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    CAROLINA ÁBREGO JIMENEZ
    Participante
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    octubre 2014


    Buenos días,
    Me acaban de encargar un trabajo para una coordinación de una obra civil, en la que no hay proyecto. Intervienen varias empresas, por lo que necesita de un coordinador de seguridad y salud.
    ¿Que documentación debo solicitar a las empresas contratistas y subcontratistas? Entiendo que la evaluación de riesgos de cada una de ellas, para esa obra, o algo más??
    Debería solicitar la formación de los trabajadores, miníma, cual se exige en obra civil.
    También debo pedir el documento que justifique que están asegurados, no?

    Además, no se si está bien, pero yo acostumbro a pedir un recurso perventivo para cada empresa que intervenga, se supone una formación mínima de 60 h en prevención, además de formados en su puesto de trabajo concreto, no?

    En ésta obra, que es para la administración, quién me contrata como coordinador de seguridad y salud, debe ser el promotor, no? no puede contratarme una de las empresas contratistas?

    Espero me puedan resolver las dudas.

    Saludos, muchas gracias.

    #437161 Agradecimientos: 1
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días, compañera

    Intentaré solventar un poco tus dudas, porque veo que son amplias las cuestiones que planteas:

    – ?Qué debes solicitar? Exactamente lo mismo que harías para una obra CON proyecto, simplemente que se cambia el PSS por la Evaluación Específica de RIesgos (lo que ahora al Instituto le gusta llamar: Documento de Gestión Preventiva, es decir, una evaluación concreta y específica de los trabajos de la obra, y no la ERL general de su emrpesa).

    – ¿Debes solicitar formacion, aptitudes, recursos preventivos, etc. etc.? PUes sinceramente, son cuestiones que -legalmente hablando- están fuera de las obligaciones del CSS. Cada uno verá, si -dentro de su facultad de organización como profesional independiente o bien porque se lo hayan establecido por contrato con el promotor- decide exigir ese tipo de documentación. Personalmente, yo exisgiría un certificado por empresa que me indique que tiene todo eso y cumple con la ley, ya que si pides toda esa documentación y la revisas, pasas a tener responsabilidades sobre la misma que la ley no te atribuye, tanto para lo bueno como para lo malo.

    – ¿Debo exigir o no un recurso preventivo a las empresas? Es el PSS (en las obras con proyecto) o la ERL (en las obras sin proyecto) los que determinan la obligación de presencia del recurso preventivo. Si no lo contemplan y tú lo consideras necesario, tal vez deberías indicar a los contratistas que revisen ese PSS/ERL…. Pero pedirlo por pedir, no me parece la práctica más adecuada.

    – Quien debe contratar al CSS: ABSOLUTAMENTE SIEMPRE EL PROMOTOR. La propia Guía Técnica del RD 1627/1997, e incluso alguna que otra sentencia judicial, declaran “contrario a ley” que el promotor delegue esta contratación en los contratistas de obra. Entre otras cosas, porque es difícil que puedas llevar a cabo tus funciones, si tienes que “vigilar” a quien te paga….

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #437162 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    ¡APLAUSOS! Para Oskar 76, una vez más. Contestación clara y cierta. . . 😉

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