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  • #39246 Agradecimientos: 0
    pescante
    Participante
    1
    junio 2002


    Buenas compañeros , me gustaría saber que periodicidad o donde se establece la periodicidad para la realización de los reconocimientos médicos.

    Nosostros tenemos principalmente reponedores y auxiliares administrativos.

    Gracias de antemano por vuestra colaboración.

    Un saludo.

    #257172 Agradecimientos: 0
    silsanb
    Participante
    0
    febrero 2003


    La periodicidad de los RM, los fija el Ministerio de Sanidad en los protocolos especificos para cada puesto de trabajo que éste elabora.Puedes consultarlos en la web

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    #257173 Agradecimientos: 0
    LOMONEGRO
    Participante
    0
    agosto 2001


    Yo desconocía la respuesta facilitada por SINSALB, pero quiero notificarte, que también depende del convencio colectivo que se les esté aplicando (p.ej., en el convenio de limpieza de la provincia de Las Palmas, figura que los reconocimientos médicos se harán anualmente).

    Saludos

    #257174 Agradecimientos: 0
    Pepesani
    Participante
    0
    agosto 2001


    Los decretos, tanto el de cargas como el de panatllas NO establecen periodicidad, lo dejan a criterio facultativo. Los protocolos de la Comisión Interteritorial del MSC NO son normativa legal.

    En general se pueden hacer los administartivos que no presenten alteraciones cada dos años y los de cargas tambien cada dos años si no presentan patología previa o limitaciones musculoesqueléticas derivadas de la actividad, que entonces serían anuales.

    Se debe tener en cuenta si tienen otro riesgo que les obligue a otra periodicidad, como el ruido, el polvo, etc.

    #257175 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
    0
    octubre 2003


    Leeros el artículo 6 del Decreto 487/1997 (Manipulación Manual de Cargas), el apartado 3,3º a) del artículo 37 del Real Decreto 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención) y el apartodo 5.5 del Protocolo de Vigilancia de Sanitaria Específica -Manipulación Manual de Carga- del Ministerio de Sanidad y Consumo.

    En último extremo, será la evaluación de riesgos y el propio criterio del médico del trabajo el que determine la periodicidad de estos reconocimientos.

    Saludos.

    #257176 Agradecimientos: 0
    armanis
    Participante
    0
    enero 2004


    En los protocolos médicos aprobados por el ministerio hay recomendaciones sobre periodicidad. Tambien en alguna nota técnica y en algún Real Decreto. Pero sobretodo lo marca el médico de la empresa.

    #257177 Agradecimientos: 0
    PLATON15608
    Participante
    0
    marzo 2002


    salvo en casos concretos, como ruido, no hay especificada una periodicidad. todo depende de los riesgos de cada puesto; lo aconsejable es realizar vigilancia de salud cada año, y nunca más de tres años sin hacerla.

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