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La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a tres años de prisión a un empleado de la empresa Citroën por dar un cabezazo en la boca a un compañero de trabajo en el transcurso de una discusión. El tribunal de la sala viguesa destaca en la sentencia que la pena es ajustada a la ley pero admite que ésta “puede ser desproporcionada”, por lo que abre la posibilidad a la defensa de solicitar un indulto.

El fallo judicial afirma que Benjamín O. C. es responsable de un delito de lesiones causante de deformidad y, además de la pena de cárcel, le impone la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y el pago de las costas procesales causadas en el procedimiento. Además, el condenado debe indemnizar a su compañero en la cantidad de 86 euros (en torno a 14.300 pesetas) por los días de baja causados por la lesión y en la de 1.204 euros (aproximadamente 200.000 pesetas) por las secuelas padecidas y que le obligaron a seguir un tratamiento médico.

Hechos

Los hechos se remontan al 22 de septiembre del año 1999 cuando, según se recoge en la sentencia, el condenado se encontraba en el interior de una de las naves de la empresa Citroën.

El tribunal, presidido por el magistrado Juan Manuel Lojo Aller, considera hechos probados que Benjamín O. C. mantuvo una discusión con su compañero de trabajo al término de una jornada laboral y, en el curso de la misma, le propinó a éste último un cabezazo en la boca, que le produjo una contusión labial y la pérdida de dos dientes, concretamente, los incisivos centrales superiores.

En el fallo judicial, asimismo, se recoge que la víctima del golpe permaneció dos días de baja y, para su curación, necesitó intervenciones quirúrgicas, además de la colocación de prótesis e implantes.

La sección viguesa destaca que está obligada a no imponer una pena inferior a la legalmente prevista “aunque entendiera que la resultante pueda resultar desproporcionada a las circunstancias del caso”. En este sentido, el propio ministerio fiscal, en el transcurso del juicio celebrado el pasado mes de marzo, había solicitado el indulto para el ahora condenado. Además, la defensa del condenado también puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por otra parte, la sección quinta suspendió ayer un juicio por un delito contra la salud pública debido a la incomparecencia de un testigo considerado fundamental para la acusación. La vista, en la que están encausadas dos personas, se reanudará el 19 de junio.

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Faro de Vigo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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