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El Tribunal Supremo (TS) no ha admitido a trámite un recurso de casación interpuesto por la empresa y ha confirmado dos sentencias que obligaban a la compañía a abonar un plus de penosidad a 350 de sus empleados por las altas condiciones de ruido y temperatura que tuvieron que soportar.

En esas anteriores sentencias, la última del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, se reconocía que los empleados habían desempeñado su tarea con niveles de ruido de 99 decibelios, cuando la normativa obliga a poner remedio a esta situación a partir de 80 y con un calor superior a los 25 grados que marca la normativa.

El plus que tendrá que abonar la empresa será del veinte por ciento del salario base anual de sus trabajadores en la planta que tiene en la localidad riojana Aldeanueva de Ebro, a lo que hay que añadir su antigüedad.

De acuerdo con los datos aportados por los responsables del sindicato MCA-UGT de La Rioja, que dieron a conocer la decisión del TS, el plus de penosidad podría suponer un desembolso para la empresa de unos 540.000 euros anuales desde 2001, que es a cuando se retrotrae la demanda interpuesta por el comité de empresa de la planta.

En total, la compañía podría tener que abonar 3,78 millones a sus empleados por estos años, aunque según reconoció José Ignacio Garrido, vocal de MCA-UGT, la empresa empezó a poner remedio a esta situación en 2005, cuando recibió la primera sentencia en contra del Juzgado de lo Social número uno de Logroño.

“En estos momentos, el noventa por ciento de los problemas están solucionados”, reconoció Garrido, quien recordó que el plus se activa cuando se superan los márgenes de penosidad, pero que no por ello la empresa puede seguir abonando estas cantidades sin poner remedio a los altos índices de ruido y temperatura.

El secretario de Organización de MCA-UGT de La Rioja, Eusebio Paramio, afirmó que la decisión final del Tribunal Supremo, además de reconocer el derecho a recibir ese plus por las penosas condiciones en que prestaron su trabajo, también supone un avance para luchar contra la siniestralidad laboral desde los tribunales.

En este sentido, Garrido recordó que el ruido es uno de los principales agentes contaminantes que existe, por cuanto que no sólo provoca problemas de sordera o de disminución de la capacidad auditiva, sino que también genera estrés, dolores de cabeza o de otro tipo.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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