Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
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  • #74209 Agradecimientos: 0
    Papiolo
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    marzo 2010

    Iniciado

    Buenos dias,

    Me has surgido una duda respecto a la formación de trabajos en altura…

    Para manejar PEMP es necesario a parte de tener la formación de capacitación para manejar estos aparatos tener tambien la de trabajos en altura?? o solo es necesaria esta formación cuando se realizan trabajos en altura donde no hay medidas colectivas?

    En caso positivo o negativo alguien sabria “demostrarlo” teoricamente en RD, normativa o ley? no he sido capaz de verlo.

    Un saludo y gracias de antemano

    #437646 Agradecimientos: 3
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Dudo mucho que puedas verlo. A veces es interesante saber lo que NO exige la ley.

    El manejo de PEMP´s, contrariamente a lo que le gustaría a la IPAF, no exige ninguna titulación o carnet. Por tanto, la formación exigida es la correspondiente al artículo 19 de la LPRL y al artículo 3.4 del RD1215/97. ¿Cuál es esa formación? Pues nada dice la ley; por lo que habrá que fijarse en las instrucciones del fabricante o de alguna asociación de fabricantes de PEMP´s (que haberla hayla) y en lo que diga la evaluación de riesgos.

    Yo no necesito que un operador de PEMP tenga OTRA formación distinta referida a trabajos en altura; necesito que en su formación como operador de PEMP, se incluya no solo el saber manejar la máquina, sino también utilizar un arnés que será obligatorio en muchos tipos de PEMP´s (no todos), y qué hacer y qué no hacer para subirse o bajarse de ella, tanto en operación normal como en situaciones de emergencia; por ejemplo.

    Ésa es la formación que necesita, y no vas a tener más que los contenidos acreditados en los que hayas formado al operador y las horas de práctica (a mi juicio totalmente necesarias) que haya acumulado, primero en trabajos sencillos y luego en tareas más complicadas.

    Te pongo un ejemplo: yo he recibido formación en manejo de PEMP; pero personalmente creo que me vale para llevarla de un lado a otro y para subirme a una ubicación faciliona y sin obstáculos al movimiento. En caso contrario, podría tardar media hora en posicionar la cesta, si es que lo logro.

    Al empresario le toca CONTROLAR lo que sus empleados hacen y limitar lo que pueden hacer y no.

    Si hablamos de sectores específicos, habrá formación específica (construcción por ejemplo). Te aconsejo que veas el siguientes enlace por ejemplo:

    Finalmente conviene decir que por ejemplo IPAF (asociación de fabricantes) propugna una tarjeta o carnet, que en absoluto es obligatorio ni oficial, pero que imagino tendrá ciertas garantías de calidad formativa.

    Tú mismo.

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    #437647 Agradecimientos: 0
    Papiolo
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    4
    21
    marzo 2010

    Iniciado

    Esa es otra de las ambiguedades de la ley de PRL… dice mucho y no dice nada…

    La pregunta no era bien bien esa… pero imagino que la respuesta será parecida no?

    Entiendo por lo que comentas que tanto la formación de PEMP como la de trabajos en altura son un “mina de sabidura” donde las empresas formadoras han visto un maravilloso negocio saca dinero, un auténtico lobby.

    Pero los clientes para entrar a su casa al final te los acaban pidiendo y estas formaciones se “normalizan”, se aceptan, y uno como empresario me imagino que para salvarse el culo dormirá mas agusto con el diplomilla ya que luego si pasa algo como demuestro que tenian esa formación a la que se refiere el art X de la Ley 31/1995 y el RD 1215.

    Dicho esto, intuyo que pasa lo mismo con la formación de trabajos en altura…. , pero aceptando esto… suelen pedirlo para usar una PEMP? O solo se suelen exigir en trabajos donde no hay medidas colectivas: montaje de linea de vida temporal, trabajo en un punto concreto con tu retractil y arnes puesto cerca de una caida con altura considerable…

    Un saludo

    #437648 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Yo no puedo entrar en lo que una empresa, por muy grande e influyente que sea, pueda exigir a sus contratas.
    Eso entra dentro de una relación privada entre dos empresas; supongo que o lo tomas o lo dejas.

