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Buenas,
una empresa que cuenta con un servicio de prevención propio lo puede desconstituir porque baje el número de trabajadores que legalmente le exigió en su momento constiutirlo?
Es esto legal, ya que en mi opinión externalizar todas las especialidades implicaría disminuir los niveles de protección.
GraciasNo entiendo porque disminuirían los niveles de protección.
El hecho de tener un SPP no significa tener una patrulla de vigilancia 24 h. en la empresa, de modo que cuando falta esa patrulla de vigilancia aquello se vuelve Sodoma y Gomorra. Si la prevención está integrada en la empresa, cada miembro de la empresa seguiría teniendo las mismas obligaciones y responsabilidades en materia de prevención, tanto con un SPP como con un SPA.
En cuanto a la legalidad, los miembros del SPP tienen por ley ciertas garantías en caso de recortes en la empresa.
@Deather wrote:
No entiendo porque disminuirían los niveles de protección.
El hecho de tener un SPP no significa tener una patrulla de vigilancia 24 h. en la empresa, de modo que cuando falta esa patrulla de vigilancia aquello se vuelve Sodoma y Gomorra. Si la prevención está integrada en la empresa, cada miembro de la empresa seguiría teniendo las mismas obligaciones y responsabilidades en materia de prevención, tanto con un SPP como con un SPA.
En cuanto a la legalidad, los miembros del SPP tienen por ley ciertas garantías en caso de recortes en la empresa.
Si las condiciones que obligan a la constitución de un SPP dejan de existir, entonces la empresa puede perfectamente eliminarlo y optar por otra opción de las permitidas legalmente. Faltaría más.
Otra cosa es que si los trabajadores no están de acuerdo, puedan pedir la intervención de la inspección de trabajo.
Entonces ésta podría determinar la obligación de mantener el SPP, ya que ésta es otra de las condiciones que obligan a tener un SPP.Si las condiciones que obligan a la constitución de un SPP dejan de existir, entonces la empresa puede perfectamente eliminarlo y optar por otra opción de las permitidas legalmente. Faltaría más.
Totalmente de acuerdo. Faltaría más.
Lo que me choca un poco es la creencia de que los niveles de prevención van a bajar, más aún cuando se viene de un SPP, por el hecho de cambiar a un SPA. Entiendo que el compromiso y la concienciación de la gente será la misma.
No estoy de acuerdo, actualmente trabajo en un SPP aunque también trabajé en un SPA y os puedo asegurar que ni por asomo tienen algo que ver uno con otro.
Sí coincido en que lo que hay que logar es integrar la prevención en todos los niveles jerárquicos de la empresa, aunque considero esto una utopia reservado a muy pocas empresas generalmente multinacionales. En un SPP al menos te implicas al máximo y es menos complicado avanzar, en un SPA con la cartera de clientes a tope no puedes tener la misma dedicación que desde un SPP.Pues yo soy de la misma opinión que Deather.
Si el SPP hizo bien su trabajo, con el encargado de prevención (enlace con el SPA, responsable, o como lo queráis llamar) seria suficiente. Para mi la cultura preventiva es lo fundamental, una vez que todo va como debe ir, los trabajadores se dan cuenta de lo importante que es seguir las normas de trabajo, sobre todo si se ha sido transparente en las gestiones (accidentes, adquisición de EPI´s adecuados, etc).
Lo mas importante es implantar el sistema, una vez implantado todo es mas fácil, y no requiere del mismo esfuerzo inicial.
Recordad que siempre enseñamos que la prevención es cosa de todos y no solo de los miembros del SP.
Un saludo.Legal y lícito es, otra cosa es que, en general, un SPP en principio es bastante mejor que un SPA, en cuanto a resultados. Ya digo de forma general y por la experiencia que tengo. . . 😉
alguien me puede explicar cual es la protección frente a recortes de la empresa de los integrantes de un servicio de prevencion?
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