Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 19)
  • Autor
    Entradas
  • #65394 Agradecimientos: 0
    bege
    Participante
    0
    julio 2010


    Durante varios años tengo lunbalgia por espondelosis, discartrosis multiple con osteofitosis,etc.
    En prosimos dias paso a control de INSS por estar de baja durante 12 meses.
    ¿ me pueden considerar como no apto para ejercer mi trabajo habitual puesto que tengo que hacer esfuerzoa que esta demostrado que empeora mi estado de salud y la empresa no me situa en un puesto de trabajo adecuado? ¿es puede considerar como emfermedad laborar teniendo en cuenta que empeora con el esfuerzo realizado en mi trabajo?
    Espero respuestas a estas preguntas y todos los consejos que me podais dar.SALUDOS

    #378401 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Cual es tu situación actual??? Estas de baja?? Si estás de baja, evidentemente no te pueden dar ni un apto ni un no apto… simplemente estás en periodo de incapacidad temporal…
    A partir de ahí pueden suceder varias cosas:
    – Que te den el alta, en cuyo caso, deberás pasar un nuevo RM con tu empresa, en la que, según el mismo, podrían darte un APTO, un APTO con limitaciones o un NO APTO…
    – Que sigas de baja, y terminen dándote una incapacidad permanente parcial o total…
    Pero de momento, con los datos que das, no se puede valorar mucho más…
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #378402 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes:
    No dice Vd cuál es su puesto de trabajo ni su edad, que es importante. Si amplkía la información podremos ayudarle más.
    Si el motivo de la baja es lumbalgia causada por espondilosis y discartrosis y no se ha discutido la contingencia hasta ahora, lo normal es que la dejen como enfermedad común.
    El resultado del examen puede ser
    1º Alta y se va Vd a trabajar
    2º Prórroga y sigue Vd de baja. Se suele dar si está Vd pendiente de alguna prueba o tratamiento que vaya a cambiar su estado.
    3º Incapacidad permanente, en el grado que sea.

    Frente al resultado del dicatmen del tribunal del EVI, si Vd no está de acuerdo puede recurrir en el Juzgado de lo Social. Si decide optar por esta via, le recomiendo vaya asesorado por profesionales.
    Un saludo

    Javier

    #378403 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Estoi de baja con la mutua hasta el dia 7 de agosto que el inss, se hacen cargo de mi segimiento y supongo que de valorar lo que corresponda en adelante, la mutua ya me pidio hace un tiempo la valoracion por inacapacidad, sin recibir respuesta posterior.

    #378404 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Perdon, tengo 53 años y el puesto de trabajo es en una fabrica de pretensados de hormigon , la mayoria de las horas estan relacionadas con esfuerzo y malas posturas con cargas, la mutua ya hace unos años me limito a 15 Kg de peso, y la SS le recomendo a la empresa cambio de puesto de trabajo, que durante unos años respetaron haciendo trabajos de menos esfuerzos, por la crisis y reduccion de plantilla pase a realizar de nuevo esos trabajos. Gracias y Saludos

    #378405 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Como bien le explica Oskar76, si le dan a Vd el alta se reincora a la empresa y pasa nuevamente reconocimiento médico, que hará las recomendaciones oportunas sobre sus limitaciones para trabajar y para realizar determinadas tareas.
    Si la empresa no adapta el puesto conforme a esas recomendaciones, puede Vd denunciar su situación en la inspección de trabajo. También en este caso le recomiendo vaya asesorado por un profesional. Durante los seis meses siguientes no puede Vd darse de baja por el mismo motivo, de hecho cualquier baja que Vd tenga debe ser visada por la Inspección Médica.
    Quedamos a la espera de que amplíe Vd información sobre su puesto de trabajo, edad y también sobre el resultado del último reconocimiento antes de caer Vd de baja
    Un saludo

    Javier

    #378406 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Haca unos meses y segun la impeccion medica por no recibir un informe del medico de cabecera,me dieron de alta, con esa limitacion de seis meses sin poder darme de baja por la misma causa o similar, al mes y medio trabajando me quede “enganchado” y el medico de cabecera dio la baja, la impeccion la anulo y por fin despues de hablar el medico con el responsable de la impeccion dio el visto bueno.

