tengas y los ganes”.

    Saludos

    #417408 Agradecimientos: 1
    Abogadillo
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    12
    0
    octubre 2011

    Iniciado

    Ciertamente.

    Pués si ya nosotros sostenemos tal dialéctica, imaginemos jueces, fiscales y abogados disertando sobre ello.

    En consecuencia estamos expuestos a conceptos jurídicos indeterminados, o más bien el Código Penal tiene un defecto en el descripción del tipo delictivo. Vamos que es una lotería, y el pringado de SPP siempre acabará pagando (al menos en pena de banquillo) determinadas insensateces.

    La profesión de PRL ha pasado de ser una interesante forma de trabajar para ayudar a evitar accidentes a tener una espada de Damocles permanentemente encima; y el que maneja la espada no siempre conoce ni quiere reconocer las dificultades burocráticas de la empresa y el poco respeto que nos tienen incluso nuestros propios compañeros.

    Mal momento pero sí, es necesario cambiar de profesión.

    Saludos.

    #417409 Agradecimientos: 0
    ljma
    Participante
    1
    0
    marzo 2010

    Iniciado

    @Abogadillo wrote:

    Ciertamente.

    Pués si ya nosotros sostenemos tal dialéctica, imaginemos jueces, fiscales y abogados disertando sobre ello.

    En consecuencia estamos expuestos a conceptos jurídicos indeterminados, o más bien el Código Penal tiene un defecto en el descripción del tipo delictivo. Vamos que es una lotería, y el pringado de SPP siempre acabará pagando (al menos en pena de banquillo) determinadas insensateces.

    La profesión de PRL ha pasado de ser una interesante forma de trabajar para ayudar a evitar accidentes a tener una espada de Damocles permanentemente encima; y el que maneja la espada no siempre conoce ni quiere reconocer las dificultades burocráticas de la empresa y el poco respeto que nos tienen incluso nuestros propios compañeros.

    Mal momento pero sí, es necesario cambiar de profesión.

    Saludos.

    Hola,

    Comparto tu preocupación al 150%. Y aún digo más:

    ¿Por qué tenemos que revisar y en su caso evaluar edificios e instalaciones? ¿No hay una normativa específica (que es la misma que nosotros acabamos aplicando) con sus técnicos, colegios profesionales, instaladores, organismos de control y ayuntamientos que tienen que controlar para otorgar las diferentes licencias?

    ¿Por qué tenemos que revisar y en su caso evaluar equipos de trabajo y/o máquinas? ¿No funciona el modelo actual? ¿Se cuelan máquinas que no cumplen? Corresponde al estado garantizar la seguridad y salud de trabajadores, consumidores, animales domésticos e incluso bienes derivados de la utilización de máquinas. La labor de inspección de mercado compete a industria.

    Industria, a través de diferentes agentes de control, dispone (o debería) de medios técnicos y humanos muy especializados, laboratorios, procedimientos, TIEMPO, etc para realizar esta labor inspectora. Un técnico en PRL apenas dispone de unos escasos minutos y muy pocos medios para realizar algo que no se sabe bien si es una evaluación de peligros, un 1215, etc. pero que al final es una chapuza (dicho desde el cariño y comparado con el trabajo que hace o puede hacer un agente de control)….

    En estos casos los verdaderos responsables no deberían ser ni los empresarios ni los técnicos en PRL.

    Pero todo esto parece ser que los abogados y jueces lo desconocen. Deberían estudiar un poco más y no cargar el muerto siempre a los mismos.

    Saludos

    #417410 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
    Participante
    12
    0
    octubre 2011

    Iniciado

    Sres,

    retomando el tema, cómo le fue finalmente a nuestro compañero?

    Saludos

    #417411 Agradecimientos: 1
    JDPrevencion
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    2
    0
    septiembre 2012

    Iniciado

    Saludos.
    Precisamente eso es a lo que me refería yo en otro hilo del foro sobre lo de “quién previene sobre el técnico”. Porque no creo que tener esa espada de Damocles a perpetuidad sea ni mucho menos saludable.

