Quiero iniciar mi intervención agradeciendo su amable invitación a ASPA para exponerles nuestra visión del estado de la Prevención de Riesgos Laborales. Es una satisfacción y un honor poder comparecer en esta Comisión.

Voy a hacerles una breve presentación de ASPA:

Somos la asociación más numerosa del sector, triplicando, en número de asociados, a la otra existente.

Nuestros asociados están repartidos por todas las Comunidades estando, en este momento, constituyendo las asociaciones o representaciones en las distintas Autonomías. La mayoría de las empresas se han creado por y para la prevención, que constituye, de esta forma, la actividad principal o única. Somos conscientes de que el futuro de la prevención es el futuro de nuestras empresas. Esta identificación explica la actitud decidida en pro del cumplimiento de la ley y de lucha contra las prácticas que la dificultan.

Quiero centrar la exposición en un aspecto de la prevención que conocemos bien los que día a día estamos en comunicación con las empresas para asesorarlas y llevar a cabo la actividad preventiva. Es lo que podemos llamar el mercado de la prevención. Hay otros aspectos de gran trascendencia como son, entre otros, los desarrollos normativos, el mercado laboral en lo referente a subcontratación, temporalidad, precariedad etc., la representación de los trabajadores, los problemas de seguridad social: prestaciones, cuotas, sistema bonus-malus, etc., las diferencias y divergencias en la aplicación de la norma en las Comunidades Autónomas, la problemática de la formación de profesionales, etc. Todos ellos son de gran importancia y si no nos vamos a referir a ellos, no es, en absoluto, con intención de minimizarlos sino por entender que ya han sido objeto de análisis en esta Comisión por otros comparecientes con más experiencia y cualificación.

Vayamos, pues, al análisis del mercado, con los clásicos planteamientos de qué está pasando, por qué está pasando y qué soluciones podemos aportar.

Una estimación de la oferta existente nos da las siguientes cifras:

– 29 Mutuas.

– Aproximadamente 500 S.P.A. (no existe un registro unificado) además de los Servicios de Prevención propios y mancomunados y de las empresas con otras modalidades organizativas (trabajador designado o el propio empresario).

En conjunto se estima que el grado de cobertura (o de cumplimiento) es del 50% de las empresas para las especialidades “técnicas” y en torno al 30% para la Medicina del Trabajo.

Por otra parte, como ya se ha informado reiteradamente a esta Comisión el cumplimiento de la ley no pasa, en la mayoría de los casos, de lo meramente formal o documental, es decir, sin que los informes técnicos se incorporen al proceso de decisiones de las empresas.

Si se cumple poco y mal y las obligaciones son, fundamentalmente, del empresario ¿cabría ya alcanzar una primera conclusión?. No creo que se pueda generalizar ni alcanzar una conclusión válida sin intentar aproximarnos a cómo han vivido las empresas, sobre todo las pequeñas, las obligaciones derivadas de la implantación de la Ley.

Un porcentaje pequeño, pero creciente se han aproximado con responsabilidad y profesionalidad a la prevención y la están incorporando rápidamente a su cultura empresarial.

La mayoría, no obstante, han interpretado que se trata de un coste más, una especie de nuevo impuesto y una simple cuestión de papeles para cuya solución han recibido ofertas de un Servicio de Prevención Ajeno, de su Mutua generalmente más baja, de una segunda Mutua a la mitad de precio y aún de alguna tercera gratis si cambia la póliza de Accidentes.

Para mayor confusión los contratos que les ofrecen tienen contenidos dispares que incluyen, en algunos casos, un simple asesoramiento más o menos “a distancia” sin que responda, en absoluto, a los contenidos de un contrato de Servicio de Prevención. Sólo excepcionalmente se informa al empresario de que el coste de la prevención, si se quiere considerar como tal, va más allá del coste del Servicio de Prevención y se refiere a las medidas correctivas de todo tipo para resolver los problemas puestos de manifiesto por la evaluación de riesgos.

