• Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Noticias
  • Tiempo de lectura:3 minutos de lectura

Un juzgado de lo Social de Bilbao ha estimado que un accidente de tráfico sufrido por un trabajador un domingo por la tarde entre la residencia habitual, situada en Madrid, y la residencia en la que habita por cercanía a su puesto de trabajo, situada en Bizkaia, es un accidente de trabajo de los denominados “in itinere”.

El trabajador afectado sufrió el accidente un domingo por la tarde en el desplazamiento entre la Comunidad de Madrid y Bizkaia, provincia esta última en la que reside entre semana por motivos laborales.

Accidente in itinere

Al no poder desempeñar su trabajo debido a las molestias derivadas del accidente acudió a la mutua, que no reconoció el origen profesional del accidente, debido al cual el trabajador ha tenido que permanecer de baja médica, sino que impugnó la resolución de la Seguridad Social que sí reconocía lo acontecido como accidente de trabajo.

Si bien el trabajador no se dirigía directamente al puesto de trabajo, la sentencia considera que la finalidad del viaje sigue determinada por una motivación laboral.

Se recalca que el trabajador viajaba un domingo al domicilio ubicado en Bizkaia para incorporarse al día siguiente a su puesto de trabajo, siendo esto una opción adecuada que no rompe el nexo causal entre trayecto y trabajo.

CCOO considera de importancia este fallo, que contribuye a adaptar el concepto de accidente “in itínere” a las características actuales del mercado de trabajo, con un número importante de población trabajadora teniendo su residencia habitual en un punto y la residencia cercana al puesto de trabajo en otro, mediando en ocasiones grandes distancias entre sí.

La central ve necesario que se introduzcan estas consideraciones se introduzcan en la jurisprudencia, así como las derivadas de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias del 2019 que también consideró accidente de trabajo la caída sufrida por una trabajadora mientras se dirigía a dejar a su hija en el colegio antes de comenzar su jornada laboral, «no interrumpiéndose con esto el nexo causal». Fallos que desde CC.OO. entienden que reformulan el concepto tradicional de accidente in itínere, que está «en camino de conectar con las nuevas realidades sociales» y que debe adaptarse a nuevas necesidades como las de conciliación.

Por ello, el sindicato insta igualmente a las mutuas «a no dilatar en el tiempo» el reconocimiento del origen profesional de este tipo de siniestros, como se quiso hacer en este caso.

3 1 vota
Valoración

cadenaser.com

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Suscribirme
Notificar de
guest
:arrow: 
:D 
:? 
8-) 
:cry: 
:shock: 
:evil: 
:!: 
:geek: 
:idea: 
:lol: 
:x 
:mrgreen: 
:| 
:?: 
:P 
:oops: 
:roll: 
:( 
:) 
:o 
:twisted: 
:ugeek: 
;) 
 
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios