Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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  • #67450 Agradecimientos: 0
    raquel15
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    enero 2011


    Hola, Alguien podría decirme si hay alguna normativa que marque las horas de trabajo máximas que puede realizar un trabajador en la construcción y cuanto tiempo de descanso deben de tener.

    Gracias

    #395102 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
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    octubre 2003


    EL convenio de construcción lo marca.

    #395107 Agradecimientos: 0
    the teacher
    Participante
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    octubre 2011


    Pues a ver, en principio cada hora tienes que hacer un descanso ocular de 5 min por estar delante del ordenador.Cosa que puedes hacer tú sin irte a ningún sitio y sentado en tu sitio… (y cosa que nadie hace realmente…)

    cuando la jornada es partida no te dan descansos…si fuera jornada intensiva te darían unos 20 o 30 min de descanso, pero que lo que hacen es darte los 5 min de descanso ocular

    #395106 Agradecimientos: 0
    vidoateg
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    3
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Hay una directiva de la CE sobre los tiempos de trabajo. Igualmente, existe una norma UNE sobre el mismo asunto. Estas normas no son una ley concreta y marcan mínimos. Como te han dicho, el convenio marca los tiempos adecuados a cada actividad.

    #395105 Agradecimientos: 0
    Mindundi
    Participante
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    febrero 2002


    El Estatuto de los Trabajadores en su Sección V. Tiempo de trabajo. Artículo 34. Jornada, punto tercero establece que:

    3. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.

    El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.

    #395104 Agradecimientos: 0
    el bicho de oro
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    5
    0
    junio 2009

    Iniciado

    Revisa el convenio y/o contrato colectivo de trabajo para esa actividad economica, pues deben estar estipulados los tiempos requeridos, saludos

    #395103 Agradecimientos: 0
    rogue
    Participante
    2
    0
    octubre 2011

    Iniciado

    Hola,
    independientemente de los convenios y/o contratos, deberás realizar prevención. Esta sentada la persona ? la carga fisica es extraordinaria 8 horas , 6 horas , 10 o más horas . En esta época de crísis el hombre está sentado más que nunca en toda su historia de evolución ( 4,500,000 años ) y ya sabemos que genera dislipidemias J kournal of epidemiology y aumento en los casos de cáncer IARC; independientemente de la causa genética y ambiental) Se afecta el retorno venoso y se generan varices en piernas y recto, estancamiento fecal, aplastamiento de los pudendos y gluteos y se afecta el piramidal y pudiera resultar ciática y los impactos a nivel de cuello y columna , se conocen perfectamente si usa ratón tunel carpal y no tiene descansabrazos tunel del cubital y pudiera nombrar más afctaciones. Esta la persona de píe ? el impacto es al retorno venoso y la columna Que hacer ? gimnasia laboral genral o gimnasia laboralñ especifica , colocar una sill para que se puedan sentar ocasional, tapetes antifatiga , rolar puestos de trabajo etc …atte

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