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  • #74121 Agradecimientos: 0
    b b
    Participante
    1
    noviembre 2017


    Hola buenas tardes:

    Mi consulta es sobre la formación en Prevención de Riesgos Laborales en Estibadores Portuarios.
    Cuáles son los pasos que se deben dar, cuantas horas se necesitan, quien puede impartirlos, qué programa, etc

    Muchas gracias de antemano.

    #437283 Agradecimientos: 1
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    b b wrote:
    Hola buenas tardes:

    Mi consulta es sobre la formación en Prevención de Riesgos Laborales en Estibadores Portuarios.
    Cuáles son los pasos que se deben dar, cuantas horas se necesitan, quien puede impartirlos, qué programa, etc

    Muchas gracias de antemano.[/quote

    Buenas tardes
    Salvo que el convenio colectivo al que estén adscritos estos trabajadores indique algo más restrictivo, y hablando sólo del puesto de trabajo, la formación a impartir será la del Art. 19 de la LPRL. ¿Qué supone eso? que por desgracia no vas a tener una formación concreta, reglada en cuanto a sus horas o programa concreto a impartir. Simplemente tendrá que ser una formación teórico-práctica adecuada y suficiente, adaptada a los riesgos del puesto de trabajo a formar… tan poco concreta es la legislación…

    Eso hace que te encuentres con formaciones (a mi entender, y es solo un criterio personal y no legal) tan poco “consistentes” como formaciones de 1,5 horas… hasta formaciones de hasta 20 horas, como si del convenio de construcción se tratase, con, evidentemente, programas total y absolutamente dispares…

    Saludos y suerte en la búsqueda

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #437284 Agradecimientos: 0
    b b
    Participante
    1
    noviembre 2017


    @Oskar76 wrote:

    @b b wrote:

    Hola buenas tardes:

    Mi consulta es sobre la formación en Prevención de Riesgos Laborales en Estibadores Portuarios.
    Cuáles son los pasos que se deben dar, cuantas horas se necesitan, quien puede impartirlos, qué programa, etc

    Muchas gracias de antemano.[/quote

    Buenas tardes
    Salvo que el convenio colectivo al que estén adscritos estos trabajadores indique algo más restrictivo, y hablando sólo del puesto de trabajo, la formación a impartir será la del Art. 19 de la LPRL. ¿Qué supone eso? que por desgracia no vas a tener una formación concreta, reglada en cuanto a sus horas o programa concreto a impartir. Simplemente tendrá que ser una formación teórico-práctica adecuada y suficiente, adaptada a los riesgos del puesto de trabajo a formar… tan poco concreta es la legislación…

    Eso hace que te encuentres con formaciones (a mi entender, y es solo un criterio personal y no legal) tan poco “consistentes” como formaciones de 1,5 horas… hasta formaciones de hasta 20 horas, como si del convenio de construcción se tratase, con, evidentemente, programas total y absolutamente dispares…

    Saludos y suerte en la búsqueda

    Hola buenas tardes;

    Muchas gracias por tu respuesta. Según tengo entendido en la Estiba se exige un Certificado de Profesionalidad. En el contenido de ese programa se imparte formación en prevención. ¿Sabe alguien si con eso es suficiente para tener cubierta la formación de la que habla el artículo 19 de la LPRL?
    Gracias

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  • El debate ‘ Formación PRL en Estibadores Portuarios’ está cerrado y no admite más respuestas.