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  • #3046 Agradecimientos: 0
    lggmm
    Participante
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    octubre 2007


    Buenas tardes, otra vez con la subcontratación.

    Tengo en obra una empresa de albañilería, que no proporciona material(proponen empezar a suministrarnos ladrillo para evitar problemas), pero el encargado pasa habitualmente por obra.

    Para las rozas pretenden subcontratar, por un lado a otra empresa y por otro a un autónomo con personal a cargo.

    Yo no soy partidaria de complicar tanto las cosas, pero desde jefatura insisten en que de esta manera evitamos problemas en ejecución.

    Cabe alguna interpretación o algún requisito que permita esta subcontratación???

    Como siempre muchas gracias

    #92303 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción
    BOE núm. 250 de 19 de octubre

    Artículo 5. Régimen de la subcontratación.

    2. Con carácter general, el régimen de la subcontratación en el sector de la construcción será el siguiente:

    f. Asimismo, tampoco podrán subcontratar los subcontratistas, cuya organización productiva puesta en uso en la obra consista fundamentalmente en la aportación de mano de obra, entendiéndose por tal la que para la realización de la actividad contratada no utiliza más equipos de trabajo propios que las herramientas manuales, incluidas las motorizadas portátiles, aunque cuenten con el apoyo de otros equipos de trabajo distintos de los señalados, siempre que éstos pertenezcan a otras empresas, contratistas o subcontratistas, de la obra.

    ¿Te parece a tí que los ladrillos son un equipo de trabajo?

    #92304 Agradecimientos: 0
    gattaca
    Participante
    0
    diciembre 2004


    La aportación de materiales no cambia el hecho de que una empresa que aporta mano de obra no pueda subcontratar.

    #92305 Agradecimientos: 0
    franjag
    Participante
    0
    mayo 2008


    Lo único que aportan es material, por lo tanto NO pueden subcontratar.

    #92306 Agradecimientos: 0
    oorr
    Participante
    7
    marzo 2006


    Lo que van a conseguir desde la jefatura es que les sancionen por permitir una subcontratación indebida.

    #92307 Agradecimientos: 0
    El10
    Participante
    1
    0
    marzo 2008

    Iniciado

    Ya es pacífico y aclarado en diversas interpretaciones de la DGT e ITSS, que NO puede subcontratar , este caso es una subcontrata de mano intensiva, que NO puede subcontratar.

    Ya se lo puedes explicar a la Dirección, arriesgan mucho.
    Saludos.

    #92308 Agradecimientos: 0
    Carlos Dominguez
    Participante
    0
    septiembre 2016


    Hola, les comparto mi blog sobre albañilería . Aquí encontrarán los mejores consejos, temas, recomendaciones y más sobre este rubro. Espero les pueda servir, saludos desde Perú!

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    #92309 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    Siempre que esa empresa de albañilería ya sea una subcontrata y no contratista.

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