• Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Noticias
  • Tiempo de lectura:5 minutos de lectura

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo reglamento de circulación que entrará en vigor en fechas próximas a Navidad y que obligará a llevar chalecos reflectantes en el vehículo y a utilizar sistemas de retención infantil a todos los niños menores de tres años. La normativa obligará a los ciclistas el uso del casco y de elementos reflectantes.

Este nuevo reglamento, que también incrementará la seguridad en ciclistas y peatones obligará aproximadamente dentro de un mes a llevar chalecos reflectantes en el vehículo y a utilizar sistemas de retención infantil para niños menores de tres años.

El elevado número de cambios que se han realizado en el antiguo reglamento de circulación, que data de 1992, ha aconsejado la aprobación de un nuevo reglamento de circulación. Ya en 2001, se introdujeron una serie de disposiciones nuevas que regulaban el uso de dispositivos de telefonía móvil, entre otras cosas.

Las novedades del Reglamento

Dentro de las novedades del nuevo Reglamento de Circulación destacan las siguientes:

Chaleco reflectante para conductores

Los conductores de turismos y autobuses deberán llevar un chaleco reflectante cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén. Como excepción esta normativa entrará en vigor dentro de seis meses.

Sistemas de retención infatil

Todos los niños mayores de tres años que no superen una estatura de 1,5 metros deberán utilizar un sistema homologado de sujeción homologado a su peso y talla. Como excepción esta normativa entrará en vigor dentro de seis meses.

Telefonía móvil

Únicamente se podrá hablar por teléfono móvil dentro del vehículo si se dispone de un sistema manos libres en el que no se tengan que emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.

Instrumentos de pantalla

Queda prohibido el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos que puedan distraer su atención como pantallas de acceso a Internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD.

Repostaje

Queda completamente prohibido utilizar instrumentos eléctricos o electromagnéticos como la radio o el teléfono móvil cuando se realiza un repostaje una estación de servicio.

Detectores de radar

Queda prohibido la instalación de mecanismos encaminado a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico (detección de radares), así como también hacer señales a otros conductores con dicha finalidad.

Autobuses

Si en el autobús pueden viajar pasajeros de pie la velocidad máxima por la que circule por cualquier tipo de vía será de 80 kilómetros por hora como máximo.

Alcances
Cuando el vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida para el tipo de vía y por lo tanto exista un peligro de colisión por alcance debe llevar las luces de emergencia.

Otro de los aspectos importantes del nuevo Reglamento de Circulación es la atención especial dedicada a la seguridad de los ciclistas. En este sentido dentro de un mes será obligatorio:

Casco

Los conductores y ocupantes de bicicletas deberán utilizar cascos de protección homologados cuando circulen por vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes, por razones médicas o en condiciones extremas de calor.

Reflectantes

Cuando sea obligatorio el alumbrado, los conductores de bicicletas llevarán colocada una prenda reflectante que permita a los conductores ser vistos desde 150 metros.

Conducción

Los conductores de bicicleta podrán circular en paralelo o en columna de a dos, lo más derecha posible a la vía. En autovías sólo podrán circular por el arcén y siempre que sean mayores de 14 años y no esté prohibido por la señal.

Prioridades
Los ciclistas tendrán prioridad de paso respecto de un vehículo a motor cuando éste gire a derecha o izquiera para entrar en otra vía.
Dentro de la legislación en materia de Tráfico, existen varios reglamentos que rigen todas las normas. El reglamento que se ha introducido en esta ocasión es el Circulación, aunque fuentes de la Dirección General de Tráfico han señalado que en las dos próximas semanas se modificarán los reglamentos de conductores y el de vehículos. Estas modificaciones en el reglamento de conductores supondría otras novedades importantes como la posibilidad de que los conductores con el carné B y cinco años de antigüedad podrán solicitar el carné de motos de hasta 125 centímetros cúbicos. Otra de las novedades de este reglamento es la licencia de prácticas o de aprendizaje que permitirá la conducción de automóviles en condiciones especiales a jóvenes de 17 años.

0 0 votos
Valoración

Elmundomotor.com

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Suscribirme
Notificar de
guest
:arrow: 
:D 
:? 
8-) 
:cry: 
:shock: 
:evil: 
:!: 
:geek: 
:idea: 
:lol: 
:x 
:mrgreen: 
:| 
:?: 
:P 
:oops: 
:roll: 
:( 
:) 
:o 
:twisted: 
:ugeek: 
;) 
 
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios