- Este debate tiene 14 respuestas, 12 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 6 años, 1 mes por alexxandro.
-
AutorEntradas
-
Hola Buenas tardes a todo el mundo.
Soy mecánico naval y padezco de hipoacusia moderada bilateral y de un acúfeno.
Por hipoacusia no procede baja laboral. Mi pregunta es si por el acúfeno procedería baja laboral si el otorrinoralingólogo me la diera y el de la mutua decidiera no dármela.
Muchas gracias y un saludo de antemano.Hola Juanito, veo que vuelves al ataque con tu baja por hipoacusia. Te explico: en España el diagnóstico de enfermedad no conlleva una Incapacidad Temporal, me explico un señor que tenga el VIH puede trabajar de mecánico, de conductor, de portero, de tendero, y de muchísimas cosas pero igual no puede ser cirujano (aunque con las suficientes medidas de seguridad incluso esto sería discutible). También hay gente que trabaja con cáncer y con otras patologías.
Para que una incapacidad temporal (baja) proceda deben cumplirse unos requisitos como son:
1) que esté incapacitado temporalmente para el trabajo (el acúfeno es una secuela y por tanto crónica, ya no cumple el criterio de temporalidad), 2) que esté en tratamiento médico (no especificas si lo estás) y 3) que dicha patología provoque limitaciones que incapaciten para el desarrollo del trabajo (aquí, y desde mi humilde opinión, no creo que un acúfeno limite, pero esto supongo que será discutido por otros foristas).
Lo que yo creo, Juanito123, es que detrás de esta incapacidad temporal tan buscada y deseada se puede ocultar otro problema más bien de tipo laboral o de satisfacción en el trabajo. Si es así (que no lo aseguro porque no conozco los datos) quizá la solución está en otras actuaciones y no en una “baja”. Cuídate y un saludo.Buenas tardes, el acúfenos es una secuela de un daño auditivo, por su ocupación como mecánico naval y por que menciona presenta un daño auditivo inducido por ruido (DAIR), comom parte del daño se presenta la percepción de un sonido qinexistente que es percibido por el paciente como un pito o ruido de fondo que es bastante molesto y perturbador. En algunos caso dificulta incluso conciliar el sueño. Por si mismo el acufeno no causa incapacidad temporal. Alvaro Londoño
Estimado compañero:
No creo que proceda una baja laboral por acúfenos, yo no la daría. Si tienes hipoacusia, que te la vean, la traten y pongan las medidas preventivas para que no aumente, pero no una baja.
Un saludoJavier
Sólo comentar que como muy bien te han contestado, ni la hipoacusia ni los acúfenos son tributarios de Incapacidad Temporal, ni por contingencia laboral ni común. La solución es la utilización de un EPI y el tratamiento sintomático.
Para la baja laboral, la ley, determina que es el medico especialista tratante el que la determina, en este caso el ORL es el indicado para dartela.
Perdona Fermín pero eso será en Perú, en España la Incapacidad Temporal puede tener dos orígenes: Común o Profesional.
¿Quién puede dar la IT?. Pues la puede dar cualquier médico del Sistema Nacional de Salud, tanto el médico de cabecera como el especialista como el médico de la mutua. Porque una cosa no olvidemos. El nombre completo de la mutua es: Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la SEGURIDAD SOCIAL. La financiación del Sistema Público de Salud y de las Mutuas proviene de TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. El mejor ejemplo es un pantalón con dos bolsillos, tengas el dinero en uno o reparutido en dos bolsillos el dinero sigue siendo el mismo…
Un saludoYo tambien sufri de acufeno lo que te puedo aconsejar es este libro que a mi me ayudo a combatir la enfermedad
Te asesora con casos reales y mucha informacion respecto a dietas a seguir para combatir el acufeno
Entra o regístrate para ver los enlaces Hola,
También puedes informarte en tu centro médico de la Seguridad Social acerca de los requerimientos necesarios para solicitar una determinación de contingencias. Este procedimiento permite, tras análisis y valoración de personal competente, cambiar o no la naturaleza de una IT entre Contingencias Comunes y Profesionales.
Saludos
En España sólo puede emitir una baja laboral uno de la siguiente lista:
1.- Médico de familia del paciente (que incluye al que sustituya al titular en el caso de que no esté o al que le atienda si está desplazado).
2.- Médico de Contingencias Profesionales de la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social que atienda al paciente.
3.- Médico de la Inspección Médica del Sistema Público de Salud (Servicio Autonómico de Salud).
4.- Médico de la Inspección Médica del Instituto Nacional de la Seguridad Social.Los dos últimos en los casos que legalmente vienen determinados.