    #437649 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas, Andros9. Por agilizar corto y pego:

    @Andros9 wrote:

    Entiendo por lo que comentas que tanto la formación de PEMP como la de trabajos en altura son un “mina de sabiduría” donde las empresas formadoras han visto un maravilloso negocio saca dinero, un auténtico lobby

    La formación de trabajos en altura es un INVENTO. Quiero decir que no está regulada en ningún sitio, es un cajón de sastre donde se pueden incluir muchas cosas. Con ese título, en mi opinión, incluso contraviene la especificad que exige el art. 19 LPRL. Así que mira qué fácil es de “tumbar” con normativa.

    A mayor abundamiento, para que veas que este no es un razonamiento estrafalario, en el sector de la construcción (que es donde más habitual será el uso de PEMP), el propio convenio las incluye dentro de la formación específica de 20 h de aparatos elevadores, y para evitar suspicacias e interpretaciones raras señala además que esa formación es la contenida en el artículo 19 de la LPRL y por tanto, en la gran mayoría de los casos, será la formación suficiente y adecuada al puesto de trabajo (art. 137). Nada de trabajos en altura.

    @Andros9 wrote:

    […] luego si pasa algo como demuestro que tenían esa formación a la que se refiere el art X de la Ley 31/1995 y el RD 1215.

    Con un certificado expedido por la entidad formadora que haga referencia a dichas normas. Que lo pidan al servicio de prevención y listo.

    @Andros9 wrote:

    Dicho esto, intuyo que pasa lo mismo con la formación de trabajos en altura…., pero aceptando esto… ¿suelen pedirlo para usar una PEMP? O solo se suelen exigir en trabajos donde no hay medidas colectivas: montaje de línea de vida temporal, trabajo en un punto concreto con tu retráctil y arnés puesto cerca de una caída con altura considerable…

    Ahí ya entramos en la casuística. Dependerá del cliente en cuestión y su criterio particular. Yo me he encontrado con empresas que para este caso se conformaron con que se justificara la formación de PEMP…y otros donde exigían formación de trabajos en altura a un operario que iba a trabajar de pie y con destornilladores en una acera (uso de arnés, horas de práctica, etc.)

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #437650 Agradecimientos: 0
    Papiolo
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    marzo 2010

    Iniciado

    Muchas gracias por las respuestas chicos.

    Ok! teniendo en cuenta tu respuesta, en la vida real que haceis? es decir sabemos que lo de los cursos son una… que lo de lo otro tumba X articulo…

    Pero entiendo que para evitar problemas los realizais no? al final se procura que cada trabajador tenga

    – Formacion puesto de trabajo 2h
    – Formación PEMP y carretilla
    – Formación trabajos en altura
    – Formación primeros auxlios
    – Formación 50h PRL

    Basicamente para evitar problemas y dolores de cabeza…

    Porque como voy a explicar yo (como tecnico de PRL ) a un operario como se debe usar el arnés o montar una linea de vida si en los temarios del CFGS o del MASTER lo máximo que se hacia era nombrar el nombre de ese equipo en concreto, pero no sé diferenciar una eslinga de un mosqueton roscado.

    “Era una forma de hablar, en mi caso concreto he sido montador he estado a pie de batalla y me he puesto el arnés varias veces entre otras cosas” pero hay titulados que solo lo han visto en pdf. y creo que no estan en condiciones de enseñar a usar un arnés, o de montar una linea de vida o de usar una máquina de 8 toneladas (me incluyo en esto último tambien)

    #437651 Agradecimientos: 3
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Andros9 wrote:

    Muchas gracias por las respuestas chicos.