No es de extrañar, por tanto, que frente a esta diversidad y confusión de ofertas, el empresario reaccione retrasando la decisión hasta que la inspección se la exija o decidiéndose por la oferta más barata ante la ausencia de criterios para discriminar las distintas opciones. Si a esto se le suma, como ha venido ocurriendo hasta hace unos meses, que los Reconocimientos Médicos son con cargo a cuotas y que con eso han tenido suficiente para cumplir con la Vigilancia de la Salud de los trabajadores, hemos completado el lamentable escenario en que nos encontramos.

Y es que, señorías, la práctica de cada día viene marcada por la profunda distorsión y falta de libre competencia en el mercado de la prevención.

Profunda distorsión condicionada desde el principio de la actividad de los Servicios de Prevención, por las prácticas incorrectas y de competencia desleal llevadas a cabo por las Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional de la Seguridad Social.

La evolución desfavorable de los indicadores de siniestralidad de los últimos cinco o seis años no hacen sino poner de manifiesto la ausencia de implantación real de la normativa de prevención. Los resultados del año 2002 parecen apuntar una contención del crecimiento, incluso una disminución pero la distribución asimétrica, según gravedad, hace que no podamos ser optimistas sin un previo análisis en profundidad de los resultados. Existe, a nuestro juicio, un paralelismo claro en la evolución de los indicadores de prevención y de siniestralidad.

No puede haber libre competencia en un mercado si alguno de los que en él participan tienen ventajas o privilegios ya que producen distorsiones y pérdida de la eficiencia.

Vamos a señalar alguna de las ventajas de partida que han tenido las Mutuas en su actividad como Servicio de Prevención Ajeno:

• Ventajas de exenciones tributarias al no existir separación jurídica con la propia Mutua, a pesar de tratarse de una actividad privada tal y como se recoge en los artículos 65 y 68.5 de la Ley General de la Seguridad Social.

• Ventajas a la hora de la acreditación ya que por una parte se consideró que las Mutuas disponían todas de Acreditación Provisional hasta la publicación del Reglamento de los Servicios de Prevención (Disposición Transitoria 2ª L.P.R.L.) y por otra se permitió que presentaran a la hora de la Acreditación todos los recursos humanos y materiales propios de su actividad con cargo a las cuotas de Seguridad Social (Orden de 22-04-97, disposición transitoria 1ª).

• La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social entregó a las Mutuas con Acreditación Provisional, 500 Ptas. por cada trabajador protegido por la Mutua el último día del año 1996 para desarrollar el proyecto de Servicio de Prevención (Disposición Transitoria 2ª Orden 22-04-97).

• Las Mutuas dispusieron desde el principio de una información básica sobre las empresas a la que no hemos tenido acceso el resto de los Servicios de Prevención: relación de trabajadores y centros de trabajo, siniestralidad de cada empresa, bajas por enfermedad común, etc.

• Las Mutuas han dispuesto desde el principio de una red comercial consolidada y arraigada en el tejido empresarial producto de su actuación tradicional en el aseguramiento de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

• Las Mutuas han dispuesto desde el principio de la posibilidad de realizar Reconocimientos Médicos con cargo a las cuotas de Seguridad Social según lo dispuesto cada año en los Planes de Actividades Preventivas.

• Al no existir más que una personalidad jurídica el pago de las posibles sanciones por infracción no tiene, en absoluto, el mismo significado que para una empresa privada.

Como pueden ver, son muchas las ventajas de partida de las que han disfrutado las Mutuas y que nos permiten hablar con toda claridad de situación contraria a la libre competencia. Pero a lo largo del desarrollo de las actividades como Servicio de Prevención han aparecido otras prácticas que pudieran constituir casos de competencia desleal.

Nuestra Asociación ha recogido estas prácticas en el “Informe sobre las situaciones de competencia desleal e intrusismo que afectan a los Servicios de Prevención” que pongo a disposición de sus señorías y que ha sido ampliamente difundido en los últimos meses en todos los ámbitos de decisión o implicados en la prevención. A modo de resumen citaré algunas de estas prácticas:

– Utilizar para su estructura recursos propios de la Seguridad Social.

– Utilizar para su funcionamiento recursos con cargo a cuotas.

– Utilizar información privilegiada de las empresas.

– Realizar ofertas conjuntas cuotas + prevención.

– Ofertar contratos de Servicio de Prevención con contenido insuficiente.

– Ofertar tarifas por debajo del coste real.

– Fórmulas en las ofertas en las que se mezclan actividades con cargo a cuotas con otras que no lo son.

– Participar en Concursos Públicos en los que se mezcla prevención y cobertura de accidentes de trabajo, a los que no tenemos acceso los demás Servicios de Prevención.

– Ofertar cobertura de Vigilancia de la Salud sin coste o con un coste mínimo a cuenta de los Reconocimientos Médicos con cargo a cuotas.

Se trata de una amplia serie de prácticas en las que han estado y siguen estando implicadas las Mutuas pero sería injusto referirnos a todos por igual y con la misma participación en todas y cada una de las prácticas irregulares. No obstante, lo descrito tiene el carácter de habitual en la práctica diaria en las empresas y así ha sido advertido o reconocido desde distintos ámbitos, así en el conocido “Informe Durán” página 90 se dice: “La presencia de las Mutuas simultánea en el aparato de gestión de la Seguridad Social y en el desempeño de los cometidos preventivistas les permite una oferta de servicios excepcionales en su actuación como Servicio de Prevención Ajeno, que difícilmente pueden igualar el resto de las entidades. Esto puede afectar a las reglas de la competencia en el mercado de los Servicios de Prevención, dando lugar a situaciones contrarias a la libre competencia. Los principios de ésta deben quedar garantizados en éste como en los restantes mercados de bienes y servicios”.En el Informe Anual del Tribunal de Cuentas correspondiente al año 1998 al referirse a esta situación dice: “La conclusión que cabe extraer es que las inversiones necesarias para que las Mutuas actúen como Servicios de Prevención Ajenos están siendo financiadas , fundamentalmente, con cargo a los fondos de la Seguridad Social… Por todo ello, a juicio de este Tribunal de Cuentas se ha podido producir en esta materia una vulneración de la libre competencia al haberse visto favorecidas las Mutuas, que actúan en el mercado en este caso en calidad de Servicios de Prevención Ajenos en competencia directa con el resto de las entidades especializadas acreditadas para actuar como tales servicios, tanto por la posición de partida de privilegio… como por la normativa que favoreció y sigue favoreciendo su posición dominante en el sector…”

En el recientemente publicado Informe del Tribunal sobre las Cuentas de 1999 (BOE de 27-02-03) dice textualmente: “En relación con la situación actual de restricción de libre competencia denunciada por este Tribunal de Cuentas en su Informe actual sobre la gestión del Sector Público Estatal correspondiente al ejercicio 1998, ocasionada por la actividad desarrollada por las MATEPSS como servicio de prevención ajeno de riesgos laborales, el titular del Ministerio de Economía ha informado a este Tribunal con fecha 11 de octubre de 2001, de que, “Tras un análisis pormenorizado del asunto, la opinión de este Departamento resultó coincidente con la del Tribunal de Cuentas…”. Según informa, este proceso irá directamente encaminado a reforzar “el … sistema de separación de ambas actividades e impidiendo el uso alternativo de medios adscritos a la gestión de la Seguridad Social”.

Podemos concluir que el abuso de la posición de dominio del conjunto de las Mutuas obtenido mediante los privilegios normativos y la potencia económica lograda se manifiesta a través del bloqueo del mercado a los competidores, la imposición de precios no equitativa y la oferta al mercado de servicios que no pueden ofrecer los competidores.

En el presente año, con el inicio por parte de las Mutuas de la contratación en Medicina del Trabajo, se han puesto de manifiesto dos nuevas situaciones que pueden reunir aspectos de nuevo contrarios a la libre competencia pero, sobre todo, que comportan, a nuestro juicio, una clara incompatibilidad ética y legal de actuaciones:

Por un lado el hecho de que una misma entidad jurídica sea responsable para una misma empresa, para unos mismos trabajadores, de la Vigilancia de la Salud y del control de IT por enfermedad común, sumándose, de esta forma, el interés económico directo y eludiendo el espíritu de la norma (Art. 37.3.d. del Reglamento de los Servicios de Prevención) que se refiere a la incompatibilidad de actuaciones.

Por otro se plantea una cuestión similar en cuanto al Accidente de Trabajo a la hora de valorar las secuelas que supongan un grado de incapacidad para la profesión habitual donde los informes de aptitud del médico del Servicio de Prevención va a condicionar la indemnización que reciba el trabajador y que debe abonar la Mutua que se constituye, de esta forma, en juez y parte.

Probablemente a estas alturas de mi intervención se estén preguntando como hemos podido sobrevivir y desarrollarnos los Servicios que no pertenecemos a Mutuas. Las dificultades de todo tipo han sido y siguen siendo muy grandes pero representamos la auténtica iniciativa privada en el sector y como tal contamos con un firme convencimiento de la utilidad social de nuestros esfuerzos, con una gran capacidad de sacrificio y con una gran capacidad para adaptarnos a un mercado adverso. Nuestros clientes responden básicamente a dos tipos: primero el de los empresarios convencidos de la prevención y segundo el de las empresas que las Mutuas no han podido concertar por su escasez de recursos en algunas zonas o por saturación en otras.

En cuanto a la calidad de las actuaciones no hay aún un estudio amplio que permita obtener valoraciones globales. No obstante, se ha publicado recientemente, financiado por la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales y realizado por Comisiones Obreras un trabajo titulado “Las evaluaciones de riesgos laborales en Madrid. Análisis, deficiencias y propuestas” en el que se analiza el contenido de las evaluaciones de riesgos según una serie de parámetros (evaluación de todos los puestos, identificación de todos los riesgos, varios riesgos por puesto, identificación de trabajadores expuestos y descripción de tareas). Pues bien en todos ocupamos el primer lugar en calidad seguidos de los Servicios de Prevención de las Mutuas y, a considerable distancia de los Servicios de Prevención Propios de las empresas.

En la página 128 se dice textualmente: “las entidades ajenas distintas a las Mutuas son las más rigurosas a la hora de evaluar los riesgos ya que responden en mayor medida al espíritu de la ley por un lado y a los intereses de los trabajadores por otro”.

Creo poder afirmar, señorías, que partiendo de dónde hemos partido y con todas las dificultades que encontramos a nuestro paso estamos dando una buena y eficiente respuesta a las demandas sociales.

Paso, por último, a exponerles la propuesta de ASPA en orden a la normalización del mercado de la prevención.

En primer lugar quiero referirme al necesario cambio cultural y la integración de la prevención en las empresas. Tenemos que ser capaces de transmitir que la prevención tiene un valor en sí misma, que supone un potencial importante de progreso y cohesión en la empresa. Sólo así conseguiremos que se integre como un concepto positivo, como ha sucedido con la calidad o la gestión medio ambiental. Se necesita una separación nítida del viejo concepto reparador ligado indisolublemente a la siniestralidad y a las prestaciones de Seguridad Social.

En segundo lugar y para nosotros, de la mayor trascendencia, están las funciones que deben hacer las Mutuas en prevención en este proceso de modernización impulsado por la Mesa de Diálogo Social.

Dos aclaraciones previas a formular nuestra propuesta:

Los Servicios de Prevención, salvo en contadas excepciones, no hemos percibido un intento de agresión en el mercado por parte de las Mutuas sino que estamos siendo víctimas de la guerra comercial desatada entre ellas utilizando la prevención como instrumento.

Desde ASPA nunca hemos solicitado que las Mutuas dejen de actuar en prevención ya que no es posible por responsabilidad social, ni deseable por sus recursos, experiencia y, en nuestra opinión, proyección de futuro. Otra cosa bien distinta es como se organicen esos recursos al servicio de la sociedad y en un mercado de libre competencia.

Pues bien, la opción que ASPA propone es que las Mutuas dejen de actuar como Servicio de Prevención Ajeno y se potencie su actuación preventiva con cargo a cuotas.

Es evidente que esta opción requeriría de un período de adaptación y transición en el que la separación jurídica de las líneas de actuación de las Mutuas pudieran representar un hito en el camino.

La simple separación funcional la desestimamos porque, a nuestro criterio, no va a resolver los problemas de distorsión del mercado ya citados.

Estamos convencidos de que a este desenlace se va a llegar antes o después por la propia lógica de las cosas y porque es el único que garantizaría los cuatro requisitos básicos para hacer avanzar la prevención:

– Suprimiría la guerra comercial entre las Mutuas con este motivo.

– Evitaría que, en una misma entidad, se manejen fondos públicos y privados.

– Permitiría un alto grado de sinergias con los Servicios de Prevención.

– Supondría un ahorro de costes para las empresas.

¿Qué posibles actividades preventivas podrían llevar a cabo las Mutuas en esta situación? Entre otras, las siguientes:

1. Investigación, Desarrollo e Innovación en el sector.

2. Análisis estadístico y epidemiológico tanto de la siniestralidad como de la prevención, estableciendo los correspondientes indicadores.

3. Elaboración de material y métodos para la formación e información de trabajadores y empresarios: guías, manuales técnicos, carteles, etc.

4. Investigación global de accidentes y su correlación con los indicadores de prevención.

5. Estudio individualizado de los casos de trabajadores con reiteración de accidentes: valoración de capacidad restante, reorientación profesional, etc.

6. Consultas y exploraciones especializadas propuestas por los Médicos de Trabajo de los Servicios de Prevención Propios y Ajenos.7. Formación reglada para empresarios, Comités de Seguridad y Salud y trabajadores designados en todos los niveles formativos.

8. Información de la implantación de la normativa e integración en las empresas, bien en empresas de hasta 50 trabajadores o incluidas en los planes de choque de las distintas Comunidades Autónomas.

9. Analítica clínica e industrial propuesta por los SPA bien con medios propios o concertados.

10. En caso de implantación de un sistema bonus-malus para las cuotas de accidente de trabajo, la cuantía económica del bonus, o una parte de ella podría reintegrarse a las empresas por las propias Mutuas en forma de “especie preventiva”: equipos medidores fijos, equipos de protección, señalización, etc. según los contenidos de planificación propuestos por los Servicios de Prevención.

Como pueden ver todas estas actividades y algunas otras que se podrían añadir tienen entidad suficiente como para que podamos afirmar que las Mutuas pueden tener un futuro de primer orden en la prevención de riesgos laborales, sin entrar en colisión con otras entidades ni distorsionar el mercado. Sería positivo que la coordinación y priorización de estas actividades dejara de estar en organismos de Seguridad Social (ajenos por tanto a la prevención) y se traspasara, con sus correspondientes recursos económicos, a un organismo técnico-preventivo como el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Temo haber consumido el tiempo asignado sin haberles expuesto aportaciones ya publicadas de ASPA en relación con otros aspectos de gran importancia como los profesionales sanitarios al servicio de la Vigilancia de la Salud de los trabajadores o diversas propuestas en el sector de construcción.

Pido disculpas si en algún momento la exposición ha sido excesivamente descarnada o vehemente, fruto de la implicación y el compromiso. Permítanme que me justifique con los versos de uno de nuestros clásicos:

Pues amarga la verdad
quiero echarla de la boca
Y, si al alma su hiel toca,
esconderla es necedad.

Muchas gracias y quedo a su disposición,

Juan Prats Guerrero
Presidente A.S.PA.

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Juan Prats Guerrero – Presidente de ASPA, Asociación de Servicios de Prevención Ajenos

Fuente

Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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