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El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo real decreto por el que se modifica el reglamento de los servicios de prevención de riesgos laborales y se simplifica el procedimiento de acreditación. Los cambios afectan a aquellos aspectos que en la revisión normativa se habían detectado como contrarios a la Ley de garantía de la unidad de mercado.

La norma aprobada reduce a una única acreditación para las cuatro especialidades de los servicios de prevención: seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada y medicina del trabajo. La acreditación se otorga una sola vez y todos los servicios deben contar con las cuatro especialidades, sin que pueda otorgarse una acreditación parcial.

Se suprime en el procedimiento de acreditación toda referencia al ámbito territorial de actuación de la entidad y se simplifica el procedimiento al reducirse el número de informes preceptivos que ha de solicitar a la autoridad laboral competente.

Además se ha establecido con otro real decreto un sistema electrónico de intercomunicación de registro de datos de servicios de prevención para intercambio de información con las administraciones, lo que posibilitará a las autoridades sanitarias disponer con antelación de información sobre las actuaciones de vigilancia de la salud de trabajadores de empresas de su territorio para verificar la calidad del servicio.

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Ministerio de Empleo y Seguridad Social

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