Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Juan Manuel López Ruiz
    Participante
    11
    febrero 2017


    Buenos días, saben,
    si los desniveles en el suelo en acceso a cuartos técnicos, es decir un desnivel en el piso para acceder a azoteas, o bajar a local instalaciones, debe de estar por debajo de alguna altura establecida, para tener obligación de poner escalones para su acceso.? O en que normativa pueda venir clarificado?. Son lugares de acceso de técnicos, y personal de mantenimiento, y no creo se pueda comparar con la altura que deben tener los escalones de escaleras fijas.
    Un saludo.

    #436778 Agradecimientos: 1
    Histófenes
    Participante
    133
    78
    junio 2012


    Maestro

    En el codigo Técnico de Edificación CTE. Documento Básico SU 1 de Seguridad frente al riesgo de caídas:

    3.1 Protección de los desniveles.

    Existirán barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas con una diferencia de cota de 55 cm.

    Ya se que no menciona la obligación de necesitar una escala o escalera, pero para mi, cualquier desnivel superior a 40 cm ya debería disponer de un escalón, para no hacer una contrahuella ridícula.

    #436779 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Que yo sepa, o hay normativa de seguridad que cubra ese supuesto de una manera específica. El R. D. 486/1997 únicamente menciona de manera general que “deberán tomarse las medidas adecuadas para la protección de los trabajadores autorizados a acceder a las zonas de los lugares de trabajo donde la seguridad de los trabajadores pueda verse afectada por riesgos de caída, caída de objetos y contacto o exposición a elementos agresivos”.

    Si lo estás preguntando de cara a exigir un cumplimiento legal en materia de PRL, me temo que no encontrarás nada. Tendrás que evaluar si la zona requiere realmente la instalación de un medio de acceso que ofrezca más seguridad que salvarlo a pata (por favor, dime que no hablamos de un desnivel de 30 cm), y en caso afirmativo, el medio de acceso (instalación fija, provisional, etc.). No solo hay escaleras fijas en el mundo; también existen las escalas fijas, las escaleras portátiles…incluso peldaños empotrados en los fosos de los ascensores.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #436780 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    A ver si me equivoco, ¿en algún lugar de la normativa especifica a partir de cuántos escalones se considera escalera? Corregidme, dado el caso. Si no, a partir de un escalón ya es una escalera, ¿cierto? ¿Y qué dice el RD 486 sobre las escaleras?

    “Los escalones de las escaleras que no sean de servicio tendrán una huella comprendida entre 23 y 36 centímetros, y una contrahuella entre 13 y 20 centímetros. Los escalones de las escaleras de servicio tendrán una huella mínima de 15 centímetros y una contrahuella máxima de 25 centímetros”

    Por tanto, a partir de 20 centímetros, hay que poner más peldaños para que todos tengan una altura (contrahuella) igual entre ellos, entre 13 y 20 cm. Claro y simple. 😉

    Y si es de servicio, como parece el caso, pues lo mismo con 25.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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