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  • #58114 Agradecimientos: 0
    PAMI
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    octubre 2007


    Hola,
    les saludo respetuosamente y os pido su opinión
    valiosa sobre los cuidados que deben tener los médicos en el trabajo sobre las trabajadoras embarazadas . Obviamente conozco algunos cuidados
    en ellas y su producto, pero la experiencia y conocimientos de uds. es lo que quisiera ….atte

    #324422 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

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    Hola otra vez,
    revisando el Joournal of occupational medicine me encontré un ensayo sobre ¨las condiciones de trabajo y la decisión de amamantar en España¨ sería interesante conocer …como se da éste proceso si alguien tiene la experiencia sería excelente traerla al foro………..atte

    #324423 Agradecimientos: 0
    GIGIA
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    noviembre 2004


    Tenemos un inconveniente: Diferentes paises, diferentes legislaciones. Supongo que estás preguntando por cuidados médicos a las embarazadas y se pueden clasificar en dos tipos, los cuidados especializados (que no tienen cabida dentro de la empresa) y cuidados preventivos (que son la base de la acción médica en la empresa). Pero es que además (y está aquí la diferencia entre nuestros paises) están las normas de tipo legislativo que también “cuidan” a las mujeres trabajadoras embarazadas, y que en Europa (y más concretamente en España) son muy avanzadas y con grandes diferencias respecto del continente americano. Te propongo que replantees la pregunta según estas consideraciones y hagas más fácil la respuesta. ¿Por dónde quieres empezar?

    #324424 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Hola,
    la experiencia española desde luego…..gracias

    #324425 Agradecimientos: 0
    GIGIA
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    noviembre 2004


    Pues puedo decir que los cuidados en el trabajo a la mujer embarazada radican, fundamentalmente, en evitar riesgos para ella (cargas y posición estática prolongada fundamentalmente) o para el feto, que es el “recién llegado al puesto de trabajo” y no está muy capacitado para ello (riesgos biológicos, o físicos, al igual que situaciones que puedan provocar abortos, sobretodo en los primeros meses del embarazo). Además, y esta es la diferencia con respecto a otros países hispano-parlantes, es el gran apoyo social que está previsto en las leyes de nuestro país, y que llevan a proporcionar a la mujer embarazada un retiro temporal subsidiado a partir de cierto momento del embarazo y la cobertura tras el parto para la lactancia del recién nacido y sus cuidados durante los primeros meses de vida. Las cuestiones obstetro-ginecológicas deben ser controladas por los especialistas correspondientes y en medicina del trabajo no existe cabida para este asunto.

    #324426 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Hola Gigia,
    me parecen , como siempre muy buenos tus comentarios y celebro me los compartas……atte

    #324427 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Como complemento sugiero que también se lean detenidamente las hojas o fichas de seguridad de las susntacias a las que podría estar expuesta la persona.

    #324428 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Hola, Buen día.
    Como ya te lo han mencionado en los otros comentarios, es muy importante que revises la normatividad legal vigente de tu país o región, además de verificar que tipo de embarazo tiene, pues existen riesgos durante esta etapa y el medico tratante (control prenatal) podrá dar las restricciones laborales necesarias, para que el embarazo no se vea afectado, algunas de las restricciones más comunes se refieren al trabajo con sustancias quimicas (principalmente aquellos que sean terátogenicos y/o mutagenicos) pues estos pueden afectar a la madre y al bebe, otra es el esfuerzo fisico, acciones como inclinarse.
    Recuerda además que el 1er trimestre y el 3er trimestre son los meses de más riesgo durante un embarazo, de igual manera los meses en los que esta mujer puede llegar a presentar más incovenientes.
    Otro tema de seguridad es informar en la enfermeria de la empresa de la situación de esta mujer, pues durante el embarazo, no se puede suministrar cierto tipo de medicamentos a la mujer y esta debe ser contemplada como una persona critica a la hora de evacuar la empresa, pues debe tenerse especial cuidado con ella y su velocidad de evacuación puede verse afectada.
    Apoyate mucho en las recomendaciones del medico que realiza el control prenatal, pidele a ella que te informe acerca de las restricciones que le entregen para que las puedas hacer efectivas y proteger así su vida y la vida del bebe.

    #324429 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Hola,
    aprecio tus comentarios Epcris y a todos.

