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Dos altos ejecutivos del Grupo Uralita y los dos médicos subcontratados que realizaban los chequeos periódicos de salud en la fábrica Fibrocementos de Levante, dependiente del grupo matriz, se sentarán en el banquillo de los acusados por delitos contra la seguridad y salud de los trabajadores y por imprudencia profesional grave con resultado de muerte y lesiones, respectivamente.

El denominado caso amianto llega a su fin. La investigación judicial arrancó en abril del año 1998, después de que seis ex trabajadores de Fibrocementos presentaran una denuncia penal contra la empresa por supuestas negligencias en los reconocimientos médicos entre el año 1984 (en que entra en vigor el Reglamento de Trabajos con Riesgo de Amianto) y el año 1990.

El Ministerio Público procesa a estas cuatro personas en la calificación provisional de los hechos que se juzgarán, previsiblemente, en el próximo mes de septiembre, tal y como anunció en marzo el fiscal jefe de la Audiencia Provincial, José Antonio Romero. Otras tres personas, que declararon en calidad de imputados ante el juez instructor de San Vicente del Raspeig, que ha dirigido las diligencias previas en los últimos seis años, verán sobreseída su culpa, según las fuentes consultadas por este diario. Se trata del que fuera presidente del comité de empresa y actual presidente de la Asociación de Enfermos por el Amianto, Francisco Martínez Piqueras; del director de la planta de Fibrocementos de Levante, de San Vicente del Raspeig, Nicolás Box; y del director de los servicios médicos del Grupo Uralita, Alberto Clemente.

Además de los ahora procesados y de los que estuvieron imputados, también han declarado en calidad de testigos ante el juez instructor un total de cuatro inspectores de Trabajo.

Según fuentes de este diario, el Ministerio Público aplicará en el caso de los dos directivos de Uralita y Fibrocementos el artículo 316 del vigente Código Penal, que se refiere a «los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legamente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física». La ley penal prevé en estos casos castigos de penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

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La Verdad

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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