Para una persona que padece una hipoacusia severa en un oído, trabajar sometido a un sonido agudo intermitente de un aparato situado junto a su cabeza, le puede suponer estar expuesto a estímulos especialmente estresantes y molestos. Ésta era la situación de un conductor de esta empresa que cuenta con 93 conductores y 4 conductoras para dar servicio a 17 líneas con 46 autobuses.

El sonido agudo intermitente que causaba las molestias del conductor lo producía el aviso acústico de la validación de los bonos de autobús por parte de las personas usuarias, al subir al vehículo. Incluso, en algunas ocasiones, este sistema de lectura del título de transporte era deficiente y emitia un sonido más intenso y continuado para indicar el error. La máquina de validación de bonos se encontraba situada junto al conductor/a, a la altura de su oído derecho. Además, en la parte superior de la cabina de conducción, se encuentra otra fuente sonora: el aviso acústico que indica que una persona ha solicitado la parada. Los conductores y conductoras no pueden regular el volumen de estos aparatos.

Cuando conocemos el detalle de las condiciones de trabajo, podemos afirmar que los conductores y conductoras de autobuses están sometidos a un buen número de exigencias sensoriales: la precaución y atención de una conducción profesional en vías urbanas, cobrar los billetes, supervisar que se validen los múltiples bonos, atender a las paradas solicitadas, las dudas o cuestiones de las personas usuarias y en ocasiones mantener el orden en el autobús, indicando, por ejemplo, las normas aprobabas por la autoridad local, mantener el horario de los tiempos de vuelta de la línea marcados por la empresa, etc. El estrés adicional provocado por la señal acústica era la gota que colmaba el vaso.

El trabajador que padecía la pérdida de capacidad acústica se dirigió a la empresa para solicitar un cambio de puesto o una adaptación del mismo, sin obtener más que aplazamientos y una negativa por parte del servicio de prevención de la empresa que señalaba que la señal acústica no superaba los 80 decibelios y que por lo tanto, no había nada que hacer. Ante la inacción de la empresa, los delegados de prevención de CC.OO. plantearon que no se trataba de un riesgo higiénico de ruido sino de un riesgo ergonómico (no confort ambiental) y psicosocial (exigencias cuantitativas, cualitativas y sensoriales) y sugirieron posibles soluciones de adaptación del puesto: cambiar el zumbador del aparato acústico, y sobre todo, modificar la ubicación de la máquina validadora. Tras varias reuniones, escritos e incluso recogida de firmas del conjunto de conductores y conductoras de la plantilla se ha conseguido que la máquina validadora de los bonos se sitúe al otro lado del pasillo de acceso al vehículo y, por tanto, más distante del oído del conductor o conductora.

Esta adaptación del puesto ha sido generalizada al resto de autobuses de la empresa por lo que a través de una intervención motivada por un caso individual se ha conseguido una mejora colectiva. Sin embargo, la actuación de vigilancia de la salud del servicio de prevención ajeno de la empresa sigue fallando porque no es capaz de dar una respuesta protectora a este trabajador, a nivel individual; una respuesta que evaluase su especial sensibilidad tal y como establece el artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

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Teresa Castellá

Revista Por Experiencia – ISTAS. Teresa Castellá, Técnica del Gabinete de Salud Laboral de CC.OO. de les Terres de Lleida

Fuente Revista Por Experiencia - ISTAS

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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