c) Datos Regionales

Veamos a modo de ejemplo datos reunidos en nuestra región:
I.C. (Ilustrísima Corte)

1.- Sentencia de 7 de Diciembre de 2004. Rol I. C. Nº 1439/2004.
Hecho: Brazo atrapado y triturado por una máquina.
Monto de indemnización $ 90.000.000.

2.- Sentencia de 15 de Abril de 2004. Rol I.C. Nº 3741/2003.
Hecho: Quemadura con metal líquido en un muslo.
Monto de indemnización $ 15.000.000.

3.- Sentencia de 10 de Julio de 2002. Rol I.C. Nº. 1893/2001.
Hecho: Amputación de un pié en accidente laboral.
Monto de indemnización, se eleva a 70.000.000 de pesos.

4.- Sentencia de 12 de Enero de 2002. Rol I.C. Nº 167/1999.
Hecho: Lesión en una pierna en accidente laboral.
Monto indemnización Daño Moral $ 20.000.000. Lucro cesante $ 20.000.000.

5.- Sentencia del 19 de Diciembre de 2001. Rol 1ra. Inst. 2308. (2º Civil Thno.)
Hecho: Muerte de menor aplastado por tubo de alcantarillado.
Monto de indemnización $ 50.000.000 para cada uno de los padres y $ 30.000.000, para hermano. (Avenimiento manifestado $ 65.000.000.)

6.- Sentencia del 10 de Agosto de 2000 . Rol Nº 1977-99 IC.
Hecho: Muerte en hospital por infección generalizada luego de operación.
Monto de la indemnización: $ 70.000.000 al cónyuge. $ 40.000.000, a cada uno de sus dos hijos.

7.- Sentencia de 28 de Agosto de 2002. Rol I.C. Nº 161-2002.
Hecho: Tripulante pierde extremidad superior a la altura del codo. Posterior amputación a la altura del hombro.
Monto indemnización $ 35.000.000.

8.- Sentencia de 18 de Diciembre de 2003. Rol I.C. Nº 1703- 03.
Hecho: Mala praxis médica en trabajo de parto. Niño nace con incapacidad absoluta permanente.
Monto indemnización $ 100.000.000. Además, tratamiento de por vida a cargo del Establecimiento Hospitalario demandado.

9.- Sentencia de 22 de Octubre de 2004. Rol I.C. Nº 1899-04.
Hecho: Trabajador muere en explosión de estanque de petróleo.
Monto indemnización $ 30.000.000 para cónyuge y $ 15.000.000 a cada uno de sus hijos.

10.- Sentencia de 27 de Julio de 2004. Rol I.C. 4496.
Hecho: Traumatismo de pelvis y cadera por caída en hoyo.
Indemnización $ 25.000.000 a la víctima y $ 5.000.000 a la madre.

11.- Sentencia de 29 de Septiembre de 2003. Rol I.C. Nº 5340-2003.
Hecho: Accidente vial, con secuela permanente.
Monto de indemnización se eleva en beneficio de la víctima a $ 300.000.000. Además de montos menores a otros actores, en un total de 40.000.000.-

12.- Sentencia de fecha 23 de Marzo de 1999. Rol I.C. Nº 1520-98.
Hecho: Muerte de menor por caída de un mástil en plaza pública.
Monto de indemnización a los padres $ 25.000.000, a cada uno, más una indemnización de $ 5.000.000 a cada uno de sus dos hermanos. Total $ 60.000.000.

13.- Sentencia de 2 de Diciembre de 2003.- Apelada se declara inadmisible el Recurso. Recurso de Casación declarado inadmisible 7 de Enero de 2005. Rol I.C. Nº 419 – 2004.
Hecho: Lesiones en accidente vial, con secuelas permanentes.
Monto de indemnización $ 80.000.000, a la víctima.
Digamos, que a Julio de 2008, la I.C. de Apelaciones de Concepción ha fijado como montos de indemnización sumas sobre $ 600.000.000 en accidente vial y $ 80.000.000, por pérdida de ambos pies. Lo que significa que realmente hay una mejor apreciación del dolor psiquico de las víctimas o sus seres queridos. A no dudarlo es un mensaje claro respecto de los comportamientos sociales.

 

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Manuel Segundo Muñoz Astudillo

Nacionalidad chileno, autor de obras relacionadas con la SSO, comentarista y conferencista. Profesor Universitario, Universidad Técnica Federico Santa María sede Concepción, también en Universidad de Concepción invitado. Abogado de profesión y juez civil. Docente en el ramo de Legislación Laboral en SSO. Escribo en www.sso.bligoo.cl página al servicio de los interesados y administra el Grupo Facebook: PREVENCIONISTAS UNIDOS, de más de 32.000 participantes.

Fuente

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Manuel Segundo Muñoz Astudillo

Chileno, autor de obras relacionadas con la SSO, comentarista y conferencista. Profesor Universitario, Universidad Técnica Federico Santa María sede Concepción, también en Universidad de Concepción invitado. Abogado de profesión y juez civil. Docente en el ramo de Legislación Laboral en SSO. Escribo en www.sso.bligoo.cl página al servicio de los interesados y administra el Grupo Facebook: PREVENCIONISTAS UNIDOS, de más de 32.000 participantes.
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