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    Abogadillo
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    octubre 2011

    Iniciado

    Buenos días a todos,
    os planteo un caso a ver qué os parece.

    Se inician unos trabajos de construcción, obra mayor sometida al rd 1627/1997. Perimetrada, acceso independiente, con proyecto visado, Dirección Facultativa y Coordinador de segueridad y salud.
    Pero resulta que dentro del área de obra, hay un edificio preexinstente que no es afectado por la obra, es decir, en términos de ejecución. Además este pequeño edificio tiene unas pasarelas con sus corrspondientes pilares que alcanzan parte del solar en el que “debajo” sí que ejecuta parte la referida obra mayor.
    Pués bien, a ver vuestra opinión. Las tareas de mantenimiento de dicho edificio preexistente y pasarelas y pilares, técnicamente no forman parte de la obra ni su proyecto; pero en el espacio y en el tiempo(ya sé, parezco Stephen Hawking) pueden concurrir/invadirla en parte.
    Entonces, debe formar parte de la obra mayor? o le aplica otro régimen legal? Si concurren los trabajos cómo los coordinamos? es decir, el Facultativo y coordinador de seg y salud de la obra realiza el 171/2004 con el técnico de prevención del mantenedor?. El propietario es promotor de la obra y empresario principal en el mismo solar? (un concepto por la obra y otro por el mantenimiento?).
    El 171/2004 remite al 1627/97 en casos de obras de construcción, pero no dice nada si “confluyen” los dos regímenes legales. Estamos aconstumbrados a ver obras mayores geográfica y temporalmente bien delimitadas; pero que se fundan en cierto modo obras con otros trabajos ajenos a ellas?.
    Gracias¡¡

    #426543 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Madre del amor hermoso qué lio!!! 😆

    A ver si podemos desmenuzar el problemilla un poco, que lo desmenuzado se resuelve mejor.

    1. El promotor de la obra por ser promotor no tiene que tener trabajadores en la obra, si no, será contratista. Por tanto, el empresario concurrente por parte de la obra es el contratista y es con éste con quien se deben realizar los procedimientos de coordinación de actividades empresariales (CAE). Hasta aquí, ya tenemos identificado a uno de los actores del tema.

    2. En el edificio en el que se hace el mantenimiento, dices que el promotor es empresario, ¿Tiene trabajadores trabajando ahí? ¿Es empresario titular? Si la respuesta a las dos preguntas es sí, tiene obligaciones como empresario concurrente de proteger a sus trabajadores de las “maluras” que pueda hacer el mantenedor, cosa que no tiene que ver de momento con construcción ni PSS ni con el coordinador ni nada de nada, pero es algo que debe hacerse y que no se puede obviar. Ni tampoco el deber del empresario de la empresa de mantenimiento de conocer los peligros que a sus trabajadores les puedan aguardar por entrar en el centro de trabajo en el que van a hacer el mantenimiento. Eso se arregla con un par de reuniones y ya, si no es que existen riesgos de concurrencia graves o muy graves que la cosa se debe hacer con más énfasis.

    3. Lo del contratista… lo más fácil (y lo deseable preventivamente, porque así evitamos el peligro) sería delimitar completamente ambas actividades y nos olvidamos del problema. Se vallan las pasarelas, se separan del resto y se ponen protecciones, redes, marquesinas… piensa que no tiene por qué ser fijo para todo el tiempo que dure la obra, sino que se puede instalar solamente cuando se realiza el mantenimiento y luego se quita. El contratista podría reflejar en el PSS las medidas tomadas para la delimitación e incluso se podría hacer una reunión (si el promotor tiene medios en la obra y por tanto es contratista voilá, en las mismas reuniones mencionadas antes lo apañamos todo) para que la empresa de mantenimiento tenga un acta en la que consten las medidas tomadas por el contratista, y poder exponer si está de acuerdo con las mismas. Si no, “se va a habé un follón que no va a sabe, ni donde sa metio” 😆 pero tranquilo, nos dices concertamente en qué momento y lugar va a haber concurrencia entre los de mantenimiento y la obra y a ver qué podemos hacer.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #426544 Agradecimientos: 0
    Abogadillo
    Participante
    12
    0
    octubre 2011

