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  • #73688 Agradecimientos: 0
    Verderr Rr
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    1
    abril 2016


    Buenos días,

    Quería saber en la investigación de Accidentes de Trabajo ¿es obligatorio que el trabajador firme la investigación?

    Gracias!

    #435497 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    No, igual que si tienes un accidente de coche tampoco firmas el parte de atestado que hace la guardia civil de tráfico, ya que independientemente de que estés de acuerdo o no con el mismo, es una investigación que hacen ELLOS (en nuestro caso, el técnico de prevención).
    Ahora… ¿debería firmar el trabajador la declaración del accidente que hace cuando se recaban los datos por escrito? Eso ya tiene más lógica; igual que si tienes un accidente de coche, la guardia civil de tráfico te entrevista y luego pide que firmes la conformidad con lo que han transcrito, para que des prueba de que eso es exactamente lo que has dicho (independientemente de cómo valoren el accidente después en el parte de atestado).

    ¿Eso se hace en una investigación de AT? Rayos, no. Muy cicateros tienen que ser en una empresa para andar así de tiquismiquis, pero bueno, teniendo en cuenta que también hay trabajadores que son para echar de comer aparte, o los intereses que haya de por medio en según qué accidente… dependerá del caso. A mí todavía no me ha tocado, vamos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435498 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Como bien comenta Sirgudlab, la investigación del accidente la realiza la EMPRESA. Es una obligación que determina la legislación al empresario, y como tal, deberá ser éste quien se responsabilice de la misma.
    A partir de ahí, tendrán que ser los procedimientos de la propia empresa (puesto que es una obligación debería existir un procedimiento o una mínima referencia en el Plan de Prevención de la empresa a este respecto) los que determinen quienes (o qué cargos) deben llevarla a cabo y responsabilizarse de la misma.
    Si en los procedimientos de la empresa en cuestión se determina que el trabajador debe firmarla (por norma interna) y los trabajadores son conscientes de esta obligación (porque han sido informados de ello), pues deberá firmarla, pero como te han indicado, no sería una obligación “legal”, sino una obligación “interna”.
    ahora bien, si en vuestro plan de prevención se establece esta obligación, la ITSS podría llegar a solicitar el cumplimiento de este procedimiento, ya que pertenece al correcto funcionamiento de vuestro sistema de gestión, y ha sido asumido por la dirección.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #435499 Agradecimientos: 2
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    El trabajador no tiene porqué “firmar la investigación” porque la “investigación” la hace otro. No obstante no estaría mal que el trabajador firmara su “declaración” de los hechos. Lo que en la práctica viene a ocurrir indirectamente ya que es el trabajador (cuando es el caso) el que por ejemplo comunica “lo sucedido” (cuando puede) a su superior, al departamento de RRHH o a la Mutua….esta declaración es recogida por los susodichos y luego incorporada a la investigación del accidente. Pero repito que sí sería muy conveniente “obtener” para la investigación la declaración “firmada” del trabajador …con respecto a las circunstancias del accidente.

    Añadir que, a posteriori, el trabajador se podrá interesar por el informe de AT que podrá obtener -con las limitaciones que se establezcan o no- a través de sus delegados de prevención (a los que sí se les debe facilitar copia del informe si la solicitan y en todo caso al comité de seguridad y salud)

    #435500 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Yo no quiero decir nada, y seguro que no es el caso de Verderr Rr, pero cuántas veces habré visto que el informe de investigación se limita al papelillo en el que se toma declaración a los trabajadores 🙄

    Por lo demás, estoy totalmente de acuerdo. Si hay “problemas” es bueno tener firmada la declaración del trabajador para que luego, cuando eso del “donde dije digo digo Diego” no pueda acusarte de habértelo inventado (además de quedarte con cara de tonto, te pueden acusar de falsedad documental, ni más ni menos)

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435501 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    @Yanou wrote:

    Yo no quiero decir nada, y seguro que no es el caso de Verderr Rr, pero cuántas veces habré visto que el informe de investigación se limita al papelillo en el que se toma declaración a los trabajadores 🙄

    Por lo demás, estoy totalmente de acuerdo. Si hay “problemas” es bueno tener firmada la declaración del trabajador para que luego, cuando eso del “donde dije digo digo Diego” no pueda acusarte de habértelo inventado (además de quedarte con cara de tonto, te pueden acusar de falsedad documental, ni más ni menos)

    Buenas
    Le podrán acusar de no recoger fielmente su declaración o “faltar a la verdad”… pero de Falsedad Documental… ahí se ha pasado usted, compañero…
    La falsedad documental es un delito penal que consiste en la falsificación de documentos, público-privados, alterando el contenido original de los mismos, o de utilizar dichos documentos alterados en beneficio propio… que no es el caso 😉
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #435502 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @Oskar76 wrote:

    Buenas
    Le podrán acusar de no recoger fielmente su declaración o “faltar a la verdad”… pero de Falsedad Documental… ahí se ha pasado usted, compañero…
    La falsedad documental es un delito penal que consiste en la falsificación de documentos, público-privados, alterando el contenido original de los mismos, o de utilizar dichos documentos alterados en beneficio propio… que no es el caso 😉
    Saludos

    Caso práctico: Accidente por falta de EPI’s. El trabajador admite que se la habían entregado los EPI y a él se le había olvidado en la furgo y no había ido a buscarlo, porque en los primeros momentos los trabajadores siempre dicen la verdad.

    Se hace investigación de accidente, todo normal, ningún problema. Nadie piensa que se acabará yendo a juicio ni nada por el estilo, así que se hace la investigación en el programilla informático, mediante conversación telefónica con el sujeto que estaba en su casita de baja tan pancho y ala. Al cabo de unos días, la empresa recibe el informe, lo archiva y al cabo de unos meses la IT le hace una inspección, para más INRI, sin avisar a s SPA (millones de veces lo habré visto). Entregan el informe a la IT. Un compañero del trabajador, tomando un día una cerveza(o más de una) le dice eso de “tú has sido tonto, porque hubieras podido sacar una pasta” y el trabajador. intrigado, va a un abogado. El informe de accidente ya está en la IT, y no se puede cambiar. El abogado le dijo que tal como había sido el accidente podía alegar fallo del EPI, si tenía un testigo. Y ahí entra el compañero de trabajo que le había llamado tonto, que era el que había estado con él ese día. Y ya la tenemos liada. El informe del pobre chaval, que estaba ya entregado a las autoridades y no se podía cambiar (porque tan tonto no era y para entregarlo al juzgado se lo hubiera mirado más) contenía una supuesta declaración del trabajador, que el trabajador por supuesto negó, y además presentó un testigo conforme eso no era cierto. Se trata de la entrega de un informe de accidente, a todas luces falso, ni más ni menos que al juzgado. ¿Eso es no recoger fielmente una declaración? Para mí… no.

    Claro que en la gran mayoría de casos no se va a llegar a eso, y los jueces necesitan pruebas más fehacientes que lo que yo acabo de exponer para una condena (no para una imputación, y el susto que conlleva)pero es una posibilidad que no es tan remota como podría parecer.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435503 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    bueno a bote pronto aquí quien parece que ha cometido un delito es el trabajador. No veo que el informe de AT sea “falso” en todo caso no está adecuadamente documentado. El testigo también sería falso. Así que la falsedad testimonial sería por otro lado del compañero que se presta a la farsa. No creo que aguanten un asalto en juicio donde habría que aportar “justificantes de entrega de epis”, el epi “averiado”, “otros testigos” , también cuenta la declaración del técnico de haber “oído” declarar al trabajador etc. (sería la palabra del técnico contra la del trabajador)

    Muy dudoso. No digo que en otros casos la cuestión se complique…

    Pero creo que “falsedad documental” aún el caso que planteas no sería el supuesto.

