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  • #38572 Agradecimientos: 0
    aurita24
    Participante
    0
    noviembre 2003


    En primer luagr agradeceros a todos los que me habéis ayudado con el tema de externos. He leído, tal y como me habéis aconsejado, el RD171/2004 sobre coordinación de actividades preventivas y no entiendo algun aspecto.El capítulo IV se dirige a ” empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras y servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllas y que se desarrolla en sus propios centros de trabajo”.Sabeis ashatq ue puntose puede saber si son o no de la propia actividad?Estoy en una empresa farmacéutica, entiendo que todo el personal de limpieza,cocina,jardinería subcontratado tiene una actividad diferente a la mía, por la uqe quedaría excluída de dicha responsabilidad..pero sabeis hasta que punto está regulado, donde me puedo informar.Gracias

    #255171 Agradecimientos: 0
    Elisamá
    Participante
    0
    enero 2004


    Lo mejor es llamar por telefono a inspeccion de trabajo o al propio instituto de seguridad e higiene en el trabajo alli te resolveran las dudas.

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