En este artículo se expone el protocolo a seguir en caso de actuación ante trabajadoras embarazadas en servicio de radiodiagnóstico de un centro hospitalario, expuestas a radiaciones ionizantes de forma continuada o ocasionalmente.

El objetivo de dicho procedimiento es establecer las pautas a seguir con objeto de eliminar o minimizar el riesgo a rayos X (RX) en dichas trabajadoras, una vez realizada la comunicación de embarazo por parte de las afectadas.

Introducción

El embarazo no es una enfermedad, sino una etapa de salud y vitalidad. Este estado biológico comporta en la mujer importantes cambios y psicológicos, que la hacen especialmente vulnerable a una serie de riesgos presentes en su puesto de trabajo.

La exposición a radiaciones ionizantes, en particular a los RX, es conocida desde hace años como un factor de riesgo reproductivo. Hay que tener en cuenta por lo tanto, que condiciones de trabajo normalmente consideradas aceptables, pueden no serlo durante el embarazo.

En España, se acepta que la dosis que puede recibir el feto como consecuencia de la actividad laboral de la madre desde el momento en que se toma conciencia del embarazo hasta el final de la gestación, es de 1 mSv. Éste es el límite de dosis que puede recibir el público y por tanto ha sido establecido para el feto. La aplicación de este límite a la práctica, se corresponde con una dosis de 2 mSv recibida en la superficie del abdomen (tronco inferior) de la mujer hasta el final de la gestación.

Cualquier profesional embarazada que trabaje en un entorno en el que se estime que la dosis a feto sea  inferior o igual a 1 mSv puede sentirse segura en su puesto de trabajo durante su embarazo

Ámbito de aplicación

Este procedimiento se refiere al caso de embarazo e irradiación externa (el efecto se detiene cuando se detiene la exposición).

Cabe destacar que, el riesgo para la lactancia se encuentra derivado de la manipulación de materiales radioactivos en los que la madre puede contaminarse y por lo que el niño podría estar expuesto a contaminación por la piel. Si la contaminación radiactiva es inhalada o ingerida pasa a la leche materna.

En el resto de los supuestos, la trabajadora en lactancia natural se encuentra expuesta a los mismos efectos que la población laboral general con dicho riesgo.

Exposición a la radiación (Foto: INSHT)

Foto: INSHT

Objetivos

  • Detectar situaciones de riesgo de las trabajadoras gestantes expuestas a rayos X en servicios de radiodiagnóstico de centros hospitalarios.
  • Establecer recomendaciones de adaptación/cambio de puesto de trabajo una vez valorada por el Servicio de Protección Radiológica (SPR) y el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL).
  • Determinación del riesgo específico para el embarazo al que se encuentra expuesta la trabajadora embarazada y certificación médica que acredite que las condiciones del puesto de trabajo influyen de manera negativa en la salud de la trabajadora o del feto para la solicitud del subsidio de riesgo durante el embarazo.

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Alicia Dosil Caamaño

Alicia Dosil Caamaño, Licenciada en CC. Químicas, Técnico Superior Prevención de Riesgos Laborales especialidades: Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología

Fuente Prevention World Magazine nº 26

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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