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  • #74273 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenas tardes,

    Me gustaría saber si es posible la unión entre estas dos empresas en el supuesto que explico abajo y si ésta sería la documentación que debería disponer entre otras:
    Obra de construcción:
    Empresa A: Aporta autónomos y trabajadores indefinidos. (Dispone de REA, ER, PSS…)
    Empresa B: Aporta autónomos, trabajadores indefinidos y maquinaria. (Dispone de REA, ER, PSS,…)

    Suposición: Se unen para formar una UTE para poder ser Contratistas, y no existirían subcontratas. Ahora pregunto
    1-¿Es legalmente posible?
    2- ¿Se haría solo un libro de subcontratación, donde se inscribe la UTE?
    3- ¿Hay que hacer un nuevo REA? ¿O se entregan los dos REA de las empresas A y B?
    4- ¿Me imagino que habrá que hacer un único PSS y lo firmará el gerente de la UTE?

    Gracias de antemano.

    Un saludo

    #437825 Agradecimientos: 2
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Ley ordinaria LEY 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. BOE núm. 250 de 19 de octubre BOE n. 250 19-9-2006

    Artículo 3. Definiciones.

    e. Contratista o empresario principal: …, cuando la contrata se haga con una Unión Temporal de Empresas, que no ejecute directamente la obra, cada una de sus empresas miembro tendrá la consideración de empresa contratista en la parte de obra que ejecute.

    #437826 Agradecimientos: 2
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas. No controlo demasiado el tema de las UTE, pero respondo y de paso desgloso un poco lo que comenta ICM:

    1-¿Es legalmente posible?

    Salvo que haya algo que desconozca (a nivel de normativa de construcción y subcontratación no hay impedimento), sí.

    2- ¿Se haría solo un libro de subcontratación, donde se inscribe la UTE?

    La norma dice que el LS lo pone el contratista, luego dependerá de quién tenga esa consideración: puede ser la UTE si realiza la obra con medios propios (la UTE es el contratista), o cada empresa que forma la UTE si ejecutan una parte de la obra por separado (cada uno es contratista, a efectos de subcontratación). Por cierto, en el segundo caso la empresa que solo pone mano de obra no podría subcontratar, luego lo del libro en su caso sería lo de menos.

    3- ¿Hay que hacer un nuevo REA? ¿O se entregan los dos REA de las empresas A y B?

    De nuevo, dependerá de si la UTE ejecuta con personal propio la obra o no. La norma dispone que: “cuando la contrata se haga con una Unión Temporal de Empresas, que no ejecute directamente la obra, cada una de sus empresas miembro tendrá la consideración de empresa contratista en la parte de obra que ejecute”. Luego en ese supuesto cada empresa aportaría su REA, al tener cada una consideración de contratista. En caso contrario (la UTE como contratista), si quieres saber cómo se inscribiría una UTE en el REA, es una de las preguntas frecuentes que se contesta en la página oficial:

    4- ¿Me imagino que habrá que hacer un único PSS y lo firmará el gerente de la UTE?

    Haces bien en imaginar, porque la normativa de construcción no dice nada. Que yo sepa, se utiliza el mismo rasero que en los casos anteriores (depende de si la UTE ejecuta con personal propio la obra o no). Si la UTE es “el contratista”, habrá un único PSS. Si por el contrario cada empresa de la UTE actúa como contratista (cada uno ejecuta una parte de la obra), cada empresa aportará el PSS de la partida que ejecute y hará falta un Coordinador de seguridad y salud.

    Saludos.

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    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #437827 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenas tardes,

    Muchas gracias a los dos por responderme tan rápidamente y con tanta información.

    Ya tengo mas claras mis suposiciones.

    Un saludo,

    #437828 Agradecimientos: 3
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @Sirgudlab wrote:

    Por cierto, en el segundo caso la empresa que solo pone mano de obra no podría subcontratar, luego lo del libro en su caso sería lo de menos.

    Esa limitación es SOLO para empresas SUBCONTRATISTAS, no para empresas contratistas como sería el caso.

    Respecto a quien elabora el PSS (y asigna la presencia de Recursos Preventivos), yo veo igualmente lógico tomar la misma consideración respecto de las UTEs que hace la ley de subcontratación, sin embargo, el RD 1627/1997 NO hace dichas consideraciones, definiendo contratista a la UTE en todo caso, por lo que legalmente entiendo que debiera ser esta quien elabore el PSS (y quien asigne la presencia de Recursos Preventivos, que como no tiene personal propio, deberá hacerlo recurriendo a un SPA).

    #437829 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenos días,

    Muchas gracias ICM75 ,

    1º Libro de subcontratación
    – Si como se dice en el Art. 5.2 LS, nivel 0 CONTRATA –> si puede subcontratar,
    – Art 5.2.f) niveles SUBCONTRATA (sólo aportando mano de obra ) –> No puede subcontratar
    – Art. 5.3 casos fortuitos…….

    2º PSS
    De acuerdo sobre el RD 1627/97. En mi supuesto si había puestos trabajadores ( para ambas empresas), así que si hay personal para poder ser nombrado RP, y el PSS pues lo elaboraría el PSA como muy bien explicas.

    Un saludo y gracias de nuevo por ampliar la información.

    #437830 Agradecimientos: 1
    Dani Cheto
    Participante
    1
    0
    julio 2015

    Iniciado

    Bueno
    Aporto mi experiencia en varias UTEs:
    1 – Es legal totalmente, ya que las dos empresas crean una empresa-contrata principal a la que cederán trabajadores propios (¿entiendo que los autónomos son los gerentes de las empresas?)
    2 – Un Libro de subcontratación nuevo para la UTE, al ser contrastista principal.
    3 – Para dar de alta el LS, es necesario tener el REA propio la UTE (Así como su cif …); No falta decir que también cada una de las empresas constituyentes de la UTE debería tener su REA.
    – El PSS lo elabora la UTE, ya sea por parte de una de las dos empresas con sus SPA propios o externos: normalmente es la que tenga más experiencia o según se pongan de acuerdo en el comité de gerencia de la UTE (temas económicos internos). Lo firma habitualmente el Jefe de Obra.

    Añado: si no hay personal contratado directamente por la UTE, no se necesita contratar un SPA+SER médico. Cada uno de los SPA de las dos contratistas gestionará a sus propios trabajadores ,así como la UTE designará al personal encargado de gestionar la prevención en la UTE: evaluaciones de riesgos, actualizar el PSS, seguimiento de la obra,…

    No sé si me dejo algo…
    Saludos

    #437831 Agradecimientos: 0
    Audrey
    Participante
    7
    117
    abril 2005

    Iniciado

    Buenos días,

    Muchas gracias Dani Cheto por responder y aportar más información a mi pregunta.

    En mi suposición, los gerentes sin son autónomos.

    Un saludo,

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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