Etiquetado: 

  • Este debate está vacío.
Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 21)
  • Autor
    Entradas
  • #7110 Agradecimientos: 0
    chausi
    Participante
    0
    mayo 2007


    el tener molestias o dolor en la zona localizada-cuello cervicales a consecuencia de la actividad que se realiza en el puesto de trabajo ?puede ser considerado como enfermedad profesional? a pesar de que el ministerio de sanidad aun no la renonoce,y sino que alternativa hay o pasos que hay que dar.

    #115461 Agradecimientos: 0
    Tecseg
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Depende..

    hay que realizar un analisis de puesto de trabajo y complementarlo con una evaluacionb fisica y de estudios de gabinete para determinar si es postural o regonomico para descartar lo laboral o si es congenito y y se acerva mas con lo postural o ergonomico

    Debe realiazrse este anlisis por un mèdico especialzado en salud ocupacional.
    y el especialista de seguridad.

    Saludos

    #115462 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Tienes un pequeño “batiburrillo” mental que intentaré aclarar.
    La legislación sobre enfermedades profesionales (la nueve entró en vigor el 01/01/2007) no tiene absolutamente nada que ver con el Mº de Sanidad y Consumo sino con el Mº de Trabajo y Asuntos Sociales.
    La existencia de dolor NO siempre es sinónimo de enfermedad o lesión morfológica. Lo que comentas “dolor en las cervicales” no es un diagnóstico, sino un síntoma que puede ser desde fatiga muscular por la carga física secundaría a un mal diseño del puesto de trabajo hasta una discopatía (protrusión discal, hernia discal) pasando por alteraciones morfológicas de la columna vertebral (estenosis de canal por ejemplo), cambios degenerativos como una espondiloartrosis o una espondilodiscartrosis…
    Todos estos términos NO ESTÁN presentes como enfermedad profesional en la mencionada ley y, si tienen una clara relación con el trabajo (aunque sea el agravamiento de una patología previa existente) debiera considerarse accidente de trabajo al menos la fase aguda.
    Una vez controlada la fase aguda si prevaleciera una patología no relacionada con el trabajo debiera ser derivado al Sistema Nacional de Salud (Sº de Salud de la CC.AA pertinente) para continuar diagnóstico y tratamiento.
    Recuerda que no siempre dolor es igual a enfermedad e intenta llegar a un diagnóstico.
    Un saludo.

    #115463 Agradecimientos: 0
    chausi
    Participante
    0
    mayo 2007


    no estoy de acuerdo con vuestro punto de vista.Vuelvo a insistir,las molestias o dolor de la zona afectada ocurren precisamente en pleno proceso de productividad.POR lo tanto queda descartado cualquier insinuacion o hipotesis que manifestais.QUIERO saber que pasos tengo quedar para que se me reconozca esta enfermedad.

    #115464 Agradecimientos: 0
    MONTSACRO
    Participante
    0
    abril 2006


    Solo son consideradas EP, aquellas dolencias relacionadas con el trabajo que aparecen en la lista oficial de enfermedades profesionales

    #115465 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Como enfermedad profesional no se te reconocerá al no estar en el listado que marca la normativa, en todo caso puedes intentar que se te considere accidente de trabajo.
    Para ello, y si la Mutua ya la ha rechazado, debes acudir al INSS y solicitar una ACLARACIÓN DE CONTINGENCIA, en un plazo determinado el INSS te contestará indicando si consideran o no el proceso como laboral.
    Si la resolución del INSS es negativas puedes hacer una reclamación previa, y si te lo vuelven a rechazar, como ya has agotado la vía administrativa, deberías poner un denuncia en el Juzgado de lo Social correspondiente.
    Espero que esto aclare tus dudas… pero sigues teniendo un problema NO TIENES DIAGNÓSTICO CLÍNICO y eso es prioritario a la hora de ser valorado por el INSS.
    El que los síntomas aparezcan durante el trabajo no siempre es sinónimo de que tenga relación con el mismo (no intento molestarte sino aclarar conceptos) por ejemplo un cuadro viral puede debutar con fiebre mientras estas en el trabajo y la gripe no es accidente de trabajo ni enfermedad profesional.
    Ten en cuenta que tanto el concepto de AT como de EP son conceptos legales y no técnicos ni médicos.
    En tu caso el dolor de cuello (cervicalgia me imagino que te habrán dicho) no está reconocido como enfermedad profesional en el listado.
    Un saludo.

    #115466 Agradecimientos: 0
    Alcx
    Participante
    0
    enero 2002


    Buenas tardes, en cada caso hay que revisar que reza o dice el marco legal que regula esa contingencia en su país. Dolor o molestia es un síntoma no una enfermedad. A ese complejo sintomático que reporta hay que ponele nombre y apellido, de que entidad patológica estamos hablando. Esa condición tiene o no una relación de causa efecto con los riesgos ocupacionales a los cuales está expuesto, para esto se requiere de la evaluación del puesto de trabajo; y por ultimo esa condición médica, enfermedad, aparece relacionada como una patología de origen laboral.

    Alvaro Londoño

    #115467 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    ¿Qué significa tener molestias o dolor? ¿cuál es la causa? ¿cuál es el diagnóstico?
    Sin filiar el cuadro no se puede determinar la etiología del mismo
    Un saludo

    Javier

    #115468 Agradecimientos: 0
    neom
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Si se prueba la realación entre la patologia y los riesgos a que esta expuesto en su trabajo, debe considerarse una enfermedad de origen profesional, así el ministerio no la comtemple como tal. Se debera entonces informar al mismo de esta nueva enfermedad de origen Profesional.

    #115469 Agradecimientos: 0
    ric_lm
    Participante
    0
    diciembre 2007


    totalmente de acuerdo con Miguel angel.

    #115470 Agradecimientos: 0
    chausi
    Participante
    0
    mayo 2007


    retomando el escrito del dia 12 de enero sobre dolor o molestias en la zona localizada cuello-cervicales el diagnostico es cervicalgia por sobrecarga muscular.Que sepais que si una persona manifiesta tener dolores y esta en rehabilitacion en particular,?que tiene que hacer?.otra pregunta,?cual es el lema de la medicina?,primero prevenir,?POR QUE?para evitar que se propague una enfermedad y a su vez evitar llegar a curar.Esto en la practica es una falacia?no?.ESPERO COMENTARIOS AL RESPECTO.

    #115471 Agradecimientos: 0
    chausi
    Participante
    0
    mayo 2007


    Por cierto enlazando con el tema anterior,¿como poder recuperar los costes de rehabilitacion?

    #115472 Agradecimientos: 0
    ikeroto
    Participante
    0
    diciembre 2006


    Acabo de encontrar que existe jurisprudencia del tribunal superior de justicia de aragon que ha considerado enfermedad profesional la no prevista de forma expresa en la lista, al haberse demostrado la relación causa-efecto entre el trabajo y la enfemedad producida.(TSJ ARAGON2 21-04-03,AS1825.)

    #115473 Agradecimientos: 0
    neom
    Participante
    0
    noviembre 2004


    El equipo multidisciplinario de Salud Ocupacional liderado por el medico debe realizar la investigación y establecer si existe relacion de la patologia con los riesgos presentes en el trabajo y hacer el diagnostico.

    #115474 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero
    Hasta hoy, si existe relación y no está en la lista es accidente de trabajo. Esperaremos a la expectativa de que eso sea firme y se resuelvan las apelaciones
    Un saludo

    Javier

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 21)
  • El debate ‘ enfermedades de origen laboral’ está cerrado y no admite más respuestas.