Un especialista no emite partes de baja ni de confirmación. Si tú te rompes una pierna y el traumatólogo determina que debes estar en reposo, emitirá un informe con el que el médico de familia emitirá, si él lo considera oportuno que para eso lo firma, la correspondiente baja médica. En este caso sucede igual, el otorrinolaringólogo puede recomendar una baja (en este caso lo dudo) y tendrá que ser el médico de atención primaria tanto de la Mutua como del Servicio Autonómico de Salud (al que le corresponda según el origen de la patología) emitir una baja si también lo considera.
Una vez explicado esto lamento decir que en este caso una incapacidad temporal no está justificada, ya que no existe una situación médicamente incompatible con el trabajo y reversible. Si tu hipoacusia fuese de determinado nivel el médico del trabajo del Servicio de Prevención que tengáis debe determinar si reúnes criterios de NO APTITUD laboral y debe recomendarse cambio a otro puesto de trabajo (que normalmente significa que te vas a casa con 20 días por año trabajado por ineptitud sobrevenida). Los acúfenos ni siquiera entrarían en esta consideración.
Lo que sí tendrían que valorar es, en el caso de que se determine que el origen de tu hipoacusia sea labora (que en muchos casos se puede tener hipoacusia que no es de origen laboral, por ejemplo una otitis crónica, un síndrome de Meniere o una otosclerosis, habría que valorar si el grado de hipoacusia corresponde a una lesión permanente no invalidante que podría determinar el pago de una indemnización por baremo. Evidentemente no conozco los detalles del caso pero esa indemnización le correspondería a tu mutua por lo que lo más conveniente sería que ellos te lo explicaran.En todo caso, dadas las circunstancias no puedo evitar coincidir con algún otro comentario acerca de un posible problema de ambiente o conflicto laboral subyacente a este asunto y, si fuera el caso, tengo que decir que los problemas laborales se arreglan en el sindicato y no en el médico. Muchos trabajadores intentan dar solución a conflictos utilizando incorrectamente una baja médica (y muchos médicos de familia aceptan participar en ello) y esta situación es un delito de fraude a la Seguridad Social, que es una de las cosas que podría hacer insostenible el sistema. Si existe un problema laboral en la empresa en la que trabajas ve a la Inspección de Trabajo y no a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social o al Servicio Autonómico de Salud.
Un saludo.
Aredhil.
Especialista en Medicina del Trabajo.En Urgencias tambien pueden emitir la baja, ese olvido es muy importante
@blasplay blasplay wrote:
En Urgencias tambien pueden emitir la baja, ese olvido es muy importante
Eso no es cierto, excepto que hables de urgencias del centro de salud y te atienda tu médico de familia. Las bajas las emite el médico de familia aunque tendrá en cuenta lo que se haya diagnosticado en una asistencia de urgencia. No sé de donde te sacas ese comentario pero no funciona así en absoluto. Te aconsejo leer la Ley General de la Seguridad Social, que ahí se legisla la incapacidad temporal.
Un saludo.
@Aredhil wrote:
@blasplay blasplay wrote:
En Urgencias tambien pueden emitir la baja, ese olvido es muy importante
Eso no es cierto, excepto que hables de urgencias del centro de salud y te atienda tu médico de familia. Las bajas las emite el médico de familia aunque tendrá en cuenta lo que se haya diagnosticado en una asistencia de urgencia. No sé de donde te sacas ese comentario pero no funciona así en absoluto. Te aconsejo leer la Ley General de la Seguridad Social, que ahí se legisla la incapacidad temporal.
Un saludo.
Me parece que estas en un error y de los graves;
Los médicos de urgencias también podrán dar las bajas médicas
Otra de las novedades del nuevo sistema es que ya no serán exclusivamente los médicos de cabecera los que den la baja. Ahora, si un paciente acude a urgencias y es tratado allí, el médico, una vez concluida la atención, decidirá si procede dar de baja al paciente y por cuento tiempo.Extraido de aqui:
Entra o regístrate para ver los enlaces Está claro que Ahredhil está desfasado en sus conocimientos pero no hay que tenérselo en cuenta dado que la mayoría de sus aportaciones suelen ser atinadas y no se equivoca tan notoriamente como esta vez, yo me fijo en la trayectoria global y la de él es bastante buena.
Una persona que aunque no se dedique al tema profesionalmente pone interés y responde aunque en veces como está se equivoque debe ser valorada positivamente
Por otra parte esta nueva forma de recibir las bajas es muy reciente de hace 4 o 5 meses y las noticias no le llegarán como a los profesionales en activoA mi la única vez que me dieron la baja en urgencias me dijeron que como mucho podian emitir bajas con una duración de 3 días, que pasados esos días debería ir a mi médico de cabecera
-
AutorEntradas
- El debate ‘ acúfeno y baja laboral’ está cerrado y no admite más respuestas.