Buenas tardes:
Tengo una duda, a ver si pueden ayudarme.
Supongamos el siguiente caso:
Una empresa dedicada a la instalación de antenas para internet, coloca una antena en lo alto de una estructura elevada propiedad de la comunidad de regantes, que se encuentra ubicada en la finca de un particular.
La empresa de la antena ha firmado un contrato/acuerdo con la Comunidad de Regantes para el uso de esta estructura y colocación en la misma de la antena, pero no hay ningún acuerdo ni contrato con el dueño de la finca.
Entiendo que debe existir dicho contrato pues el dueño de la finca, si hubiera algún accidente sería responsable subsidiario del trabajador que se accidentara.
Alguna sugerencia, opinión?
Muchas gracias!
El dueño de la fina no tiene por qué tener en principio ninguna responsabilidad, ya que la estructura es de la comunidad de regantes; al igual que el dueño de un terreno por el que transcurre una línea eléctrica, no es responsable de los trabajos que sobre ella se realicen.
Hay una famosa sentencia sobre el tan dudoso concepto de propia actividad, que estableció que los postes de teléfono eran “centro de trabajo” de Telefónica, por lo que la empresa de mantenimiento de los mismos era de la propia actividad. Lógicamente, nada se decía del dueño de los terrenos donde se ubicaban.
Como yo utilizo el foro para aprender y autoexaminarme, si puedo ayudar, éste es mi correo:
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