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  • #74260 Agradecimientos: 0
    David Verdejo Benítez
    Participante
    1
    marzo 2018


    Buenas tardes, soy estudiante de relaciones laborales y me gustaría saber si al terminar mi carrera puedo escoger el ámbito laboral que es el de prevención de riesgos laborales.

    Las empresas suelen escoger a gente que ha estudiado RRLL para realizar estas funciones? Me recomendáis seguir por este camino teniendo en cuenta la remuneración a día de hoy (que desconozco de cuanto se trata pero viendo como estamos imagino que no se debe pagar muy bien, como todo, vaya…) el ambiente laboral, etc…?. Me preocupa también la responsabilidad a la que estás sometido.

    Muchas gracias.

    #437790 Agradecimientos: 2
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas.

    Me temo que más allá de una respuesta subjetiva (basada en la experiencia de cada uno), no vas a obtener un criterio que te permita estar seguro del paso que vas a dar. No obstante, yo por mi parte voy a tratar de ser positivo:

    – Sobre el Grado en RRLL: Dependerá de los intereses de cada empresa. No esperes que de manera habitual una empresa de construcción pida un TPRL que sea graduado en RRLL en vez de ingeniero. Ahora, si la empresa quiere contratar un TPRL para montar un servicio de prevención, seguramente le dé igual. Yo trabajo en un SPA y te puedo confirmar que los compañeros tienen un bagaje universitario diverso; y sí, también hay varios graduados en RRLL.
    Personalmente, pienso que si vienes de esa especialidad puedes estar mejor preparado para manejar la normativa que viniendo de otras carreras más técnicas. Y créeme, como TPRL deberás manejar mucha normativa, incluyendo de manera cada vez más habitual convenios colectivos.

    – Sobre el sueldo: si estás estudiando RRLL deberías saber que normalmente eso viene estipulado en el convenio colectivo de la empresa, por lo que variará de unas a otras. De manera general, puedes saber lo que debería de cobrar como mínimo un TPRL consultando el convenio estatal del sector (II Convenio colectivo nacional de servicios de prevención ajeno, BOE Núm. 242 del 07/10/ 2017).

    – Sobre las responsabilidades: lo primero que debes saber es que los TPRL no pueden desempeñar su trabajo como autónomos colegiados (como un graduado en RRLL), por lo que siempre llevarás a cabo las labores de prevención dentro de una empresa. Eso quiere decir que la empresa “responderá” por tus errores (administrativamente y civilmente), más allá de que luego puedan despedirte (como en cualquier otra empresa). En cuanto a las responsabilidades penales, esas son intransferibles y personales, y en este oficio pueden aparecer si se resuelve que tus actuaciones como técnico (o más bien la falta de actuaciones o negligencia en tu trabajo) favoreció la aparición de algún tipo de riesgo o daño. Supongo que esto es lo que más asusta a la gente, y eso es bueno.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #437791 Agradecimientos: 0
    David Verdejo Benítez
    Participante
    1
    marzo 2018


    Muchas gracias por la información. Tenia dudas ya que tengo la posibilidad de hacer prácticas en PRL en una empresa del sector del metal y si de verdad me encuentro cómodo y veo que me gusta tomaré este camino.

    Saludos.

    #437792 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @David Verdejo Benítez wrote:

    Muchas gracias por la información. Tenia dudas ya que tengo la posibilidad de hacer prácticas en PRL en una empresa del sector del metal y si de verdad me encuentro cómodo y veo que me gusta tomaré este camino.

    Ok, pues suerte y si finalmente decides realizar las prácticas en esa empresa del sector del metal… apúntate el siguiente as en la manga: Resolución de 7 de junio de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal (BOE Núm. 145, de 19/06/2017).

    La revisión del convenio ha traído modificaciones sustanciales en materia de formación en PRL para empresas del metal, y no sólo las que participen en obras de construcción (como pasaba antes). Se han reglado los cursos (horas, contenidos), y se han marcado incluso los periodos de reciclaje. Y eso va a traer mucha tela.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

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