Euh… ¿Relaciones laborales? Creo que lo que preguntas (o por lo menos es lo que da a entender lo que preguntas) no tiene que ver con prevención de riesgos laborales, pero en fin, voy a ver si al tún tún hago diana:
1) Si quieres saber las TAREAS que puedes/debes hacer como parte de tu puesto de trabajo tienes tu contrato y el convenio colectivo de aplicación.
2) Si quieres saber qué obligaciones tienes como trabajador en materia de prevención de riesgos laborales, tienes el art. 29 de la LPRL; si solo quieres saber qué obligaciones tienes como trabajador en materia laboral, tienes el art. 5 del Estatuto de los Trabajadores.
3) Si quieres saber si la legislación en materia de PRL restringe el hacer determinadas tareas o no, pues efectivamente sí, pero básicamente lo supedita al hecho de que el trabajador haya recibido la formación adecuada en materia de seguridad para esa tarea.
Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.