    Iniciado

    Gracias por vuestras aportaciones.
    La reflexión era:
    – si durante la obra de construcción es preferible escindir ambos ámbitos, de modo que, o bien se trabaja con la obra, o se realizan las labores de mantenimiento en el edificio preexistente. Es decir, que no confluyan ni concurran ambos ámbitos.
    – o bien, que concurran y se coordinen; con dos conceptos: obra mayor con otros trabajos cuya natualeza no pertenecen a ella.
    – o bien, que el proyecto y el estudio incluyan esos trabajos habituales de mantenimiento; que podría ser aún más atípico atípico, ya que las obras de ejecución son en principio eso.
    Es pongo otro ejemplo de laboratorio:
    Imaginemos que se construye obra mayor en el área de influencia de unas torres o un puente, cuyos técnicos de mantenimiento hacen sus mantenimientos preventivos o correctivos.

    #426545 Agradecimientos: 0
    Patrik
    Participante
    82
    113
    mayo 2004


    Experto

    @Abogadillo wrote:

    Gracias por vuestras aportaciones.
    La reflexión era:
    – si durante la obra de construcción es preferible escindir ambos ámbitos, de modo que, o bien se trabaja con la obra, o se realizan las labores de mantenimiento en el edificio preexistente. Es decir, que no confluyan ni concurran ambos ámbitos.
    – o bien, que concurran y se coordinen; con dos conceptos: obra mayor con otros trabajos cuya natualeza no pertenecen a ella.
    – o bien, que el proyecto y el estudio incluyan esos trabajos habituales de mantenimiento; que podría ser aún más atípico atípico, ya que las obras de ejecución son en principio eso.
    Es pongo otro ejemplo de laboratorio:
    Imaginemos que se construye obra mayor en el área de influencia de unas torres o un puente, cuyos técnicos de mantenimiento hacen sus mantenimientos preventivos o correctivos.

    Buenas Abogadillo,

    Por lo que he entendido, la labor de mantenimiento es independiente de la obra en sí, en una zona que es “isla” dentro de la zona de obra, y que no está afectada por la misma, pero que tanto los materiales, equipos y personas, tienen que atravesarla para llegar a su zona de trabajo. Además, entiendo que esta labor, al ser de mantenimiento, es periódica y esta programada de acuerdo a un plan preestablecido. Y además, las tareas de mantenimiento, afectan a la obra, y es posible, además de por el transito, que la obra afecte al mantenimiento.

    Pienso (y es una opinión), que dado que en esta ocasión confluyen ambos temas, si incluyes en la obra el mantenimiento, se corre el riesgo de que se “obligue” a que en sucesivas realizaciones, se incluya como “obra”, y puede ésto suponer un problema organizativo y documental, que te ayude hoy y te de “dolor de cabeza” en el futuro. (todo esto partiendo que la tarea en si es claro que no es “obra”, que sobre esto se ha escrito “muchismo”…)

    Pudiendo equivocarme, yo haría lo siguiente:

    1º La tarea de obra, por el 1627
    2º La tarea de mantenmiento por el 171

    No obstante, como son actividades afectadas, a la dirección facultativa (DO y CSS), y dado que tienen que transitar por la obra (que no participar en ella), se tendría que facilitar el listado de personas, equipos y materiales que vayan a atravesar, para que ésto solo se podruzca cuando se tenga los permisos y autorizaciones de la dirección facultativa (director de obra principalmente).

    Además, y buscando ser práctico y efectivo, además del CSS, nombraría un responsable de coordinación por la parte de mantenimiento, para que igualmente se coordine y se intercambie información y documentación con el CSS, siendo el CSS el nexo con contratas y DO, para determinar las medidas de actuación, de prevención y calendario de actuaciones con permisos de actuación, de modo que puedan realizarse ambas sin riesgo, y sobre todo, y lo que veo más importante, de manera coordinada. A su vez, este responsable de coordinación de prevención, daría los permisos y autorizaciones, determinando las medidas de actuación y prevención para la con la empresa de mantenimiento para con su labor de mantenimiento

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