Como el transporte lo realizas en una cisterna fija no puedes acogerte al 1.1.3.6. del ADE ya que el 1.1.3.6. sólo es aplicable al transporte en bultos y tendrían que ser bultos con una cantidad de gasoleo igual o menor a 1.000 litros. También hay una exención 1.1.3.1 c) que dice que el transporte efectuado por empresas de modo accesorio a su actividad principal, tal como el aprovisionamiento de canteras, obras o de ingeniera civil, o para los trayectos de retorno desde obras o para trabajos de medición, de reparaciones y de mantenimiento, en cantidades que no sobrepasen 450 litros por envase ni las cantidades máximas totales especificadas en la sección 1.1.3.6. Por tanto, en tu caso igual te puedes acoger a esta exención de tal manera que en vez de realizar el transporte por cisterna realizarlo en bidones de de capacidad máxima de 450 litros, pero entonces, acogiendote al 1.1.3.6 sólo podrías llevar 2 bidones de volumen total 900 litros. En estas condiciones no necesitarias consejero de seguridad.
Espero que me hallas entendido porque es un poco lioso