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    Yon Zugasti Diéguez
    Participante
    1
    marzo 2017


    Trabajo como Coordinador de Seguridad y Salud en obras de construcción. En una de mis obras se han tenido que realizar trabajos verticales y ha surgido una duda acerca de quién debe realizar la revisión y mantenimiento de los equipos(cuerdas, líneas de vida, equipos de suspensión). Existe normativa legal al respecto?(He estado buscando y no encuentro nada concreto).
    Muchas gracias

    #436375 Agradecimientos: 2
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Si le preguntas al fabricante, te dirá que tienes que pagarle a él o a una empresa de las que él ha autorizado a revisar los equipos bajo su ámbito.
    Si lees bien el manual de instrucciones, que sí es una referencia legal, ya se cuidan muy mucho de escribirlo de forma que sin contradecir la normativa, te sugieran aunque sin afirmarlo, que se los mandes a ellos para que lo revisen.

    En cada caso no es exactamente igual. Por ejemplo:
    – Hay arneses que mandan revisarlos anualmente y desecharlos a los 3 años de su primera utilización; en otros casos mandan desecharlos a los 5 años de su fabricación (se hayan usado o no). Con los elementos de amarre o con las eslingas de anclaje puede pasar algo parecido.
    Pero sin embargo, no hay obligación de mandar un arnés a la casa. Puedes hacerlo tú mismo si tienes la formación adecuada (que no es ninguna en concreto). Yo por ejemplo, los arneses los reviso yo, porque el fabricante te indica en el manual qué aspectos debes revisar, y dichas revisiones son visuales (textiles, piezas metálicas, funcionamiento de los seguros de cierre, etc.)
    – En cambio, el caso de retráctiles es distinto porque nadie en su sano juicio se le ocurriría firmar una inspección del equipo, dado que sus mecanismos de seguridad están dentro de la carcasa y requieren de un mantenimiento especializado.
    Igual pasaría con un torno de ascenso/descenso montado en un trípode.

    Y así con todo. El problema que planteas, que es muy interesante, mezcla dos cuestiones: quién puede revisar estos equipos y quién quiere responsabilizarse de hacerlo. Quiero decir que hay empresas (normalmente las más grandes y económicamente fuertes) cuyos responsables pueden permitirse librarse de la responsabilidad de hacerlo, mandándolo todo al fabricante o a una empresa mantenedora autorizada por él; mientras que en otros casos, pues es un técnico el que asume la responsabilidad de esa inspección en aquellos casos en los que es realizable.

    Otro ejemplo muy claro es el de las líneas de vida. El montador te dice que tienen que inspeccionarla anualmente ¿Es eso legal? De ningún modo. Si tú le contratas una revisión anual, lo que estás haciendo es derivar la responsabilidad hacia ellos, y ellos están dándote una garantía, igual que el taller de coche te la da al cambiarte los filtros, etc.
    Pero nadie te impide que seas tú el que cambie los filtros del coche.

    #436376 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Muy claro como siempre “De locos”. . . 😉

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