    #435504 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Independientemente de la consideración del informe llegado a juicio (aparte de ser un documento “privado” de la empresa, y por tanto con el peso nimio que eso le confiere ya de por sí, a no ser que le acompañen unas pruebas periciales de la leva), vuelvo al caso concreto.

    Quiero decir, que para hacer la investigación de AT de un trabajador que en su actividad normal se tropieza consigo mismo y se hace un esguince al caer…pues como que me parece demasiado “tomar declaración” al accidentado y que la firme después. Ojo, que igual no era mala cosa tenerlo como procedimiento en la investigación de cualquier AT.

    Ahora que, para otros casos seguro que viene más que bien. Y yo os cuento un caso real: trabajador que sufre un accidente de tráfico (empresa transportes) y echa a perder el vehículo. La empresa dice que el trabajador ha sido un imprudente por ir demasiado rápido y el trabajador, que la culpa es de la empresa por cargarle demasiado el vehículo. Recojo TODOS los datos que puedo, porque ya me huelo que la cosa acabará a tortas, incluyendo la versión del trabajador, y saco mis conclusiones sobre lo que pudo motivar los datos del accidente.
    Pues bien, a los pocos días se me presenta el trabajador solicitando el informe de accidente y que quiere desdecirse de su relato con la excusa de que al estar magullado por el golpe no recuerda lo que dijo, que quiere asegurarse de lo que ha dicho, etc. Tras calmarlo un poco y despacharlo con algún contrargumento que rozó el órdago, llego al punto: me hubiera venido de perlas tener la toma de datos firmada el día que me reuní con él, y no lo vi venir. Así se espabila para la próxima… aunque ya digo que estos casos por suerte han sido anecdóticos.

    Bueno, después de este momento “confesionario”, aprovecho para desearos un buen fin de semana/ verano.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435505 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @carloss wrote:

    bueno a bote pronto aquí quien parece que ha cometido un delito es el trabajador. No veo que el informe de AT sea “falso” en todo caso no está adecuadamente documentado. El testigo también sería falso. Así que la falsedad testimonial sería por otro lado del compañero que se presta a la farsa. No creo que aguanten un asalto en juicio donde habría que aportar “justificantes de entrega de epis”, el epi “averiado”, “otros testigos” , también cuenta la declaración del técnico de haber “oído” declarar al trabajador etc. (sería la palabra del técnico contra la del trabajador)

    Muy dudoso. No digo que en otros casos la cuestión se complique…

    Pero creo que “falsedad documental” aún el caso que planteas no sería el supuesto.

    Ya, pero no es lo que creamos nosotros, es lo que diga el juez. El caso no me lo he inventado precisamente. Al pobre chaval al final no le pasó nada, pero pasó unos meses con el culín apretao… aunque al final no pase nada, no es agradable tener un juez delante pegándote el sermón y diciéndote que has de tener respeto al tribunal y que no puedes hacer según qué declaraciones sin pruebas, que en según qué casos puedes tener una condena, inhabilitación… y era un simple golpe que se complicó después con una infección y yo que sé que más, que perdió medio pie por la gangrena. Claro que se dieron muchas circunstancias, la última entrega de EPIs del año la pera, el EPI hecho un desastre, tanto que lo pudo utilizar el trabajador como prueba para hacer creer que la bota no le había protegido, un abogado de los buenos buenos, el périto de parte cojonudo, el fiscal… en fin… para pegarle un par de collejas… es que el juez no podía ver otra cosa, a todas luces el chaval le había “tangao”. Suerte tuvo de que vio un resquicio de duda y lo dejó pasar. Por eso digo que no es normal, no es habitual, pero expongo el caso porque no sabemos cuándo nos puede pasar a nosotros. Y repito, no conozco a nadie que le hayan condenao, pero un par de collejas de según quién, pican un montón 😕 😕 😕 😕

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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