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  • #73742 Agradecimientos: 0
    AUTONOMO2
    Participante
    2
    diciembre 2011


    Muy buenas:

    Soy autónomo con un trabajador en empresa de limpieza, me gustaría saber si puedo asumir yo mismo la prevención y qué tipo de formación en prevención debería tener.

    Gracias

    #435777 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    En principio puedes, aunque para confirmártelo haría falta algo más de información:

    -¿Limpias en empresas? ¿Comunidades de propietarios?
    -¿Limpias en instalaciones de industria pesada, obras, etc?

    Si es que no, te puedes montar un prevención10, y te puedes formar y recibir asesoramiento en el proceso.

    Si la respuesta a alguna pregunta es sí, lo hablamos un poco más

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    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435776 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas tardes, AUTONOMO2, sigo desarrollando lo dicho por Yanou, que está un poco tacañuela hoy. Pero la queremos igual.
    Aquí mal que te pese, debes acudir a la norma que lo regula. Ya sé que es un rollo, pero así tendrás claro lo que resulta necesario (o no) en tu caso y evitarás que te vendan la moto. Venga va, que te la voy desgranando: Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención. Artículo 11.

    1º) Asumas lo que asumas, como empresario hay cosas que jamás podrás desarrollar, como es la vigilancia de la salud. Para que te hagas una idea, el reconocimiento médico de tu trabajador y ese tipo de cosas.
    2º) Las especialidades que no asumas tú (no solo la vigilancia de la salud, sino otras que no seas capaz de llevar a cabo), tendrás que tenerlas cubiertas mediante alguna de las restantes modalidades de organización preventiva previstas.
    3º) Para poder asumir personalmente la actividad preventiva, tu empresa debe cumplir:
    – Tener menos de 10 trabajadores (lo cumples).
    – Que tu actividad no revista un riesgo importante (aquí habría que mirar los químicos que usas. Productos con riesgo de toxicidad aguda, cancerígenos, o mutagénicos ya te pincharían el globo).
    – Que tú trabajes de forma habitual en el centro de trabajo (que no estés en casa o limpiando en otro lado).
    – Que tengas la formación en materia de prevención de riesgos laborales para poder desempeñar las obligaciones que tienes por ley (dependerá de la empresa que tengas, pero hablamos de poder dar formación a los trabajadores, realizar la evaluación de riesgos de tu empresa, establecer medidas de emergencia, etc.)

    4º) Todo lo que hagas por tu cuenta o con medios propios deberá pasar una auditoría legal externa (cosa que no pasa si lo conciertas todo con un servicio de prevención ajeno). Si el perfil de los riesgos es muy bajo en tu empresa, podrás solicitar a la Administración Competente que te exoneren de pasarla y cruzar dedos para que te lo concedan (se hace presentando un formulario).

    P.D.: elijas lo que elijas, por favor ten claro que cumples con las obligaciones que tienes y que sabes detrás de lo que andas. No ya por tema de sanciones; por ejemplo, puede ocurrir perfectamente que mañana tengas que entrar a una empresa a limpiar y te pida diversa documentación de prevención para validar vuestro acceso, o que si tu trabajador es trabajadora y queda embarazada, sepas cómo iniciar un posible proceso de riesgo durante el embarazo. Para ambos casos, la aplicación “Prevencion10” es una chufa.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435778 Agradecimientos: 0
    AUTONOMO2
    Participante
    2
    diciembre 2011


    Todavia no he empezado el negocio, si entro en comunidades de propietarios y empresas la cosa cambia?

    #435779 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @AUTONOMO2 wrote:

    Todavia no he empezado el negocio, si entro en comunidades de propietarios y empresas la cosa cambia?

    Buenas otra vez.

    Dependerá de la comunidad de propietarios o de la comunidad de bienes que lleve el edificio. Mi experiencia es que, si son solo vecinos, no suelen pedir nada (al menos las empresas de limpieza no me han reportado nada en este sentido).

    Ahora, la cosa puede cambiar si la comunidad de propietarios tiene trabajadores por cuenta ajena (alguien en la portería por ejemplo) en cuyo caso suelen contratar los servicios de prevención con una empresa especializada…y ahí sí que te pueden empezar a pedir cosas a través de su servicio de prevención. Y esto último es casi seguro lo que te va a pasar en medianas o grandes empresas donde el tema de la coordinación de actividades empresariales se lleva con más asiduidad (sólo te dejan entrar si previamente les facilitas la documentación que te piden en materia de prevención de riesgos).

    P.D.: la coordinación de actividades empresariales es otro aspecto que tendrás que controlar en materia de prevención de riesgos. Si quieres saber más o menos lo que es puedes buscar el Real Decreto 171/2004, en materia de coordinación de actividades empresariales.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435780 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @Sirgudlab wrote:

    Buenas tardes, AUTONOMO2, sigo desarrollando lo dicho por Yanou, que está un poco tacañuela hoy.

    Es que la pausa del café no da pa más. Ahora por ejemplo estoy con escribiendo con una mano y en la otra el bocata, de pollo y queso, por certo, mmm qué bueno 😆 😆 😆 😆 😆 😆
    @Sirgudlab wrote:

    la aplicación “Prevencion10” es una chufa.

    Nah, tú que eres muy exigente, 😆 😆 😆 Pero la formación no está mal y el asesoramiento que ofrecen tampoco. Es más que nada a lo que yo me refería.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435781 Agradecimientos: 0
    Jorge Pascual Sesé
    Participante
    1
    febrero 2014


    Buenas!

    Copio post con información relevante al respecto de la consulta:

    Saludos!

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  • El debate ‘ ASUNCION POR EL EMPRESARIO PREVENCION’ está cerrado y no admite más respuestas.