    #378407 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes
    De forma que tenía Vd una limitación para trabajar en función de su estado de salud, consolidada durante años. Dada la patología que tiene su estado de salud no puede haber mejorado en todo ese tiempo, sino que como mínimo habrá empeorado. Lo que varían son las posibilidades de la empresa de adaptar ese puesto de trabajo.
    Durante todos estos años que Vd ha estado limitado a no levantar más de 15 Kgr ¿cual era el resultado de los reconocimientos que le han hecho? ¿apto con limitaciones? pues Vd sigue siendo apto con limitaciones, sea cual sea la situación de la empresa.
    Otra cuestión es que la empresa argumente que la crisis económica le impide mantener la adaptación del puesto de trabajo y le despida.
    Un saludo

    Javier

    #378408 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    INFORME MEDICO.18/2/2010
    Enfermo de 52 años (ahora 53) de edad que esta siendo visto en esta consulta por presentar un cuadro de poliartralgia que desde hace 12 años se esta estudiado tras presentar brotes de cervicalcia, dorsalgiay lumbalgia de repeticion.
    Tiene multiples estudios en reumatologia, reabilitacio etc y se ha diagnosticado de espondelosis con crisis frecuentes de espondelitis que empeora con los esfuerzos.
    Estudiado radiologicamente presenta discartrosis avanzada con osteofitosis anteriores y artrosis uncovertebral que afecta fundamentalmente a c3-c4, c4-c5, c5-c6 y c6-c7.
    En region dorsal se aprecia cifosis con discopatias multiples y osteofitosis anterior.
    En region lumbar presenta discartrosis multiple con osteofitosis y plegamiento posterior desde L2 aS1, retrolistesis L4 y sindrome fascetario posterior.
    Dado que su trabajo es en una fabrica de vigas de hormigon como operario considero que es total y permanentemente incapacitado para realizarlo. ESTA FIRMADO POR UNA TRAUMATOLOGA EN SU CLINICA PARTICULAR.
    ( Total que me duele) es

    #378409 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    jAVIER PARA MI QUE LO QUE QUIEREN ES QUE MACHACARME. o QUITARME DE SE EMPRESA A TRAVES DE UNA INCAPACIDAD, SON MUCHOS AÑOS EN LA MISMA EMPRESA Y ADEMAS DELEGADO DE PREVENCION

    #378410 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenas tardes
    Con ese informe, más si está respaldado por otros de médicos del sistema público de salud, en caso de no recibir la incapacidad permanente del EVI yo apelaría al juzgado de los social. Lo normal es que te la den, pero ten un abogado preparado por si te hace falta.
    Un saludo

    Javier

    #378411 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    LO TENGO PREPARADO PERO ME PARECE INTERESANTE TENER OPINIONES DE ALGUIEN CON EXPERIENCIA, MUCHAS GRACIAS Y YA OS CONTARE.
    RECIBAN UN CORDIAL SALUDO Y NUEVAMENTE GRACIAS

    #378412 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola Blas,

    si la empresa quiere despedirte (a veces la necesidad obliga), debes tener cuidado con lo siguiente: si accedes voluntariamente a realizar un reconocimiento médico de vigilancia de la salud (que puede ser anual, o bianual, etc., en el caso de tu empresa, para las personas que manipuláis cargas, o tras una baja prolongada -la empresa te lo ofrecerá amablemente-), repito, si accedes a esto, puedes pasar de ser un “acto con limitaciones” a ser un “no apto”, que por lo que explicas el servicio médico del Servicio de Prevención que tengáis contratado (que ya no es la Mutúa, sino un servicio médico de un servicio de prevención que puede ser la Sociedad de Prevención de una Mutúa, pero que son diferentes empresas y, por lo tanto, los datos que de ti tiene la Mutúa no los puede conocer el SM del SP -eso es totalmente ilegal-).

    Si el servicio médico del servicio de prevención te emite un “no apto”, al día siguiente te puedes encontrar en la puta calle con un despido improcedente que te tendrá que pagar la empresa. Esta verá si la interesa despedirte o no. Pero la realidad es esta: esa posibilidad existe.

    Por tanto, el reconocimiento médico a ti no te va a aportar nada que ya no sepas. Yo me negaría a pasarlo, y que sea la empresa la que intente forzarte a ello. Veo muy muy difícil que pueda. Léete la sentencia del tribunal constitucional 196/2004, en la que se fijan los límites que el empresario tiene para forzar a un trabajador a someterse a un reconocimiento médico. Incluso aunque lo diga el Comité de Seguridad y Salud de tu empresa, tus otros compañeros delegados de prevención o el Convenio Colectivo, te puedes negar, pues por encima de todos ellos está lo que dice la Ley y, particularmente, la interpretación que da el TC en dicha sentencia.

    Si realmente estás en una situación que veas que no vas a poder seguir trabajando, trata de que se te reconozca una incapacidad laboral permanente, pero con suma cautela.

