- Este debate tiene 8 respuestas, 7 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 21 años por Monti.
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Hola compañeros me gustaría saber si el trabajador se puede negar a recibir la formación que le ofrece la empresa mediante cursos.
He creado un modelo donde doy la opción al trabajador de aceptar o no la formación.¿Basta con eso?
Si se hace fuera de jornada y no se puede descontar el tiempo invertido en los cursos ,¿se pagaría como horas extraordinarias?
Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración.
En mi opinión la formación que debe impartirse en horario laboral debe recibirla el trabajador y negarse supondria la misma falta que negarse a hacer un trabajo sin una causa justificada y por tanto sancionable. Si la formación se hace fuera de la jornada de trabajo no hay que pagar horas extraordinarias, por varias razones, entre otras porque estan prohibidas y debe compensarse en tiempo dentro de la jornada del trabajador, no hay que buscar excusas para liarla.
el trabajador esta obligado a seguir las enseñanzas que le facilite el empresario en cualquier momento de su vida laboral (aunque este a punto de jubilarse o de dejar el puesto9. el precepto es imperativo. incluso tiene la obligacion de aprovechar las enseñanzas poniendolas en practica, esto va implicito en su deber de diligencia y buena fe. la imposibilidad que tiene el trabajador a negarse a recibirla, es debido a que la formacion esta integrada en la relacion laboral. pero esta obligacion tiene su limite en el derecho que tiene el trabajador de que ese tiempo de formacion se considere tiempo de trabajo, tal que si se imparte fuera de su jornada laboral se le descontara de jornadas posteriores.
olvide decirte que la referencia legal son los articulos 19 de la LPRL y el 19.4 del Estatuto de los trabajadores.
Estoy de acuerdo con James, es un trabajo más y debe aceptarla, está obligado. La legislación de prevención tiene múltiples obligaciones pero no sólo para el empresario. Un saludo.
También decirte que es bastante común que la formación se imparta mitad en horas de trabajo, mitad fuera de las mismas. Hay que llegar a un acuerdo pero en mi opinión es una buena fórmula. Un saludo.
El trabajador no se puede negar ya que eso forma parte de su trabajo.
En Venezuela si se hace en el horario de trabajo o fuera de este no se le pagan horas extras ya que eso afecta las prestaciones. Ademas es algo en benefio para su trabajo.
Si se toma un dia de 6 horas u 8h se le paga el salario correspondiente a ese día.
Colega: Si un trabajador se niega a recibir la formación que le esta ofreciendo la empresa, no hay mas que levantar un acta y si es posible retirar a este de la empresa ya que es una persona que se niega a formarse y por consiguiente se puede accidentar u ocasionar algún incidente de consideración por su negligencia.
En méxico esta por ley el recibir la capacitación o formación y sobre el pago ese se puede arreglar ya sea dentro de los horarios de trabajo o en su descanso.
Si es en jornada de trabajo, está claro: No se puede negar.
Ahora bién, si es fuera de la jornada de trabajo entiendo que no puede ser obligado.
¿pagar como horas extraordinarias si es fuera de la jornada? No conozco este supuesto. Creo que es cuestión de entendimiento y negociación entre los representantes de los trabajadores y la empresa.
En la empresa que trabajaba antes, se llegó al acuerdo de que las pagaran como horas normales. No es poco copnseguir que las empresas realicen formación y sean en horas de trabajo o pagadas.
Monti
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