    Ok! teniendo en cuenta tu respuesta, en la vida real que haceis? es decir sabemos que lo de los cursos son una… que lo de lo otro tumba X articulo…

    Pero entiendo que para evitar problemas los realizais no? al final se procura que cada trabajador tenga

    – Formacion puesto de trabajo 2h
    – Formación PEMP y carretilla
    – Formación trabajos en altura
    – Formación primeros auxlios
    – Formación 50h PRL

    Basicamente para evitar problemas y dolores de cabeza…

    Porque como voy a explicar yo (como tecnico de PRL ) a un operario como se debe usar el arnés o montar una linea de vida si en los temarios del CFGS o del MASTER lo máximo que se hacia era nombrar el nombre de ese equipo en concreto, pero no sé diferenciar una eslinga de un mosqueton roscado.

    “Era una forma de hablar, en mi caso concreto he sido montador he estado a pie de batalla y me he puesto el arnés varias veces entre otras cosas” pero hay titulados que solo lo han visto en pdf. y creo que no estan en condiciones de enseñar a usar un arnés, o de montar una linea de vida o de usar una máquina de 8 toneladas (me incluyo en esto último tambien)

    Creo que hablas sobre una confusión típica, incluso para gente de la administración: las competencias del técnico SUPERIOR en PRL referidas a la formación preventiva, no se refieren ni pueden referirse exclusivamente a IMPARTIR la formación; sino que deben referirse necesariamente a ORGANIZAR y DECIDIR la formación preventiva; responsabilizándose de élla.

    Quiero decir que un TSPRL no tiene por qué impartir la formación de la que se responsabiliza; lo lógico es que para contenidos muy específicos en los que, debido a su experiencia real, no está o no se sienta capacitado para impartirla, debe hacer que alguien que sí lo esté sea quien la imparta; aunque luego él se responsabilice de ella, porque ha sido quien eligió al formador, los contenidos, la duración, cómo darla y a quién dirigirla. Ésa es la verdadera competencia de un TSPRL; al igual que un arquitecto se responsabiliza del programa de ejecución de una obra, pero no será él quien de de llana las paredes, ni hormigone los pilares, ni instale la calefacción, etc.

    #437652 Agradecimientos: 0
    Papiolo
    Participante
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    21
    marzo 2010

    Iniciado

    @De locos wrote:

    @Andros9 wrote:

    Muchas gracias por las respuestas chicos.

    Ok! teniendo en cuenta tu respuesta, en la vida real que haceis? es decir sabemos que lo de los cursos son una… que lo de lo otro tumba X articulo…

    Pero entiendo que para evitar problemas los realizais no? al final se procura que cada trabajador tenga

    – Formacion puesto de trabajo 2h
    – Formación PEMP y carretilla
    – Formación trabajos en altura
    – Formación primeros auxlios
    – Formación 50h PRL

    Basicamente para evitar problemas y dolores de cabeza…

    Porque como voy a explicar yo (como tecnico de PRL ) a un operario como se debe usar el arnés o montar una linea de vida si en los temarios del CFGS o del MASTER lo máximo que se hacia era nombrar el nombre de ese equipo en concreto, pero no sé diferenciar una eslinga de un mosqueton roscado.

    “Era una forma de hablar, en mi caso concreto he sido montador he estado a pie de batalla y me he puesto el arnés varias veces entre otras cosas” pero hay titulados que solo lo han visto en pdf. y creo que no estan en condiciones de enseñar a usar un arnés, o de montar una linea de vida o de usar una máquina de 8 toneladas (me incluyo en esto último tambien)

    Creo que hablas sobre una confusión típica, incluso para gente de la administración: las competencias del técnico SUPERIOR en PRL referidas a la formación preventiva, no se refieren ni pueden referirse exclusivamente a IMPARTIR la formación; sino que deben referirse necesariamente a ORGANIZAR y DECIDIR la formación preventiva; responsabilizándose de élla.

