El informe a que te refieres no puede entenderse de otra forma que como un “apto con limitaciones” y efectivamente estas limitaciones son de obligado cumplimiento por la empresa a la hora de encomendarte un trabajo o tarea.
Eso de las “matizaciones” son un invento o una errata (hemos de suponer que involuntaria)
Por otro lado, y esto ya es solo una reflexión personal, si te prohíben la realización de “movimientos repetitivos” y eres pintor (a no ser que trabajes con pistolas) pues viene a ser lo mismo que un “no apto” porque ya me contaras cómo pintar (si es a brocha de lo que hablamos) .
por tanto deberán “adaptarte” la tarea …en la cual no deberás realizar trabajos de tipo repetitivo. (entendiendo que la “repetitividad” se refiere a “movimientos” de brazos….(no al contenido de la tarea)