De un estudio realizado sobre la siniestralidad de la minería en Galicia (5), se extrajo que más de un 90% de las empresas mineras tenían un concierto con un servicio de prevención ajeno, estando el 25% de los puestos de trabajo en los que había ocurrido un accidente sin evaluar, lo cual se atribuía a varias causas:

  • Fallos administrativos.
  • Que realmente no estuvieran evaluados los puestos de trabajo, lo cual podría deberse a que no existiera la evaluación de riesgos o bien que aún existiendo ésta, el riesgo que había ocasionado el accidente no se encontraba evaluado.

Atendiendo a estos datos, se concluyó que una de las posibles causas de la siniestralidad era debida a problemas de gestión que radicaban en parte en la excesiva externalización del servicio. Se indicó la escasa implicación de los distintos niveles jerárquicos en las empresas, reflejándose las dificultades de los servicios de prevención ajenos para llevar a cabo las actividades preventivas con garantías. Por todo ello, se planteó la adopción de otras organizaciones preventivas, concretamente la correspondiente a la creación de un Servicio de Prevención Mancomunado (en adelante SPM), con el fin de conseguir una mayor integración de la prevención de los riesgos laborales en las empresas y crear en el colectivo una mayor cultura preventiva.

DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR MINERO EN GALICIA

Durante los últimos años, el sector de la minería en Galicia ha mantenido una evolución estable. Esto se ha debido al aumento de producción de piedra natural, ya que Galicia es la segunda comunidad autónoma española productora de piedra natural y el primer exportador mundial de pizarra. Este estudio se enmarca dentro de los tres grandes grupos dentro de la minería gallega: las explotaciones de pizarra (localizadas en su mayoría en los alrededores de O Barco de Valdeorras), las de granito (concentradas mayoritariamente en O Porriño) y las de áridos (dispersas por toda la comunidad y próximas a los principales núcleos de población).

MODELO PROPUESTO DE SERVICIO DE PREVENCIÓN MANCOMUNADO (SPM)

Se considera que todo lo relacionado con la organización de los recursos establecidos para la constitución del SPM, es uno de los puntos clave y fundamentales para que este proyecto tenga éxito. En particular, destaca por un lado, la constitución del equipo de profesionales técnicos que formarán parte del SPM y que dedicarán de forma exclusiva su actividad a las funciones descritas en el artículo 31.3 de la Ley 31/1995 y en el Capítulo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención; y por otro, que el número de éstos sea el adecuado según lo expuesto en el artículo 31.4 de la citada Ley. Se presentarán dos propuestas de asignación de técnicos. Según los cálculos realizados, y puesto que la normativa correspondiente lo permite (artículo 15 del Reglamento de los Servicios de prevención), se considera que debido a un problema de costes y operatividad, es más conveniente que la actividad sanitaria se concierte con uno o más servicios de prevención ajenos. En la tabla 1 se muestra el coste de la vigilancia de la salud calculado para el SPM, así como una comparativa del coste que resultaría de contratar la vigilancia de la salud con un SPA.

VIGILANCIA DE LA SALUD

COSTE ANUAL

PRESUPUESTO S.P.M.

PRESUPUESTO S.P.A.

COSTE TOTAL DEL S.P.M.

730.161 €

533.000 €

COSTE /TRABAJADOR

123 €

90 €

  Tabla 1. Coste de la vigilancia de la salud Se creyó conveniente que no era viable asumir este coste por parte del SPM, aconsejándose contratar ésta con un Servicio de Prevención Ajeno. En el estudio, se calcularon los costes referentes a instalaciones y medios humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades preventivas que se han de efectuar en cada una de las empresas, i.e., la prevención técnica (especialidades y disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada) y excluyéndose, tal como se ha comentado, todo lo referente a la disciplina  de la vigilancia de la salud de los trabajadores. Igualmente, se ha tenido en cuenta en el cálculo de los costes de la Prevención Técnica, el coste de la Auditoría externa que debe realizar el SPM cada dos años, según dicta la normativa correspondiente. Para dimensionar el SPM se han utilizado los datos aportados por las Jefaturas de Minas de las Delegaciones Provinciales de Industria.

 src=Se han calculado los coeficientes de participación por explotación y por empresa, con el fin de conocer los gastos que supondría la constitución del SPM en estos dos supuestos. Para el cálculo de dichos coeficientes se ha tenido presente el número de trabajadores potenciales que se estima puedan trabajar en cada una de las explotaciones de las respectivas empresas. El SPM propuesto estará constituido por 399 explotaciones pertenecientes a 277 empresas incluidas en los tres sectores mencionados (pizarra, granito y áridos), en las que trabajan un total de 5.921 trabajadores. Estas explotaciones, a través de un SIG (Sistema de Información Geográfica), se han distribuido en cuatro delegaciones (una por provincia), atendiendo a criterios de proximidad geográfica y número de trabajadores de cada concesión. Dichas delegaciones son las que se enumeran a continuación:

  1. Porriño (Pontevedra)
  2. Sobradelo de Valdeorras (Ourense)
  3. Lugo (Lugo)
  4. Santiago de Compostela (A Coruña)

ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS

De acuerdo con lo establecido en los artículos 14 y 15 del Reglamento 39/1997 de los Servicios de Prevención, el SPM tendrá como ámbito de actuación todas las actividades que desarrollan los trabajadores en cada una de las empresas que constituyen el grupo. El SPM estaría dotado del personal necesario para desarrollar sus funciones. Sus integrantes se dedicarán de forma exclusiva a la actividad preventiva, y los recursos técnicos (instalaciones, equipos y medios materiales) serán suficientes y adecuados para la realización de las actividades preventivas. Según los cálculos realizados se proponen dos alternativas de técnicos para gestionar correctamente el SPM:

  • Alternativa 1 (dotación mínima): contaría con un total de 12 técnicos; 6 de nivel superior (2 en Porriño y en Sobradelo, y 1 en Santiago y en Lugo) y 6 de nivel intermedio (2 en Porriño, 2 en Sobradelo de Valdeorras, 1 un Lugo y 1 en Santiago de Compostela).
  • Alternativa 2 (dotación ideal): poseería un total de 17 técnicos, 6 de nivel superior (con la misma distribución por delegación que en la alternativa 1) y 11 de nivel intermedio (3 en Porriño, 3 en Sobradelo, 2 en Lugo y 3 en Santiago).

La experiencia mínima en prevención de riesgos laborales requerida para el jefe del SPM será de 6 años. En el caso de los técnicos de nivel superior sería deseable que contaran con  una experiencia no inferior a 3 años. Del mismo modo, se considera imprescindible la existencia de Recursos preventivos humanos, a los que el empresario debiera designar su presencia por turno de trabajo en cada una de las empresas que integrarán el SPM. Serían formados como mínimo, con un curso de nivel básico de 50 horas atendiendo a lo dictado en el Reglamento de los Servicios de Prevención.

ESTUDIO ECONÓMICO

A continuación se refleja el estudio de los gastos que generará la constitución del SPM. Los costes de cada uno de los equipos pueden fluctuar dependiendo de la marca y modelo que se elija. En este caso se han tenido en cuenta los precios de mercado de los distintos equipos buscándose un compromiso calidad/precio de mercado. Se ha supuesto que estos equipos se amortizarán en un periodo de 10 años. En cuanto a los salarios de los trabajadores, costes de las instalaciones, equipos, etc, se han considerado los costes actuales de mercado. Igualmente se ha solicitado un presupuesto a una empresa auditora, con el fin de cuantificar el coste que supondrá la auditoría que se ha de realizar bianualmente. En la tabla 2 se muestra un resumen del estudio económico realizado para el SPM según las dos alternativas propuestas.

CONCEPTO

DOTACIÓN MÍNIMA

DOTACIÓN IDÓNEA

NÚMERO TRABAJADORES

5.921

5.921

COSTE ANUAL DE EQUIPOS

10.337 €

12.728 €

COSTE ANUAL DE PERSONAL

380.000 €

505.000 €

COSTE ANUAL DE INSTALACIONES Y VARIOS

185.000 €

245.000 €

COSTE TOTAL ANUAL S.P.M.

575.337 €

762.728 €

COSTE ANUAL / TRABAJADOR

97 €

129 €

Tabla 2. Presupuesto resumen del SPM

BENEFICIOS ESTIMADOS EN LA CREACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN MANCOMUNADO PROPUESTO

Una vez concluido este estudio, se considera que el principal beneficio que se conseguirá con la constitución de un futuro SPM de la minería gallega será la contribución a la paulatina integración de la prevención y cultura preventiva en dicho colectivo. Además, al estar el SPM constituido por las empresas, los miembros que lo compondrían serían con el tiempo considerados parte de las mismas, existiendo una mayor confianza entre cada una de las partes implicadas, lo cual contribuiría nuevamente a una mayor integración de la prevención por ser conocedores de los problemas existentes en éstas, pudiéndose de esta forma, aplicar y/o proponer otro tipo de técnicas y/o métodos, que mediante las convencionales organizaciones preventivas serían mucho más difíciles de llevar a la práctica, por ejemplo:

    • Unificación de metodologías y/o procedimientos, en la identificación de peligros derivados de las distintas actividades, las evaluaciones de riesgos laborales o la prevención de riesgos en cada unas de las empresas que constituyan el SPM.
    • Formación inicial e in situ (práctica) en el puesto de trabajo.
    • Control y evaluación de la actividad preventiva.
    • Coordinación de actividades empresariales.

CONCLUSIONES

 src= En este artículo se han mostrado las bondades económicas y de operatividad que un SPM tendría sobre las convencionalmente utilizadas, y como ésta, contribuiría a una mayor integración de la prevención en las empresas del sector minero de Galicia. El Proyecto de SPM propuesto define un modelo de gestión de la prevención basado en el concepto de Prevención Integral e Integrada. La prevención de riesgos sería asumida por todo el personal de cada una de las empresas que constituirán el mismo, cuyo grado de compromiso y responsabilidad estaría de acuerdo con el nivel que ocupe en la línea jerárquica, incluyendo este concepto en todas aquellas decisiones, tareas, procesos y operaciones que se realicen u ordenen.

BIBLIOGRAFÍA

(1)           Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre). (2)           Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. BOE nº 298, de 13 de Diciembre. (3)           Reglamento de los Servicios de Prevención. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero y Real Decreto 780/1998 de 30 de abril. BOE nº 27, de 31 de Enero. (4)           Real Decreto 1389/1997, sobre disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras. BOE nº 240, de 7 de Octubre. (5)           Plan Sectorial para la prevención de accidentes mineros en Galicia. 2006. Xunta de Galicia.  

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Jorge Feijoo Conde, Iván Cañas Gómez, María Paz Freire, José Enrique Martín Suárez, Javier Taboada Castro

AUTORES

Jorge Feijoo Conde. Ingeniero Superior de Minas. Personal de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Vigo. Dpto. de Ingeniería de los Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Iván Cañas Gómez. Licenciado en Geología. Personal de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Vigo. Dpto. de Ingeniería de los Recursos Naturales y Medio Ambiente

María Paz Freire. Ingeniera Superior de Minas. Personal de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Vigo. Dpto. de Ingeniería de los Recursos Naturales y Medio Ambiente.

José Enrique Martín Suárez. Doctor Ingeniero. Gerente de CIPP INTERNACIONAL, S.L.

Javier Taboada Castro. Catedrático de Explotación de Minas en la Universidad de Vigo. Dpto. de Ingeniería de los Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Fuente Pw Magazine 49

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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