Buenos días,
Mi pregunta es la siguiente. Como sabeis, una de las obligaciones del coordinador de seguridad y salud en ejecución es “coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los metodos de trabajo” La reciente guia técnica desarrolla este punto de la siguiente manera “A este fin se instaurarán los correspondientes mecanismos de control, cuya ejecución se realizará por las empresas y trabajadores autonomos afectados”
Bien, si el control de los metodos de trabajo debe realizarlo el contratista (o subcontatista o autonomo) ¿que debe hacer el coordinador? no entiendo muy bien como se lleva a la practica esta obligación ¿verificando la presencia del recurso preventivo, las inspecciones del técnico de prevención de la contrata? Como lo haceis y en segundo lugar que registros creais para dejar constancia del cumplimiento de esta obligación.
Muchas gracias