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El sindicato CC.OO. está estudiando en estos momentos si recurre la sentencia del juzgado de lo Social número 5 de Sevilla que ha condenado a una bolera de Sevilla a indemnizar por daño moral con 1.000 euros a una trabajadora que desempeñaba el cargo de delegada sindical, al haber declarado probado que se produjo una vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical, por cuanto la empresa mantuvo una “conducta antisindical”. No obstante, el sindicato también baraja la posibilidad de acudir a la vía penal para denunciar a la empresa por delitos de lesiones y por el trato vejatorio que la joven empleada sufrió durante meses.

El abogado del sindicato, Rafael Ibáñez, explicó hoy en rueda de prensa que aunque están satisfechos con la sentencia, por cuanto ordena el “cese inmediato del comportamiento antisindical de la empresa”, consideran insuficiente la indemnización.

Ibáñez deseó en este sentido que la resolución hubiera sido más “contundente y ejemplarizante” porque, a su juicio, la juez debería haber valorado que se produjeron otras vulneraciones de derechos fundamentales como a la libertad ideológica, al honor, o a la integridad física y moral.

Así, explicó que la juez reconoce entre sus hechos probados que la delegada, Yolanda M.R.P., fue objeto de expresiones como “golfa” y “comunista”, y que la administradora de la bolera, P.B.U., le llamó la atención por acudir a trabajar sin sujetador, al tratarse de un establecimiento donde se celebraban cumpleaños.

Recurso o acciones penales

Por ello, el sindicato estudia presentar un recurso de súplica ante el TSJA contra la sentencia, o bien acudir a la vía penal para denunciar a la empresa por un delito de lesiones y por trato vejatorio.

Respecto al primer delito, relativo a unas quemaduras que la joven sufrió cuando le entregaron desengrasante para limpiar la cocina, la sentencia considera que se trató de un “accidente laboral”, al no haber quedado acreditado que el líquido le fue facilitado de forma intencionada y deliberada para ocasionarle las lesiones.

La juez sólo ha condenado a la empresa por vulneración del derecho a la libertad sindical, y en este sentido el fallo reconoce que la bolera mantuvo una conducta “antisindical” con la trabajadora desde que fue elegida delegada sindical, dado que hasta ese momento no se habían producido enfrentamiento.

Así, señala que después de convocar una reunión formal de los trabajadores para debatir algunas actuaciones por el impago de salarios, la administradora le manifestó que “se limitara a reuniones con los compañeros pero con CC.OO nunca, y que en su casa nunca iban a tener reuniones con los comunistas”.

Además, P.B.U. admitió durante el juicio, celebrado el pasado día 11, que “no reconocía” al sindicato CC.OO., y la sentencia declara probado que la empresa “despreció e ignoró” a la representante sindical, adoptando una “actitud de desprecio hacia la representación que ostentaba la delegada de personal así como a las facultades que tiene en el ejercicio del derecho de libertad sindical”.

Yolanda M.R.P., que reclamaba una indemnización de 25.000 euros (más de cuatro millones de pesetas) fue expedientada por la bolera y tras esta sentencia, el abogado de CC.OO. sospecha que la empresa no tiene intención de cumplirla, pese a que el letrado entiende que tras esta resolución debe ser repuesta en su trabajo.

Por ello, Rafael Ibáñez anunció que si la trabajadora no recibe una orden de la empresa para su inmediata incorporación a su puesto de trabajo como dependienta, probablemente la joven se personará en las instalaciones para demandar su reincorporación.

Durante el juicio, el fiscal había pedido la estimación parcial de la demanda y solicitó que se condera a la empresa a indemnizar con 1.500 euros a la empleada, por vulneración de la libertad sindical.

En su demanda, Yolanda aseguró que fue objeto de un trato vejatorio durante meses, tiempo en el que le profirieron insultos tales como “comunista de mierda”.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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