- Este debate tiene 10 respuestas, 11 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 20 años por cristoforito.
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Tengo una duda sobre una pregunta que me ha realizado una empresa que se dedica a la limpieza (de comunidades, obras…), hay alguna normativa que se refiera a la utilización de auriculares (cascos de música) mientras se realiza el trabajo??, no creo que ponga en peligro ni su persona ni la de sus compañeros por utilizarlos, pero excluyendo eso hay algún sitio donde puedo encontrar algo?, o a alguien se le ha dado este caso en concreto. Muchísimas gracias.
Envíame un correo-e a mi dirección que figura en mi perfil de usuario y te enviaré la contestación que me dieron los expertos a los que consulté este mismo tema.
Un saludo y que pases un buen día.
Juan Ramón Valls
Hola
Normativaq que yo conozca no, pero hay que tener en cuenta que pueden usarse a un volumen alto lo que afectara la audicion y sin duda podrá ser achacado a la empresa , por tal motivo no es aconsejable permitirlo y en caso de hacerlo se deberá notificar feacientemente los problemas que causa su uso a volumenes altos y que el operario lo firme
saludos
Con respecto al tema en cuestión, te sugiero que tengas presente lo siguiente:
El tipo de trabajo que realiza la persona, si realmente no interferirá su normal desempeño el estar trabajando con musica, ademas del riesgo que involucra no estar atento a alkguna indicación de emergencia, el nivel de volumen en que este escuchando por un periodo de una jornada de trabajo puede arrojar un problema mayor, yo no lo recomendaría
Saludos
normativa no hay, pero si tu tienes una evaluacion de riesgos hecha y tienes un plan de evacuación, te darás cuenta que si esa persona está escuchando música, no oye lo que le ocurre a su alrededor, sea maquinaria, personas trabajando a su alrededor, la alarma de incendio, de evacuación… y esto si q entraña un peligro. Espero aberte cambiado de opinion respecto a que no entraña ningun peligro a si mismo y a los demás, como puedes ver es potencial el peligro.
R. D. Proteccion de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposicion al ruido durante el trabajo. Articulo 3. El empresario debera evaluar la exposicion al ruido con el objeto de determinar si se superan los limites o niveles fijados en la presente norma y de aplicar, en tal caso, las medidas preventivas procedentes.
Si un operario lleva auriculares¿¿¿¿Como nos aseguramos que no supera los limites establecidos???? ¿¿¿¿ Como lo evaluamos?????. Esta Claro que en la evaluacion de ruido en una comunidad no supera los 80 db. Pero con los auriculares????????. Solucion: NO SE PERMITEN.
Yo creo que ho hay que hilar tan fino. Se trata de un aspecto que solo dificilmente y con argumentos rebuscados se podrá considerar que pone en peligro su salud o la de terceros, desde el punto de vista laboral. A mi me parece más que se trata de una pugna del tipo “a ver quien puede mas”.
Desconozco si hay normativa al respecto, pero solo has de pensar con la cabeza.
¿Es necesario que esté en contínuo contacto con el exterior, por medios sonoros?
¿Podría realizar la misma tarea una persona sorda?
Si las respuestas son afirmativas, no puede si no sí puede
SIEMPRE VA A DEPENDER DEL LUGAR DE TRABAJO, Y DEL TIPO DE SEÑALES QUE EXISTA EN ESE LUGAR, Y DE LA ATENCION ACUSTICA QUE REQUIERA LAS FUNCIONES QUE ESTÉ REALIZANDO, POR SU PUESTO QUE UN TRABAJADOR QUE TENGA QUE PERMANECER ALERTA A RUIDOS DE MÁQUINAS CUYO CAMBIO TE INDICA AVERÍA NO SERIA POSIBLE EL USO DE CASCOS.tU MISMO DEBES EVALUAR Y DECIDIR LOS RIESGOS QUE PUEDEN LLEVAR EL USO DE AURICULARES.
Soy de tu misma opinión. Creo que se debe ser menos reglamentista y aplicar más el sentido común. Si en el caso que expones hubiera que realizar en algún momento una operación arriesgada que requiera cierta concentración, o atención acústica, estaría indicada la prohibición de usar los cascos, pero en caso contrario no encuentro motivos para ello.
Saludos
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