    Quiero decir que un TSPRL no tiene por qué impartir la formación de la que se responsabiliza; lo lógico es que para contenidos muy específicos en los que, debido a su experiencia real, no está o no se sienta capacitado para impartirla, debe hacer que alguien que sí lo esté sea quien la imparta; aunque luego él se responsabilice de ella, porque ha sido quien eligió al formador, los contenidos, la duración, cómo darla y a quién dirigirla. Ésa es la verdadera competencia de un TSPRL; al igual que un arquitecto se responsabiliza del programa de ejecución de una obra, pero no será él quien de de llana las paredes, ni hormigone los pilares, ni instale la calefacción, etc.

    Te entiendo perfectamente y a mi eso que dices es una cosa que me ha costado de ver hasta hace no mucho… pero por eso mismo al final yo lo que haria personalmente, y creo que basatntes mas será contratar a una empresa formadora en PEMP, en trabajos en altura, en primeros auxilios… para garantizar de alguna manera que la formación es de calidad.

    #437653 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @Andros9 wrote:

    … pero por eso mismo al final yo lo que haría personalmente, y creo que bastantes mas será contratar a una empresa formadora en PEMP, en trabajos en altura, en primeros auxilios… para garantizar de alguna manera que la formación es de calidad.

    Uffff Andros9, pues entonces al listado de cursos que citas yo le añadiría en de técnico de nivel Superior, y así ya lo tienes todo cubierto a full. Y si algún día te toca ir a juicio porque pase algo, te darás cuenta de que la formación vale bien poco para defender por qué alguien se cayó o dejó de caer.
    Po favor, seamos sensatos. Un curso de trabajos en alturas NO HABILITA para manejar una PEMP. Un curso de 50 h NO HABILITA para manejar una PEMP. Para manejar una PEMP necesitas saber cómo funciona, los riesgos que tiene, las medidas de seguridad a adoptar, los equipos de protección (en su caso) y su práctica correspondiente. Esa es la formación de “calidad” que necesitas (en ese sentido tampoco entiendo un curso de ese tipo que no incluyera el uso básico del arnés, pero porque para trabajar sobre una PEMP lo vas a tener que usar).

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #437654 Agradecimientos: 0
    Papiolo
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    21
    marzo 2010

    Iniciado

    @Sirgudlab wrote:

    @Andros9 wrote:

    … pero por eso mismo al final yo lo que haría personalmente, y creo que bastantes mas será contratar a una empresa formadora en PEMP, en trabajos en altura, en primeros auxilios… para garantizar de alguna manera que la formación es de calidad.

    Uffff Andros9, pues entonces al listado de cursos que citas yo le añadiría en de técnico de nivel Superior, y así ya lo tienes todo cubierto a full. Y si algún día te toca ir a juicio porque pase algo, te darás cuenta de que la formación vale bien poco para defender por qué alguien se cayó o dejó de caer.
    Po favor, seamos sensatos. Un curso de trabajos en alturas NO HABILITA para manejar una PEMP. Un curso de 50 h NO HABILITA para manejar una PEMP. Para manejar una PEMP necesitas saber cómo funciona, los riesgos que tiene, las medidas de seguridad a adoptar, los equipos de protección (en su caso) y su práctica correspondiente. Esa es la formación de “calidad” que necesitas (en ese sentido tampoco entiendo un curso de ese tipo que no incluyera el uso básico del arnés, pero porque para trabajar sobre una PEMP lo vas a tener que usar).

    No me habre hecho entender… me referia a que para manejar máquinas prefireo llamar a una formadora conocida que de cursos de calidad que decirle a mi compañero fitipaldi que sabe mucho y va fumando puros a la vez que te baja 200 palets a la hora que le enseñe a menganito …, igual que si me interesa un recurso preventivo hara uno de 50h, no me referia a que tenga que tener todo ese listado para manejar PEMP hombre jajajaja.

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