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  • #74038 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Vengo viendo hace unos años que muchos servicios de prevención incluyen en las evaluaciones de riesgo aspectos de “accesibilidad” (sobre todo a partir de la modificación del documento DB SUA y su necesidad de adaptación antes de 2018)en las propuestas “preventivas” que hacen a los empresarios.
    Sabemos que hay que adaptar los puestos y centros a los “trabajadores” con discapacidad, esto por LPRL, y que ello conlleva considerar aspectos generales del centro de trabajo y aspectos de edificación: ascensores, escaleras, rampas, refugios para evacuación. etc Sí pero siempre orientados a la “seguridad laboral” de los trabajadores y dentro de los aspectos del proceso productivo.

    Sin embargo veo servicios de prevención haciendo propuestas de adaptación al empresario sobre la adecuación de baños (de uso para el público), sobre paneles de información (tamaño etc para el público) altura de mostradores (recepción etc) etc pero orientados al “público”

    No digo que no se haga, pero no veo que pinta prención dando indicaciones al “titular” del edificio sobre una normativa que no es de prevención ni afecta (en estos aspectos) los trabajadores.

    Es como si nos dedicamos a pedir si han cumplido con sus obligaciones tributarias, de seguridad social, o si cumplen los convenios colectivos, etc

    Por ello creo, que la accesibilidad y adaptaciones para discapacitados de los “centro de trabajo” solo debe intervenir el SP en los aspecvtos que puedan afectar a los trabajadores…dejando los restantes aspectos sobre adecuación a la normativa (DBSUA) a los gestores del edificio.

    #436964 Agradecimientos: 0
    Enrique Noguero Rodríguez
    Participante
    5
    13
    julio 2017

    Iniciado

    Hola,

    Me he leído el documento y la verdad es que coincido contigo. Para mí es responsabilidad del gestor del edificio que a su vez estará asesorado por el Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto y el Coordinador de S y S en fase de obra (si es que son diferentes personas). Como técnicos de prevención no creo que sea nuestra ocupación decirle a otros compañeros de otras actividades lo que tienen que hacer, pero me huele esto a los típicos riesgos que ponen en las evaluaciones de riesgo los SPA “por si acaso”. A mí me resulta excesivo y considero que es sobrecargar innecesariamente las evaluaciones de riesgo. Entiendo que el principio preventivo es ir hacia la eliminación de riesgos o por lo menos a la minimización de los mismos hasta situarlos en un nivel tolerable (como poco), no a documentar innecesariamente riesgos porque sí que ni siquiera atañen directamente a la LPRL y todas las disposiciones legales y técnicas directamente asociadas. En resumen, que creo que escapa a nuestro marco de competencias.

    #436965 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Yo creo que es competencia del Servicio de Prevención en dos situaciones:

    – Proyecto de ejecución de una infraestructura afectada por la normativa sobre accesibilidad. El SP debe establecer, recordar, etc., que dicha normativa es de aplicación (aunque no sea competencia suya). A eso se le llama “prevenir”, por si en el futuro hubiera algún trabajador discapacitado (o como se llamen ahora).

    – Adaptación de puesto a trabajador. Cuando realmente hay un trabajador discapacitado, la adaptación de puesto al trabajador sí es competencia del SP, en su labor de asesoramiento y apoyo.

    Lo que no es ni creo que deba serlo nunca, es la labor de “por si acaso”, que incluso parte de la administración promueve; según la cual una evaluación de riesgos debe contemplar todas las posibilidades “a priori”.

    Claro que no. Un TPRL no puede contemplar todas las situaciones (trabajadores sordos, con dificultades de movimiento, con limitación de manejo de cargas, con sensibilidad extrema a no se qué producto, etc, etc, etc, etc, etc, etc,.
    En un centro de trabajo en el que hay mujeres o podría haberlas, es lógico plantear la situación de que puedan quedar embarazadas; pero nadie tiene la imaginación tan amplia como para pensar en todas las posibilidades.
    Eso se hará cuando efectivamente surjan tales casos.

    #436962 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Sí efectivamente parece lo más razonable.
    a raíz de esto me surge una duda (en mi fuero interno creo que la respuesta debe ser que sí) sobre si, por ejemplo, en una oficina de 10 empleados el baño para los trabajadores debe estar, sí o sí, adaptado para discapacitados aún cuando ningún trabajador tiene la condición de tal. (eso no quita para que se pueda plantear que si bien ahora no en un momento dado puede darse). Por otro lado tenemos que oficinas como estas tenemos a porrillo y se da la circunstancia de que hay “oficinas centrales” (con más de 40 baños para trabajadores en que ninguno está adaptado para discapacitados. (no habiendo tampoco trabajadores con discapacidad que precisen adaptaciones).
    Tengo claro que con respecto a los baños de uso para el público (exclusivamente para el público) no me compete proponer adaptación alguna (aunque deben tenerla) por no ser “riesgo laboral” . Pero la adaptación de los baños debe proponerse sí o sí, aún cuando no se precise a fecha de hoy?
    Está claro que la inversión económica que requeriría tal adaptación sería importante y no sé si estaría plenamente justificada en todos los casos.

