Buenos días, suscribo lo dicho.
Lo único necesario es dejar por escrito esa prestación de servicios (art. 20 R.D. 39/1997), es decir, hacer otro contrato con el segundo SPA donde se indique lo que va a hacer. Sin más, imagino que el modelo de contrato te lo hagan hasta ellos.
Nota: si es para una formación puntual, porque por ejemplo vuestro SPA actual no es competente para impartir el curso que necesitáis (como pasó con los famosos cursos de la construcción), te puedo decir que en la práctica muchas empresas ni siquiera hacen el contrato de marras. Mandan el trabajador al susodicho curso en un SPA que lo imparta; ese SPA nuevo se lo certifica y factura; y listo. No digo que esté bien hacerse así: pero pedías experiencias y yo te aviso por si…
Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.