    En Francia son muy buenas la reducción de la jornada laboral ( menos de 35 horas de trabajo ), los permisos en meses y regresar a tu trabajo sin problemas ó bien prolongar esos permisos por el mismo motivo.E incluso las retribuciones económicas y otros apoyos para los cuidados de parte de la compañía ….En fin quiero aprender de otros países . En Fraga tengo un conocido médico de empresa y ahorita no lo encuentro.Por eso subí la pregeunta revisaré por último la legislación de España la mia propia la conozco ……gracias otra vez

    #324430 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

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    La condición de embarazo es la condición optima de la mujer. Entretanto no existan conplicaciones (q tendría entonces una incapacidad laboral)no se deberían tomar acciones complementarias algunas. Es claro que ni embarazada ni no embarazada, la trabajadora debería realizar esfuerzos o exposición a contamiantes por encima de la legislación vigente. Al término de su embarazo obtendrá una licencia de incapacidad (últimos 2-4 meses) dependiendo de la legislación, así commo una licencia posterior al parto , pero esto es para bienestar del crio y no protección de la madre.
    Debe recordar que las demás madres que no laboran en una industria establecida (por ejemplo labores en el campo), las mujeres laboran hasta el momento propio del parto, la mayoría sin mayores complicaciones (fuera del esfuerzo físico por el sobrepeso y la condicion de aumento de volumen)

    #324431 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Hola,
    Gracias por tu comentario………….. un País mayoritariamente agricola . Tienes razón
    Hace algunos años me aloje en el Cariari y me percaté de un caso médico interesante. Un caso de leucemia en una baby de 5 años por exposición extralaboral a Insecticidas….
    Bueno no quiero verme amarillo contigo , esa fue la conclusión a la que llegaron, uds. Una sobrina mía, médico ( Lourdes Campos Ramírez )que vive allá , me lo transmitió, la niña vivía cerca de una bodega de estos . Y también recuerdo tienen cosas muy buenas de apoyo a las mujeres…. Gracias otra vez por el comentario……atte

    #324432 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Nuestra aportación a la prevención en mujeres embarazadas que trabajan en oficinas es ofrecer sillas que mejoren las condiciones de la postura sedente durante ese periodo, evitando la aparición de trastornos musculo-esqueléticos.

    Durante el embarazo, especialmente a partir del 5º mes las necesidades de la trabajadorea son distintas debido al aumento del peso corporal, el aumento de la lordosis lumbar para corregir el sobre-peso y la necesidad de adoptar posturas más recinadas en la silla para dismunuir la presión en el abdomen.

    Para ello disponemos de sillas de oficina con:

    – Asiento anatómicos que mejoran el reparto de presiones en los gluteos alcanzándose presiones máximas inferiores a 20 kPa (el umbral a partir del cual el cuerpo reacciona adoptando posturas desviadas de la espalda para reducir la presión esta en 40 kPa según el IBV). Con estos asientos se consigue que la trabajadora tenga la espalda recta el mayor tiempo posible evitando contracturas.

    – Apoyos lumbares prominentes para dar apoyo a la hiperlordosis y sistemas que mantienen la curvatura natural de la espalda aún en posturas reclinadas

    – Reposa-brazos regulables que permiten compatibilizar el trabajo con teclado/ratón con la adopción de una postura reclinada en la silla. Si nos fijamos en la mayoría de los puestos de trabajo, la postura sedente es anterior con los antebrazos apoyados en la mesa. En esa postura el angulo entre el tronco y los muslos se cierra y se aumenta la presión en el abdomen, circunstancia ésta que es aún más perniciosa para una embarazada. Además en el caso de embarazadas al aumentar tamaño del abdomen y para que éste no interfiera con la mesa, la trabajadora debe sentarse más alejadas de la mesa y en consecuencia adoptar posturas aún más reclinadas hace delante para poder apoyar los antebrazos en la mesa, lo que agrava el problema. Con este tipo de sistemas se favorece también que la embarazada haga respiración diafragmática que no es posible cuando el abdomen está presionado.

    – Reposa-cabezas para que la cabeza esté adecuadamente soportada en las posiciones reclinadas del respaldo

    También disponemos de sillas que favorecen la descarga electrostática del usario en zonas con riegos de acumulación de cargas (humedades relativas bajas)

    Para terminar me gustaría comentar que nuestros servicios incluyen:
    – Pruebas sin compromiso de nuestros productos en usuarios sensibles o con necesidades ergonómicas específicas
    – Formación insitu sobre el manejo de la silla y sobre la adopción de posturas saludables en el puesto de trabajo, tal y como establece la legislación vigente al tratarse de un Equipo de Trabajo.
    – Evaluación de la satisfacción de los usuarios ante el cambio de silla

    Un saludo,

    #324433 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

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    Hola,
    me parecen buenos intentos para mitigar los riesgos musculoesqueleticos y tambien les creo que tienen las sillas adaptables a los diversos biotipos !! pero el problema es de sobrecarga circulatoria por permanecer sedentes ….atte

    #324434 Agradecimientos: 0
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    diciembre 2008

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    Efectivamente la postura sedente debe combinarse con pausas para mejorar la circulación. Nuestra visión de la postura sedente es el de una postura dnámica, en la que en los casos en los que el trabajador no pueda hacer pausas bajo demanda, pueda estar sentado con posibilidad de aumentar el ángulo entre el tronco y las extremidades y que esa postura sea compatible con el trabajo de oficina.

    #324435 Agradecimientos: 0
    BUBOVA
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    junio 2007


    Aunque no estés en Europa si te puede servir de orientación la directiva comunitaria Directiva 92/85/CEE. Anexo I y II. También es interesante leer el Informe SEGO que han realizado la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia en colaboración con Medicina del Trabajo.

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