Apreciados compañeros:
Considero que las fajas lumbares son EPI’s en tanto en cuanto el texto del RD 773/1997 sobre equipos de protección individual, dtermina que EPI es todo aquel equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud.
Se excluye: la ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.
Por tanto, las FAJAS LUMBARES, (que además pueden ser facilitadas por la Mutua de Accidentes), tendrán la consideración de EPI’s.