No puede deducirse el daño moral por accidente laboral a la prestación por incapacidad
No puede deducirse de la indemnización por daños morales por accidente laboral lo percibido en concepto de prestación de la Seguridad Social.
No puede deducirse de la indemnización por daños morales por accidente laboral lo percibido en concepto de prestación de la Seguridad Social.
Unión de Mutas ha realizado, en su sede de Madrid, un taller laboral sobre las distintas prestaciones que gestiona la mutua como entidad colaboradora con la Seguridad Social con el objetivo de dilucidar las dudas planteadas por los profesionales y asesores laborales en cuanto a la aplicación del derecho en el reconocimiento a la protección social de los trabajadores y las novedades normativas en materia de Seguridad Social.
Parece que el absentismo laboral se ha convertido en un problema que no podemos ignorar. Los empresarios lo señalan como un tema central y de hecho lo han incorporado como punto específico en el acuerdo social firmado con los sindicatos, alegando que su magnitud lastra la competitividad y la salida de la crisis.