    Y eso de que tenemos autonomía es sólo hasta cierto punto, porque, por mucho que diga, proponga y argumente yo, si a los jefes de turno no les da la gana hacer lo que hay que hacer, no hay nada que rascar.

    Y pedirlo por escrito os digo por experiencia que, ni es fácil ni es agradable. Cuántos correos míos habrán quedado sin responder hasta que he ido a preguntarlo verbalmente y ya me han dicho algo (normalmente que no a alguna propuesta, llevando yo la ley en la mano).
    Me niego a creer que el técnico tiene la culpa de muchas cosas como nos quieren hacer creer. Yo, por ejemplo, os digo que a mí ya me han dejado caer eso de “bueno, habría que ver si la responsabilidad es tuya o no”. Y es que aquí muchos habláis como si fuéseis capaces de parar la actividad de la empresa si es necesario. Pero lo triste es que, lo real, por lo menos en mi caso o en casos de compañeros de profesión, es que la jornada de trabajo no nos dá para hacer el trabajo, que nos pasamos el día enfrentados, por un lado a los jefes, y por otro a los propios trabajadores. Cuando ocultar información está a la orden del día (por ejemplo, yo me he enterado de la apertura de un centro nuevo más de un mes más tarde de estar operativo), cuando no hay forma de hacer bien tu trabajo. ¿A quién recurrimos nosotros? ¿A la inspección directamente? ¿Y las consecuencias? Yo ahora mismo, por mi situación familiar no me puedo permitir el lujo de denunciar. Si a mí me llegan hoy y me dice el Director General que no se hace algo, ni tengo narices a decirle que me lo diga por escrito, ni a decirle que me voy a la inspección a denunciar si no se hace. Lo siento, pero es así. Saludos.

    #417412 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @JDPrevencion wrote:

    Saludos.
    Precisamente eso es a lo que me refería yo en otro hilo del foro sobre lo de “quién previene sobre el técnico”. Porque no creo que tener esa espada de Damocles a perpetuidad sea ni mucho menos saludable.

    Y eso de que tenemos autonomía es sólo hasta cierto punto, porque, por mucho que diga, proponga y argumente yo, si a los jefes de turno no les da la gana hacer lo que hay que hacer, no hay nada que rascar.

    Y pedirlo por escrito os digo por experiencia que, ni es fácil ni es agradable. Cuántos correos míos habrán quedado sin responder hasta que he ido a preguntarlo verbalmente y ya me han dicho algo (normalmente que no a alguna propuesta, llevando yo la ley en la mano).
    Me niego a creer que el técnico tiene la culpa de muchas cosas como nos quieren hacer creer. Yo, por ejemplo, os digo que a mí ya me han dejado caer eso de “bueno, habría que ver si la responsabilidad es tuya o no”. Y es que aquí muchos habláis como si fuéseis capaces de parar la actividad de la empresa si es necesario. Pero lo triste es que, lo real, por lo menos en mi caso o en casos de compañeros de profesión, es que la jornada de trabajo no nos dá para hacer el trabajo, que nos pasamos el día enfrentados, por un lado a los jefes, y por otro a los propios trabajadores. Cuando ocultar información está a la orden del día (por ejemplo, yo me he enterado de la apertura de un centro nuevo más de un mes más tarde de estar operativo), cuando no hay forma de hacer bien tu trabajo. ¿A quién recurrimos nosotros? ¿A la inspección directamente? ¿Y las consecuencias? Yo ahora mismo, por mi situación familiar no me puedo permitir el lujo de denunciar. Si a mí me llegan hoy y me dice el Director General que no se hace algo, ni tengo narices a decirle que me lo diga por escrito, ni a decirle que me voy a la inspección a denunciar si no se hace. Lo siento, pero es así. Saludos.

    Tienes mucha razón.

    Saludos

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  • El debate ‘ Imputación de un técnico (responsable del SPP)’ está cerrado y no admite más respuestas.