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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dictado una sentencia en la que reconoce como accidente laboral el suicidio de un agente rural de la Generalitat, al entender que la decisión de quitarse la vida fue consecuencia de la presión derivada de su trabajo. La Sala de lo Social del TSJC revoca así la sentencia de un Juzgado de Lleida y estima el recurso presentado por la esposa y los hijos del fallecido, a quienes reconoce el derecho a percibir sendas pensiones de viudedad y de orfandad derivadas de lo que considera un accidente de trabajo. La víctima es un responsable del Cuerpo de Agentes Rurales de la Generalitat cuyo cadáver apareció colgado de un árbol en una zona conocida como Mas d’en Coll, en la localidad de Alas i Cerc (Lleida), en marzo de 2012. El fallecido, que era jefe de Área Básica en la comarca del Alt Urgell, dejó dos cartas manuscritas, en las que expresaba su preocupación por el incendio de Calvinyà (Lleida), en cuyas labores de extinción había participado. Afirmaba asimismo que este incendio le había “roto la vida” a él y a su familia y que la administración catalana estaba buscando un “cabeza de turco” si no se habían hecho bien las cosas y que sería él. En su declaración ante la policía, el hijo del fallecido explicó que su padre, desde que ocurrió este incendio, sufría mucha presión en el trabajo, estaba nervioso y alterado y tenía miedo a las sanciones que se pudieran derivar por su responsabilidad en las labores de extinción. En la sentencia, que hoy ha hecho pública CCOO, el TSJC considera probado que este cuadro ansioso tuvo un origen reactivo y que se desencadenó a raíz del incendio de Calvinyà, ya que el hombre no había acudido anteriormente al psiquiatra ni se medicaba de forma habitual. “Su elevado grado de profesionalidad, responsabilidad y autoexigencia le superó emocionalmente hasta el punto de poner fin a su vida, por lo que el origen de su problema psíquico está relacionado con el trabajo”, señala el tribunal, que considera acreditada la existencia de un “nexo” entre el acto de suicidio y su estado de ansiedad. Pese a que el suicidio incluye un elemento de voluntariedad, el TSJC estima que el trabajo profesional en el incendio de Calvinyà fue “condicionante de su actuación”, concluyendo por tanto que estamos ante un caso de accidente laboral. La sentencia del TSJC no es firme y contra la misma puede interponerse un recurso ante el Tribunal Supremo.

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lavanguardia.com

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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