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  • #37527 Agradecimientos: 0
    sergio carbonell alcon
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    mayo 2002


    hola, ¿alguien sabe si ha salido una ley que prohiba fumar en los lugares de trabajo, en oficinas concretamente?

    #252081 Agradecimientos: 0
    nequito
    Participante
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    marzo 2004


    Bombero, te escribo desde Santiago de CHILE, país donde no existe la prohibición de fumar en el trabajo, solo está imposibiliatado en lugares y transporte público, áreas medicas, hospitales, etc.

    En mi empresa que se dedica a la prevención de accidentes laborales y la salud está prohibido por reglamento interno, ademas de tener una politica interna de alcohol y droga donde se presta ayuda a quienes desean dejar de fumar, además hemos establecido areas donde los fumadores puedan (al aire libre) fumar.

    Saludos.

    Sergio González

    #252082 Agradecimientos: 0
    Negrita53590
    Participante
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    agosto 2003


    La prohibición de fumar en lugares públicos reduce los ataques al corazón

    ISABEL F. LANTIGUA @ 5-4-2004 16.17

    Fachada de una empresa en la que se prohíbe fumar

    Las polémicas leyes que prohíben fumar en lugares públicos ya han demostrado tener efectos positivos sobre la salud de las personas. Al menos, esto es lo que revela un nuevo estudio, que relaciona la entrada en vigor de este tipo de normas con un descenso, hasta de un 40%, en el número de ataques al corazón.

    Además de contribuir a que los fumadores consuman menos cigarrillos, ya que no pueden encenderlos en restaurantes, centros comerciales ni en sus lugares de trabajo, estas leyes evitan que las personas que no fuman estén expuestas al humo de los demás y disminuye los infartos de miocardio.

    El trabajo se realizó en Helena, una pequeña localidad de Estados Unidos, en la que un sólo hospital da cobertura a una población de 68.140 ciudadanos. De junio a noviembre de 2002, estuvo vigente una ley que prohibía fumar en sitios públicos.

    El objetivo de los investigadores era contabilizar las admisiones por infarto de miocardio que se produjeron en el hospital durante estos seis meses y compararlas con las que se habían producido durante el mismo período tanto en los años previos como en el posterior a la entrada en vigor de la norma, es decir, desde 1998 a 2003.

    Los datos obtenidos, publicados en la edición digital de ‘British Medical Journal’, reflejaron que durante el tiempo en el que funcionó la ley, el número de ingresos por infarto disminuyó un 40% entre los habitantes de Helena. Así, de una media de 40 admisiones que se registraban en el hospital cuando no estaba en vigor la norma, se pasó a una media de 24 ingresos durante su aplicación. Sin embargo, entre las personas que vivían en los alrededores de Helena no se observó este descenso.

    Los autores del estudio consideran que este último dato evidencia la relación existente entre estas leyes y la disminución de los casos de ataques al corazón. Gracias a estas normas, se elimina el daño que el tabaco produce en los llamados ‘fumadores pasivos’. Estas personas, expuestas indirectamente al humo de los cigarrillos, tienen un 30% más riesgo de padecer un ataque al corazón, según han demostrado investigaciones previas.

    El nuevo trabajo es el primero que revela la relación positiva entre las leyes antitabaco y la salud. Pero los investigadores indican que aún se necesitan más análisis para confirmar los resultados. Este estudio ve la luz justo una semana después de que Irlanda se convirtiera, no sin controversia, en el primer país europeo donde está totalmente prohibido fumar en zonas públicas.

    #252083 Agradecimientos: 0
    Negrita53590
    Participante
    0
    agosto 2003


    Estas direcciones te pueden ser utiles

    – –

    - vol4_num2/pdf/vol4_num2/editorial2.pdf

    En Colombia : se citan algunos aspectos contenidos en este Código relacionados con el consumo de tabaco y la conservación y protección del medio ambiente.

    Comportamientos en relación con el tabaco y sus derivados.

    No fumar o consumir tabaco o sus derivados, en cualquiera de sus formas, en los siguientes sitios:

    1. Los destinados a actividades culturales, recreativas, deportivas o religiosas que funcionen como recintos cerrados; 2. Vehículos de servicio público individual o colectivo, aviones, trenes y del sistema de transporte masivo.

    3. Vehículos destinados a transporte de gas o materiales inflamables.

    4. Escuelas, colegios, universidades, salones de conferencias, bibliotecas, museos, laboratorios, institutos, y demás centros de enseñanza.

    5. En restaurantes y salas de cine.

    6. Hospitales, clínicas, centros de salud, instituciones prestadoras de salud y puestos de socorro.

    7. Oficinas estatales o públicas.

    8. Recintos cerrados públicos y abiertos al público.

    9. Lugares donde se fabriquen, almacenen o vendan combustibles, explosivos, pólvora o materiales peligrosos, en los cuales se debe siempre fijar aviso en lugar visible que advierta sobre la prohibición.

    En todo caso, en los sitios enunciados en los numerales 1, 4 y 5 los propietarios, administradores y dependientes deben habilitar zonas al aire libre para los fumadores y señalar con un símbolo o mensaje los lugares donde se prohibe fumar.

    en todo el Perú está prohibido fumar en lugares públicos

    por mandato de la ley 25357 desde el año 1991.

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    #252084 Agradecimientos: 0
    joseang
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    0
    junio 2002


    Actualmente en nuestro país la norma en vigor es el R.D.192/88 de 4 de marzo, que establece la prohibición de fumar en lugares públicos, pudiendose fumar en lugares específicamente habilitados para ello(denominadas zonas de fumadores). Recientemente en Irlanda se ha promulgado una Ley que prohibe específicamente fumar. Es de esperar que en un futuro no muy lejano las directrices europeas se transpongan a la normativa de cada país miembro. De todas maneras el citado R.D. especifica claramente que en caso de existir conflicto siempre prevalecerá el derecho del no fumador sobre el de fumadores.

    #252085 Agradecimientos: 0
    semaro
    Participante
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    diciembre 2003


    Depende de cada CC.AA.

    De momento no ha salido nada

    #252086 Agradecimientos: 0
    mdeza
    Participante
    0
    abril 2004


    Por ahora lo que te ha comentado el compañero Joseang (ES): RD 192/88.

    “Una persona que permanezca cinco horas al día en una habitación de 30 metros cuadrados, en la que se fumen dos cigarrillos cada hora, y en la que se renueve el aire una vez cada sesenta minutos, inhala el equivalente a un cigarrillo. Asimismo, la dosis media de nicotina que recibe una persona cuando se consume un cigarrillo a su lado es de un 0,5% a un 2% de la que inhala el fumador”.

    #252087 Agradecimientos: 0
    rgm
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    0
    octubre 2001


    Los criterios de Consejo Interterritorial que lo aplican cada autonomia segun sus decisiones.

    En Cataluña:

    Llei 20/1985

    Llei 10/1991

    Decret 266/1991

    Decret 235/1991

    Ramona

    #252088 Agradecimientos: 0
    ROLO
    Participante
    0
    junio 2002


    Lo más efectivo será establecer una política por parte de las empresas para prohibir el fumar. En mi pais existe una ley referida a la prohibicón en lugares públicos, que podría aplicarse a las oficinas. Saludos

    #252089 Agradecimientos: 0
    FIDEGO
    Participante
    0
    septiembre 2004


    EN MEXICO LA LEGISLACION LAORAL PROHIBE FUMAR EN LOS CENTROS DE TRABAJO Y SE SUPONE QUE UNA OFCINA ES UN CENTRO DE TRABAJO, POR LO TANTO ESTA PROHIBIDO.

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