    #436963 Agradecimientos: 0
    Enrique Noguero Rodríguez
    Participante
    5
    13
    julio 2017

    Iniciado

    Yo profundizo en mi respuesta:
    Creo humildemente que nos estamos metiendo en el marco legal definido por el R.D. 1627/97 de Obras de Construcción. Además yo no tengo el título de Coordinador de Seguridad y Salud y ni siquiera soy arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero superior ni ingeniero técnico, por lo que no me considero cualificado ni capacitado para asesorar en el proyecto a ninguna persona habilitada a estos efectos (en lo que tiene que ver con la construcción en sí) Otra cosa es que recuerde la existencia de esta disposición al coordinador de turno (es lo que hice con la normativa de seguridad industrial de almacenamiento de productos químicos recientemente actualizada) Está claro que a nivel de adoptar el trabajo a la persona tenemos que tener en cuenta todo desde el origen pero como bien decís si no hay ahora mismo en la empresa por ejemplo ninguna persona con necesidades especiales de movilidad… ¿adaptamos todos los vestuarios, aseos, etc. por si acaso? ¿nos corresponde realmente tomar esa decisión a nosotros/as? ¿aunque sea a la hora de indicarlo en la evaluación de riesgos? Yo tengo dudas al respecto: cómo identificaríais el riesgo? Yo optaría por, llegado el caso, hacer un informe ergónómico específico del puesto de trabajo o por un informe técnico de trabajador de especial significación si procediera.

    #436966 Agradecimientos: 3
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Enrique Noguero Rodríguez wrote:

    Yo profundizo en mi respuesta:
    Creo humildemente que nos estamos metiendo en el marco legal definido por el R.D. 1627/97 de Obras de Construcción. Además yo no tengo el título de Coordinador de Seguridad y Salud y ni siquiera soy arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero superior ni ingeniero técnico, por lo que no me considero cualificado ni capacitado para asesorar en el proyecto a ninguna persona habilitada a estos efectos (en lo que tiene que ver con la construcción en sí) Otra cosa es que recuerde la existencia de esta disposición al coordinador de turno (es lo que hice con la normativa de seguridad industrial de almacenamiento de productos químicos recientemente actualizada) Está claro que a nivel de adoptar el trabajo a la persona tenemos que tener en cuenta todo desde el origen pero como bien decís si no hay ahora mismo en la empresa por ejemplo ninguna persona con necesidades especiales de movilidad… ¿adaptamos todos los vestuarios, aseos, etc. por si acaso? ¿nos corresponde realmente tomar esa decisión a nosotros/as? ¿aunque sea a la hora de indicarlo en la evaluación de riesgos? Yo tengo dudas al respecto: cómo identificaríais el riesgo? Yo optaría por, llegado el caso, hacer un informe ergónómico específico del puesto de trabajo o por un informe técnico de trabajador de especial significación si procediera.

    Determinadas titulaciones son necesarias para firmar proyectos, asistir legalmente a una persona, u operar a corazón abierto; pero para asesorar no hace falta ninguna titulación. En el ámbito preventivo, tu titulación en PRL te da la competencia para ello.

    Un diplomado en magisterio puede ser TSPRL. Si tiene que impartir formación sobre riesgo eléctrico, tendrá que estudiar electricidad porque si no, no podrá ejercer su labor correctamente. ¿O acaso va a recomendarle a los trabajadores un buen libro de electricidad teórica y aplicada?

    Efectivamente hay titulaciones como las técnicas, químicas, etc., que facilitan la comprensión de muchos aspectos de la prevención; pero eso no impide que TSPRL de otras titulaciones tengan que ponerse las pilas, y estudiar.

    Para asesorar en cuestiones de accesibilidad únicamente basta un acceso a Google, leer normativa, y saber preguntar.
    Es lo que hacen los asesores, estudiar hasta reventar para que sus clientes no tengan que hacerlo.

    Estoy convencido de que un prevencionista tiene que darse valor añadido a sí mismo; el camino correcto no es limitar en lo posible su trabajo; porque entonces pasará lo que está ocurriendo desde siempre: que no se le valora; pero entonces con el agravante de que será verdad.

    #436967 Agradecimientos: 0
    Enrique Noguero Rodríguez
    Participante
    5
    13
    julio 2017

    Iniciado

    Ok, Delocos, colleja aceptada con gratitud. 😉

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  • El debate ‘ Es la "accesibilidad universal" compentencia de los SP?’ está cerrado y no admite más respuestas.