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La seguridad de las embarazadas en el ámbito laboral vuelve a saltar a la actualidad informativa al hilo del caso de la cárcel de Barcelona en el que siete funcionarias sufrieron abortos o malformaciones fetales tras la utilización de productos químicos en las instalaciones penitenciarias.

El asunto está ya en los tribunales y podría abrirse ahora un debate acerca de la efectividad de la normativa aplicada en cuanto a seguridad en el trabajo para mujeres embarazadas o que se encuentren en período de lactancia. El artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no deja lugar a dudas, viene a decir que la embarazada tendrá que ser excluida de los turnos de nocturnidad y del trabajo relacionado con tóxicos; de no ser posible se adaptará su puesto de trabajo o bien cambiará de función. Si todo esto no es posible se aplicará una suspensión del contrato durante el período de embarazo o lactancia.

Para el especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública Julián Domínguez la situación es clara: el tema está regulado para proteger a la embarazada, pero aún quedan muchas dudas sobre determinados aspectos, “de cara a la galería está protegida, pero la verdad es que no existen criterios establecidos para determinar algunos riesgos. Es cierto que la trabajadora no puede estar expuesta a elementos químicos o manipulación de cargas, por poner sólo algunos ejemplos, pero ¿en qué circunstancias hay que excluirla?, ¿quién determina los criterios a seguir?, o ¿cuáles son los agentes físicos o químicos que verdaderamente producen riesgos?”.
Muchas preguntas y tan sólo una respuesta: no existe una regulación expresa y, a juicio de Domínguez “hay un vacío legal” que obliga a los médicos del trabajo o a los técnicos de riesgos laborales a “aplicar el principio de prevención, pero también hay embarazadas que prefieren trabajar para no perder su puesto”.

El verdadero problema en esta situación es la ausencia de una guía consensuada por la administración. Cierto es que existen varias publicaciones de entidades privadas, la Asociación española médica de trabajo en el ámbito sanitario, de especialistas en medicina o de Ginecología, pero aún no es suficiente para determinar con certeza las causas que deriven en una exclusión de la trabajadora embarazada. “Hay mucha disparidad y es necesario acercarse a la realidad de las empresas para unificar criterios y establecer un protocolo único. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene debe consensuar un documento para evitar este galimatías de criterios”, subraya Domínguez.

Tan sólo en determinados casos se excluye totalmente a la embarazada: trabajos en atmósferas de presión que pueden provocar falta de oxigenación en el feto, riesgos biológicos, trabajos en los que se emplee el plomo y minería subterránea. Son criterios ineludibles pero el tema es más complejo de lo que a primera vista pueda parecer. Existen determinados trabajos donde no se dan las circunstancias atenuantes de cara a establecer riesgos para la embarazada a pesar de que éstos existen. Como ejemplo nombrar el caso de una celadora de un hospital en contacto con pacientes, una trabajadora del servicio de Rayos X o el de una maestra que podría contagiarse de algún alumno que esté incubando una enfermedad infecciosa.

Hasta que el tema no se clarifique, las embarazadas pueden convertirse en auténticos conejillos de Indias porque lo cierto es que hasta el momento en que no aparezca el problema no se aplica la solución.

La situación actual en prevención de riesgos para la embarazada o trabajadora en período de lactancia coloca a esta mujer en una “situación de desamparo”, pero aún queda otra cuestión derivada de este asunto, según explica Domínguez. Hasta que no se determinan los criterios de riesgo en un puesto de trabajo surge la duda sobre la seguridad en dicho puesto y aparece una doble duda a juicio del médico de prevención, “legalmente no pueden ser contratadas y ahí aparece una dicotomía, ¿se está protegiendo el embarazo o se trata de una discriminación laboral?”.

Un tema complejo cuya solución queda en manos de la elaboración de una guía que clarifique estas cuestiones.

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El Faro Digital

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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