    Siendo delegado de prevención es posible que sepas si tu empresa hizo o no hizo en su momento una evaluación ergonómica específica para valorar tu puesto. Piensa que si no la hizo les puedes tener “pillados” por ahí, sobretodo si, aunque la haya hecho, tus primeros episodios de baja por este motivo hayan quedado registrados como accidente de trabajo.

    Te aconsejo que te asesores muy bien con un abogado, pero ya, porque puede que la empresa intente hacer algo (como que pases el reconocimiento médico en el servicio de prevención) y tu actúes de una manera que te perjudique. Con la edad que tienes puedes verte en una situación muy complicada: despedido y sin que la Seguridad Social tenga la obligación de reconocerte una incapacidad permanente.

    Suerte,

    #378413 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    yo me iria a un medico especialista en medicna del trabajo y con prestigio en temas de valoracion d l daño e iria con un informe ya preparado al INSS, para cuando te llamen que será en breve e incluso lo puedes solicitar tú, el te dirá .
    con un medico especialista te hará tener toda la documentació preparada te solicitara documentacion si lo considera importante.
    Es mas facil una incapacidad por parte del inss, que por un juez despues de una denegación.
    el inss trabaja bien pero le tienes que dar las cosas mascada un buen informe medico te lo calcan en su informe y las limitaciones funcionales que considera tú medico van a aparecer en el recuadro correspondiente dejando para el juzgado la interpretacion de esas limitaciones funcionales en correlacion con tu trabajo. siendo mas facil para el juzgador .
    pregunta entu localidad por un medico valorador de una buena co`mpañia de trafico tipo AXA , linea directa… y que sea especilista en medicina del trabajo. los abogados los conocen .

    #378414 Agradecimientos: 0
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    Creo que la referencia a la sentencia (que acabo de leer) no es aplicable a este caso, en tanto que el trabajador padece (como así indican objetivamente un periodo de baja prolongada y la existencia de restricciones laborales) posibles lesiones que influyan en la salud del trabajador y en las posibles lesiones derivadas del desempeño de sus funciones.
    A mi entender, la empresa puede someter (y en realidad debe, según el artículo 196 de la LGSS) a un reconocimiento médico al incorporarse a su puesto de trabajo. También está reflejado en el reglamento de PRL (ley 35/1997) la existencia de reconocimientos médicos “tras ausencia prolongada por motivos de salud” y dada la obligatoriedad que a mi entender tiene el reconocimiento médico debido a los riesgos del puesto de trabajo (ruidos, manipulación de cargas, etc.) creo poco aconsejable negarse a someterse a reconocimiento médico.
    Si la empresa está bien asesorada, el trabajador podría incurrir en un incumplimiento de sus obligaciones en materia preventiva, conducta sancionable en el régimen disciplinario, y transformar un posible despido objetivo con 20 días de indemnización, en un despido disciplinario sin indemnización.
    Yo plantearía, en vista de tus lesiones, que solicitaras la incapacidad permanente en el UMEVI y la minuvalía correspondiente en la Consejería de Bienestar Social de tu Comunidad Autónoma. Si quieres intentar una jugada de póker, y suponiendo que al pasar por la inspección, no sean ellos los que te propongan para incapacidad directamente, podrías incorporarte al puesto de trabajo, pasar ese reconocimiento y conseguir el despido objetivo simultáneamente al trámite de la incapacidad permanente, de forma que obtendrías tu pensión y, al mismo tiempo, la indemnización por despido objetivo.
    El hecho de solicitar una valoración por UMEVI tiene un inconveniente. Si obtienes una IPT (la más probable) te quedará un 55% de tu base reguladora, que pasará a un 75% al cumplir 55 años. Dado que eres delegado de prevención y, en el caso de que la inspección no te envíe directamente al UMEVI porque tus lesiones difícilmente tienen posibilidades de curación, puedes intentar presionar a la empresa el tiempo que te queda antes de los 55 años para que cumplan las restricciones que tienen impuestas en tu cetificado de aptitud, para posteriormente solicitar la incapacidad permanente una vez cumplida esa edad.
    Como ves, todo este tema es muy complicado porque intervienen multitud de leyes, organismos y personas, cada una con sus procedimientos y objetivos, y encima en una situación de crisis económica en la que el INSS quiere dar las menos IP posibles, las empresas quieren que los trabajadores sean altamente productivos y los SPRL nos llevamos palos desde todos los ángulos.

    Un saludo.

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 19)
  • El debate ‘ baja laboral por enfermedad comun’ está cerrado y no admite más respuestas.