Por si no lo tenéis, adjunto el siguiente enlace:
La parte referida a la seguridad está en el apartado 7. Aunque se trate de un acuerdo general, me llama la atención después de la que tienen liada con las formaciones en los convenios de la construcción, metal, madera, rotulación y vidrio … que en el punto dedicado a la formación en prevención se indique:
“… en los convenios colectivos de ámbito sectorial o inferior es recomendable incluir –de forma orientativa– el contenido y la duración de la formación específica y de los Delegados de Prevención, según los riesgos de cada puesto de trabajo o función”
Entiendo que no concretan por no ir dirigido a un convenio en particular.
Saludos.
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