Todos conocéis el uso como líneas verticales de protección anticaídas de los anclajes flexibles a cuerdas, utilizados de forma que se deslizan sin obstáculo hacia arriba, pero quedan trabados en caso de una caída; de tal forma que para bajar debes forzar su posición porque si no no podrías hacerlo (Vamos, una línea de vida vertical).
Sin embargo, he visto en un catalógo de una prestigiosa marca de productos anticaídas: (páginas 34, 57, 63 y 68); el uso de este tipo de elementos como delimitador de posición, es decir, como elemento mediante el cual el operario fija un límite de cuerda para no caerse.
Mi pregunta, ¿Tienen límite de “verticalidad” estos elementos para su correcto funcionamiento? En las fotos, veréis que aparecen cubiertas bastante poco inclinadas e incluso una totalmente horizontal.
En la práctica, sé que funcionan perfectamente, da igual que sea en posición vertical que en horizontal; pero mi duda es más bien legal u oficial, es decir, las condiciones de aplicación del equipo por parte de sus fabricantes.
En los que yo manejo, no dice nada al respecto; pero siempre entendí que era porque se trataba sin lugar a dudas de una línea de vida “vertical”; y no porque admitiera usos también en horizontal o con muy poca inclinación.
Planteas una cuestión muy particular; a ver si algún soci@ te lo puede aclarar. Por mi parte, yo en alguna reseña bibliográfica de “Internete” he leído que el uso en “horizontal” (como los casos que planteas), sí estaría permitido:
Experiencias al respecto no tengo. De todas formas, entiendo que en el catálogo que adjuntas, el fabricante ha tenido en cuenta ese uso (pero imagino que será en caso de que te hagas con todo el kit, ya que hasta el tipo de cuerda influye en el invento).
Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.
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